República Dominicana: Organizaciones internacionales cuestionan ley de semillas de Amílcar Romero, vicepresidente de Ferquido

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Organizaciones internacionales, como GRAIN o Vía Campesina, acompañan a las entidades locales que exigen a la Cámara de Diputados detenga la Ley de Semillas del senador Amílcar Romero, representante de la provincia Duarte y vicepresidente Fertilizantes Químicos Dominicanos (Ferquido), una empresa que comercializa material de siembra.

GRAIN deploró el contenido de la legislación en un breve análisis. La organización no gubernamental con sede en España tiene especialistas en distintos países que acompañan a campesinos y movimientos sociales en sus luchas por lograr sistemas alimentarios basados en la biodiversidad.

La entidad recuerda que la República Dominicana ya cuenta con una ley de privatización de semillas o ley de protección de derechos de obtentor (la Ley 450-06, de

2006), la misma se redactó de acuerdo a UPOV 91, “y por lo tanto es extremadamente dañina”.

La UPOV (Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales), con sede en Ginebra, Suiza, surge a partir del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, adoptado en París en 1961.

El documento de GRAIN se distribuyó entre representantes de las organizaciones locales que cuestionan la ley de Amílcar Romero a través de Juana Ferrer, de Articulación Nacional Campesina, y la diputada nacional Guadalupe Valdez.

La UPOV (Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales), con sede en Ginebra, Suiza, surge a partir del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, adoptado en París en 1961.

GRAIN afirma que lo que hace la legislación aprobada en el Senado “es terminar de grilletes para que sea imposible seguir utilizando semillas propias y se deba depender de las semillas de las empresas”.

En ese sentido cuestiona que el artículo 1 de la legislación incluya entre sus fines el de “controlar” y proteger la comercialización “y el uso de semillas” en la República Dominicana.

Plantea que, en lo inmediato, “esto significa que toda persona que siembre queda sujeta a inspección, aún cuando no use semilla certificada o comprada, sino la propia”.

Entiende que la ley crea además las condiciones para que los campesinos en un futuro deban pedir permiso para sembrar. “Este es un aspecto preocupante, porque la idea de controlar el uso de semillas se ha estado intentando introducir sin que se note en varios países, incluso creando registros de usuarios de semillas; es decir un registro de toda persona que siembre, sin importar la semilla que utilice. (Por ejemplo, la propuesta de ley argentina incluía este tipo de registro inicialmente)”, señala.

Cuestiona el artículo 9 que habla de “supervisión y el control oficial del Estado dominicano” sobre el material de siembra. También muestra preocupación por el número 28 porque, según entiende, “busca obligar a toda persona que siembra a que use semillas comerciales y certificadas”. “La ley en discusión obliga al Estado a imponer semillas comerciales y de grandes empresas”.

Resalta que las variedades campesinas no podrán adquirir la categoría de “comerciales” porque tendrían que ser homogéneas y distintas a cualquier otra.

“Y el artículo 35 prohíbe vender semillas locales o campesinas”, apunta. Señala que el artículo 86 de la ley –del senador y vicepresidente de Ferquido– “va más allá y dice que no sólo no se podrán vender sino que las semillas campesinas tampoco se podrán intercambiar ni regalar, le llaman ‘poner en circulación’. Quien lo haga puede recibir hasta dos años de cárcel”.

Resalta que las variedades campesinas no podrán adquirir la categoría de “comerciales” porque tendrían que ser homogéneas y distintas a cualquier otra. GRAIN cuestiona que la ley de Romero diga que va a proteger la industria semillera nacional (artículo 2), “pero en realidad abre las puertas del país a las semilleras extranjeras y se compromete a protegerlas como si fueran nacionales”.

Deplora que el artículo 7 salvaguarda “el acceso igualitario de los agentes económicos nacionales y extranjeros”. Esto, lo recuerda en el contexto de que el DR-CAFTA, obliga al país a permitir que empresas como Monsanto, Pioneer o Bayer se instalen en territorio nacional “como empresas dominicanas”.

El análisis recuerda que la ley (del senador empresario) en coordinación con la de obtentores permitirá decomisar semillas campesinas o locales. Indica que la combinación de ambos textos equivaldría a la resolución 970 de Colombia, que –según explica– permitió que el gobierno de ese país decomisara toneladas de semillas de arroz porque eran ‘parecidas’ a una variedad privatizada.

La organización no gubernamental ve peligroso el hecho de que la ley aprobada en el Senado establezca que las semillas que quebranten la ley podrán ser decomisadas y destruidas (artículo 82) y que las personas que las tengan se expongan a cárcel (artículo 86).

Otros elementos que cuestiona se refieren al artículo 16 que restringe el uso de semillas que puedan causar “contaminación genética”. En ese sentido, explica que podría referirse a los transgénicos, “pero no hay que olvidar que muchas veces se ha prohibido el uso de variedades campesinas porque supuestamente ‘contaminan’ las variedades ‘mejoradas’. Este fue el mecanismo utilizado para eliminar el algodón nativo en Perú, por ejemplo”.

Fuente: 7 Días

Temas: Derechos de propiedad intelectual, Semillas

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