URGENTE: Campaña por alimentos sin agrotóxicos en Argentina | Formulario para enviar al SENASA
¡Participá hasta hoy LUNES 2/7 a las 17hs! Decíle al SENASA que NO amplíe el uso de agrotóxicos en la producción de alimentos (frutas, verduras, hortalizas, cereales y oleaginosas).
Actualmente en Argentina se utilizan mas de 400 millones de litros/kilos anuales de agrotóxicos en el sistema agroalimentario, tanto para los cultivos de oleaginosas, cereales, frutas, verduras y hortalizas tradicionales (principales/mayores) como para los cultivos menores.
Los resultados de los controles rutinarios de inocuidad alimentaria del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) sobre 38 alimentos (oleaginosas, cereales, frutas, verduras y hortalizas) en el período 2011-2016 informan que se detectaron residuos de hasta 65 agrotóxicos.
De esos mismos controles, surge que el 92 % de los alimentos contenían agrotóxicos con capacidad para actuar como disruptores endocrinos , el 87 %, agrotóxicos con efectos cancerígenos y el % 84, agrotóxicos con efectos teratogénicos.
Ante esta situación, Naturaleza de Derechos exhortó al SENASA, en el mes de Mayo de 2018, el inicio de un proceso de revalidación de todos los agrotóxicos autorizados en la Argentina, denunciando una situación de anarquía y desidia estatal en relación a la capacidad de dicho organismo para atender al resguardo de la salud publica y la inocuidad alimentaria.
La respuesta del SENASA fue abrir a Consulta Pública Nro 322 un proyecto de Resolución para legalizar la autorización de agrotóxicos (que ya se utilizan) en los alimentos considerados menores, y principalmente establecer también en relación a éstos, limites máximos de residuos de las sustancias químicas superiores a los existentes.
El proyecto de Resolución del SENASA y la apertura a la Consulta Pública Nro 322, si bien representa un avance en cuanto a la posibilidad de la participación ciudadana y el reconocimiento del organismo respecto al riesgo que representan los residuos de agrotóxicos en los alimentos; en realidad, se trata un ardid que consiste en ampliar el uso de agrotóxicos en la producción de alimentos (frutas, verduras, hortalizas, cereales y oleaginosas).
Para mayor información al respecto, te invitamos a leer el informe completo aqui.
Por lo pronto, es importante que el Proyecto de Resolución no sea aprobado en los términos planteados por el SENASA, ya que apunta a profundizar un modelo agroalimentario frutihortícola contaminante y que pone en riesgo de daño grave e irreparable la salud de la población, sumado a los impactos en el ambiente y la biodiversidad.
Te invitamos a que envíes tu comentario, solicitando al SENASA que:
1) No amplíe el uso de agrotóxicos en alimentos considerados menores.
2) No se desoiga el Reporte Anual del año 2017 de la Relatoría Especial del Derecho a la Alimentación de la Organización de las Naciones Unidas ONU,que exhorta a los estados a abandonar las prácticas del agronegocio en el modelo agroalimentario.
3) Se consideren las objeciones a varios puntos del proyecto de Resolución en cuanto a la vaguedad e incongruencia de algunas exigencias que tienden a que el proceso de autorización de agrotóxicos en los alimentos menores y la validación de los límites de residuos máximos de dichas sustancias, sea laxo y muy peligroso.
4) Que se contemplen los efectos crónicos, cancerígenos y sinérgicos de los agrotóxicos, tanto en la evaluación de la ampliación de uso como en la determinación los valores máximos de residuos de sustancias químicas en alimentos.
5) Se respete una instancia de participación ciudadana que permita opinar sobre los estudios y ensayos que presentan las empresas para solicitar las autorizaciones y validar los limites de residuos de agrotóxicos en alimentos menores.
6) Que se prohíba DE INMEDIATO SIN MAS TRÁMITE el uso total de agrotóxicos en el sistema agroalimentario argentino, que fueron cancelados por la Comunidad Europea.
Por ello, es importante que participes de la Consulta Publica y envíes el formulario al SENASA siguiendo las instrucciones que mas abajo aparecen.
El formulario (está más abajo) fue diseñado para que el SENASA lo reciba en el casillero de mail que dispuso especialmente para esta consulta pública: ra.bog.asanes@223acilbupatlusnoc
Para que la participación sea válida, debes ingresar tu nombre, apellido y mail, mas un texto fundado en razones técnicas. A tal fin, hemos elaborado un texto (que figura en el cuadro) con los argumentos básicos, incluyendo los cuatro puntos generales que hemos apuntado mas atrás.
También puedes optar de enviar un mail con el texto (del cuadro de más abajo) desde tu cuenta de correo al mail del SENASA:
ra.bog.asanes@223acilbupatlusnoc
La consulta estará abierta hasta el Lunes 2 de Julio de 2018, hasta las 17 hs inclusive.
PARTICIPA, ENVÍA EL FORMULARIO O ENVIA EL MAIL CON EL TEXTO Y COMPARTÍ POR LAS REDES SOCIALES, Y TODOS LOS MEDIOS, INVITANDO A TUS AMISTADES QUE TAMBIÉN LO HAGAN.
Solo la democracia de la soberanía alimentaría, nos salvara de la tiranía del cartel del veneno del agronegocio. "El único héroe valido, es el héroe colectivo". H.G Oesterheld.
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
I.- EXORDIO
II.- OBJECIONES, OBSERVACIONES Y APORTES SOBRE EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN.
1) Se advierte que está vigente la resolución 608/2012, que evidentemente ha sido ignorada y es desconocida por el SENASA, en la cual ya se dispone la autorización del uso de agrotóxicos a algunos de los alimentos considerados menores, según el Anexo II del proyecto de Resolución propuesto. Por lo tanto, en el caso de avanzarse en el dictado del presente proyecto de resolución deberá considerarse los términos y los alcances de la Resolución 608/12 para evitar una discordancia normativa. 2) Objetamos que la ampliación de uso de agrotóxicos y validación de límites máximos de residuos que se dispone en el artículo 3 quede exceptuada del proceso de Análisis de Riesgos contemplado en el Capítulo 18 de la Resolución 590/99. Consideramos que debe aplicarse dicho procedimiento.
3) En relación al Artículo 3 Inciso a: Objetamos:
4) En relación al Artículo 3 Inciso b: Objetamos:
5) En relación al Artículo 3 Inciso c: Objetamos:
6) En relación al Artículo 4 objetamos que solo se contemple como umbral para la ampliación del uso de agrotóxicos a cultivos menores la clasificación toxicológica aguda establecida según los criterios de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el año 2009, correspondientes a las clases Ia (Extremadamente peligroso) ó Ib (Altamente peligroso) y que se le dé prioridad de inscripción - por considerarlos el SENASA (se deduce) menos peligrosos - los correspondientes a las clases toxicológicas III y IV.
7) En relación al Artículo 5 objetamos que no se contemple previo al dictamen de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos una instancia de participación ciudadana que permita a al universo de consumidores y consumidoras como la población, en general, presentar observaciones, opiniones y/o objeciones a la información presentada por las empresas registrantes. En tal sentido, se viola expresamente la Ley General del Ambiente, la Ley de Defensa del Consumidor y la Constitución Nacional, que garantizan el derecho a la información y la participación ciudadana.
8) Denunciamos que el proyecto de resolución propuesto tiene un ardid muy claro. Es sabido, conforme consta en los controles realizados por el SENASA en el Plan Creha (2014-2016) como en el Consolidado Trienal (2011-2013), que los cultivos considerados menores son también sometidos al uso intensivo de agrotóxicos desde hace años, y esta Autoridad no ha tomado ninguna medida al respecto, siquiera alertado a la población. Por ello, el proyecto de resolución tiene como objetivo – en realidad - legalizar los residuos de agrotóxicos en los alimentos y validar parámetros internacionales que fijan estándares superiores al valor por defecto de 0,01 mg previsto en la Resolución 934/2010, y que en la actualidad es la referencia de rigor que debe ser tenida en cuenta. 9) Que conforme los resultados de los controles del Plan Creha (2014-2016) y Consolidado Trienal (2011-13) se detectaron 16 agrotóxicos que cuyos registros han sido cancelados para su uso y comercialización en Europa, a saber: Acefato, Aldicarb, Carbaril, Carbendazim, Carbofurán, Diclorvós, Fenarimol, Fenitrotion, Guazatine, Haloxifop, Hexaconazole, Ipridione, Linurón, Novalurón, Permetrina y Procimidone. Sin perjuicio de lo solicitado en el Punto 4 del presente comentario, exhortamos a las autoridades del SENASA a que, en el cumplimiento de los deberes de funcionarios públicos y considerando las prescripciones penales de la ley 24.051, proceda a la apertura de Análisis de Riesgos y se ordene la cancelación de todos los registros, como principios activos y formulados, de los agrotóxicos listados, considerando las evidencias y fundamentos expuestos por la autoridades competentes de la Comunidad Europea, en razón del riesgo que representa para la población el uso de dichas sustancias en los alimentos, tanto principales/mayores y menores.
III.- PETICIÓN |
Recorda que también podes enviar vía mail con el asunto: "Consulta Publica 322" informando tu nombre y apellido , mas el texto del cuadro de arriba, a la cuenta de correo del SENASA: ra.bog.asanes@223acilbupatlusnoc