Mensajes clave para la COP 20 y la reunión ministerial de la PreCOP social de 2014

Idioma Español
País Perú

Este documento es un resumen de la Presidencia sobre los mensajes clave que fueron objeto, de acuerdo a nuestra percepción, de consenso entre la diversidad de visiones de todos los grupos y organizaciones que participaron en esta reunión, para ser presentado a los Ministros el 6 de noviembre de 2014. La sociedad civil todavía está debatiendo algunos de estos puntos, que consideran necesario continuar discutiendo, incluyendo las mejores vías para continuar este proceso.

PREÁMBULO

 

1. Reunidos y reunidas en la Isla de Margarita, del 4 al 7 de noviembre de 2014, las organizaciones y movimientos sociales saludamos y agradecemos la iniciativa del Gobierno Bolivariano de Venezuela, al organizar la Primera PreCOP Social, escenario del primer diálogo entre la sociedad civil y los gobiernos en el marco de la CMNUCC para fortalecer la lucha frente al Cambio Climático. Este diálogo apunta a establecer soluciones prácticas, viables e inclusivas, para todos los pueblos y nacionalidades del mundo, en el marco del respeto a la naturaleza, a las futuras generaciones y a los Derechos Humanos. En este contexto, el proceso de construcción de esta propuesta intenta aglutinar posibles soluciones, con el objetivo de cambiar el sistema y no el clima. Hacemos un llamado a los gobiernos del mundo para la institucionalización y mantenimiento de este espacio histórico dentro de la Convención como espacio indispensable para la articulación entre los gobiernos y los pueblos en el combate contra Cambio Climático. Tales procesos y mecanismos deben considerar la diversidad de formas de organización de la sociedad civil y asegurar la participación significativa de los grupos marginalizados y que reciben el mayor impacto.

 

2. Los pueblos de todos los rincones del mundo están sufriendo los impactos climáticos a un nivel de calentamiento de apenas 0.8C. Nuestros modos de subsistencia y soberanía climática están en riesgo, habiendo empeorado los efectos en los océanos y los peces, y nuestras fuentes de agua se están secando. En muchos lugares el Cambio Climático es una cuestión de vida o muerte que amenaza particularmente a aquellos cuyos derechos son violados y tienen menos acceso a los recursos por causa de su género, raza, clase o ubicación geográfica. La ciencia nos señala que si mantenemos el curso actual, pronto estaremos traspasando un punto de no retorno, poniendo a todas las comunidades humanas y los ecosistemas en riesgo mortal. Según las advertencias más recientes de la ciencia, estamos en vías de alcanzar un calentamiento de 7.8C a finales de siglo. No se puede negar la urgencia de esta emergencia planetaria.

 

3. Conscientes de las consecuencias devastadoras de sistema económicos que se basan en la explotación y anteponen las ganancias por sobre los seres humanos y la Madre Tierra. Instamos a los gobiernos del mundo a tomar decisiones que conduzcan al cambio de los patrones de consumo y la matriz energética, minimizando la dependencia de actividades contaminantes ancladas al capital transnacional y corporativo. Hacemos un llamado a establecer nuevas formas de relación de la mujer y el hombre con la naturaleza, centradas en el buen vivir, es decir, bajo los principios de armonía con la naturaleza, respeto a la vida y reconocimiento de la diversidad, entre otros.

 

4. Rechazamos la criminalización de la protesta social en el contexto de las luchas por la justicia climática en el planeta, apelando a un diálogo franco y productivo entre los gobiernos y las organizaciones y movimientos sociales, en el cual los gobiernos sean garantes del respeto a las demandas de los pueblos frente a los grupos de poder causantes de la inequidad, injusticia y vulnerabilidad de las poblaciones afectadas por un sistema egoísta e inhumano.

 

5. No obstante, miles de millones de personas están luchando por un mundo mejor, en el que se garanticen los derechos de los pueblos en cualquier lugar, una vida digna y se reconozcan los límites de la capacidad de carga de la Madre Tierra. Visualizamos una manera diferente de vivir que priorice el buen vivir por sobre los modelos de desarrollo perversos que han prevalecido en el pasado y que son la causa estructural no solo del Cambio Climático, sino de muchos de los graves problemas de nuestros tiempos, tales como la pobreza, la discriminación de género y la inequidad global.

 

6. Lucharemos para encaminar este mundo hacia una transformación global con base en la justicia, asegurando especialmente que atienda las necesidades y demandas y se aseguren los derechos de las personas y las comunidades que se enfrentan a la marginalización, la explotación y condiciones de vulnerabilidad. Estos mensajes clave y la Declaración de Margarita que le sirve de base son la expresión de nuestras preocupaciones, demandas y visiones sobre un nuevo sistema planetario basado en el buen vivir. Cambiemos el sistema, no el clima.

 

I.- PARTICIPACIÓN SOCIAL EFECTIVA

 

7. Es necesario y urgente fortalecer y crear espacios y mecanismos que garanticen y faciliten la participación efectiva de los pueblos, movimientos y organizaciones sociales en los procesos de negociación de la Convención. Estos procesos y mecanismos deben considerar la diversidad de formas de organización social existentes, asegurando al mismo tiempo la participación significativa de los grupos marginalizados y que reciben el mayor impacto, tales como los pueblos indígenas, los afrodescendientes, los trabajadores, la comunidad género-diversa, las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad.

 

8. La transparencia y el acceso oportuno a la información sobre los procesos asociados a la participación de los pueblos, movimientos y organizaciones sociales en la Convención debe estar garantizada.

 

9. Los gobiernos deben orientar a la Secretaría de la CMNUCC para que sea más tolerante ante la diversidad de voces y formas de expresión. La COP debe implementar medidas para proteger el derecho a expresarse, incluyendo el derecho a la protesta en el marco de la CMNUCC.

 

10. Se propone la conformación de un comité de alto nivel para la revisión y reestructuración de los mecanismos de participación en la Convención. Este comité debe incluir representantes de los movimientos y organizaciones sociales, así como países con experiencias significativas en el tema, asegurando un equilibrio de género y geográfico.

 

11. Exigimos la difusión pública y el acceso a las sesiones de negociación. Hacemos un llamado a evitar el uso de lenguaje innecesariamente especializado y la profusión de acrónimos en los foros y documentos de la Convención. Esta práctica genera exclusión al hacer más difícil la comprensión del proceso de las negociaciones por parte de los pueblos del mundo.

 

II.- SISTEMAS SUSTENTABLES Y TRANSICIÓN JUSTA

 

12. Afirmamos que la causa estructural de la crisis climática radica en sistemas políticos y económicos basados en patrones de producción y consumo insostenibles que generan inequidad, injusticia y pobreza. Los acuerdos, estrategias y mecanismos diseñados e implementados dentro de la Convención deben estar dirigidos a generar cambios estructurales, especialmente en los países desarrollados.

 

13. Hacemos un llamado a los gobiernos a brindar acompañamiento a las políticas y acciones en materia de cambio climático, a través de la promoción de oportunidades de empleos dignos en una sociedad de baja producción de carbono, así como de estrategias que garanticen una transición justa para los trabajadores, promoviendo la igualdad de género y los derechos humanos, la justicia y la prosperidad.

 

14. Enfatizamos la necesidad de una transición justa que no afecte el derecho al buen vivir y la erradicación de la pobreza de los países en desarrollo. Cada país tiene el derecho soberano de definir su propio proceso de transición.

 

15. La CMNUCC y sus instituciones deben constituirse en los catalizadores de una transformación energética global a favor de sistemas energéticos justos, seguros y renovables para los sectores de la población que cuentan con los medios para ello.

 

16. Cualquier estrategia de transición hacia patrones de producción y consumo sustentables debe considerar las Responsabilidades Históricas de los países y las corporaciones, reconociendo que el espacio atmosférico de carbono es finito y debe ser distribuido con equidad entre los países y sus pueblos. Las corporaciones trasnacionales privadas de los países desarrollados deben dar cuenta de sus acciones y prácticas en el mundo. El reconocimiento de las responsabilidades históricas de esas compañías en el cambio climático permitirá desarrollar acciones para la regulación de sus prácticas y la reducción gradual de sus emisiones, así como su impacto en el ambiente, respetando los derechos humanos.

 

17. Resaltamos que los países en desarrollo requieren tiempo y recursos para lograr el desarrollo sustentable; los países desarrollados deben cumplir sus compromisos de proveer apoyo, sin condicionamientos, para llevar a cabo la transición.

 

18. Es necesario promover estrategias que garanticen la seguridad social de los trabajadores y trabajadoras, y el diálogo entre estos y los gobiernos, asegurando la transición justa a un nuevo modelo económico sustentable que responda a la problemática del Cambio Climático.

 

19. Se debe dar atención de manera significativa a los diversos sistemas de conocimiento y prácticas agroecológicas, indígenas y tradicionales, considerando que son esenciales para la transformación que requiere la agricultura, apartándose de los sistemas industriales que emiten enormes cantidades de gases de efecto invernadero y teniendo como meta el establecimiento de sistemas agrícolas, pesqueros y de acuicultura que sean resilientes a los efectos climáticos.

 

20. La transferencia tecnológica desde los países del Norte a los del Sur debe hacerse con tecnología adecuada y con apoyo a la innovación para el desarrollo de tecnología endógena.

 

21. La falta de acciones de mitigación por parte de los países desarrollados incrementa las necesidades de adaptación de los países que tienen menos responsabilidades por el cambio climático: la deuda de adaptación. Para honrar esta deuda, los países desarrollados deben cumplir sus obligaciones legales según lo establecido en la Convención para apoyar los esfuerzos de adaptación de los países en desarrollo.

 

22. El acuerdo de 2015 debe incluir una meta global de adaptación, que busque garantizar la existencia de comunidades resilientes, mediante el desarrollo y fortalecimiento de la protección social y de políticas y medidas para reducir el riesgo de desastres en las comunidades.

 

23. Bajo el Mecanismo Internacional de Varsovia para Daños y Pérdidas, los gobiernos deben desarrollar mecanismos adecuados de protección para los pueblos desplazados por causa de los impactos ambientales.

 

24. Los acuerdos, estrategias y mecanismos diseñados e implementados bajo la Convención deben considerar e incorporar las previsiones necesarias, incluyendo financiamiento y compensación por pérdidas y daños, para evitar o minimizar los efectos adversos de las medidas de respuesta al Cambio Climático sobre los países en desarrollo.

 

III.- JÓVENES, EQUIDAD INTERGENERACIONAL, GÉNERO Y PUEBLOS INDÍGENAS

 

25. La juventud juega un papel crucial, es indispensable crear y promover en la Convención mecanismos de empoderamiento y participación que potencien la capacidad de los y las jóvenes para generar transformaciones, enfatizando especialmente contar con una mayor representación de los jóvenes del Sur Global.

 

26. Es necesario crear y promover mecanismos de financiamiento para proyectos locales promovidos por estudiantes y jóvenes profesionales que impulsarán la investigación y las soluciones innovadoras de adaptación y mitigación del cambio climático.

 

27. El trabajo de preservación, conservación y cuidado de la vida es reconocido como tarea esencial para el buen vivir comunitario. Las mujeres indígenas y campesinas siguen teniendo el rol fundamental de conservar, proteger y resguardar las semillas beneficiando tanto a la alimentación de las comunidades como a la vida del planeta.

 

28. Hacemos un llamado a que se desarrolle un enfoque que incluya lo relacionado al género en las acciones y políticas de mitigación y adaptación, así como medios de implementación, incluyendo financiamiento, tecnología y formación para el reconocimiento, la protección y la puesta en práctica de los derechos humanos de las mujeres.

 

29. Se debe asegurar la igualdad de género en el liderazgo y la participación para la toma de decisiones y la implementación de políticas climáticas, así como el acceso igualitario a los recursos que se necesitan para responder a los efectos negativos del cambio climático y permitir la trasformación a un buen vivir sustentable, resiliencia climática y sociedades justas.

 

30. Los requisitos para la presentación de informes en el marco de la Convención y sus instituciones deben incorporar secciones sobre las maneras en que se han priorizado, garantizado y puesto en práctica los derechos, intereses y necesidades de las minorías.

 

31. Deben fomentarse formas participativas de planificación y gestión de riesgo frente a los efectos del Cambio Climático, que promuevan un hábitat urbano y rural construido y manejado por mujeres y hombres en repuesta a sus visiones, necesidades y contextos específicos.

 

32. La injusticia, la marginalización y la exclusión social deben ser consideradas en los programas para la adaptación al Cambio Climático para reducir la vulnerabilidad y fortalecer la capacidad de adaptación de los grupos marginados, tales como las mujeres y los pueblos indígenas, promoviendo un cambio estructural para abordar de manera efectiva las causas fundamentales de la crisis climática.

 

33. Se debe utilizar un enfoque de género sensible e inclusivo a favor de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, garantizando la participación significativa de las mismas en la toma de decisiones, desde la planificación, preparación, implementación, verificación y evaluación de los procesos de cualquier política, programa o proyecto de índole climática.

 

34. Se debe aplicar el principio de consentimiento libre, previo e informado para garantizar la participación de todos los pueblos en las negociaciones y políticas climáticas. Existe la necesidad de mecanismos de evaluación para verificar la manera en que se facilita el mencionado principio.

 

IV.- EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN

 

35. Afirmamos que la educación es un derecho de los pueblos y uno de los motores fundamentales para la transformación social necesaria para enfrentar el Cambio Climático, esta debe ser integral, justa, equitativa y gratuita.

 

36. Exigimos la generación de espacios concretos y efectivos para la discusión de la implementación del Artículo 6 de la Convención, así como su consideración de forma explícita en el nuevo acuerdo.

 

37. Es necesario fomentar la inclusión del tema del Cambio Climático y sus causas estructurales en los sistemas educativos formales e informales, incluyendo la perspectiva de género y Derechos Humanos, y haciendo énfasis en la dimensión social y las Responsabilidades Históricas. 38. La implementación del "acceso del público a la información sobre el cambio climático y sus efectos" (Artículo 6.a.2 de la Convención), debe incluir estrategias específicas diseñadas para garantizar acceso del público, movimientos y organizaciones sociales a información pertinente y actualizada sobre las negociaciones en Cambio Climático.

 

V.- PRINCIPIOS Y COMPROMISOS

 

39. Todas las acciones y políticas climáticas deben estar orientadas por la igualdad de género y los derechos humanos universales; con igual acceso a la toma de decisiones y a la cuota de beneficios.

 

40. La implementación de soluciones justas y efectivas requiere la voluntad política de los países desarrollados para que asuman compromisos concretos en consonancia con las ciencias climáticas y con sus responsabilidades históricas.

 

41. Todos los acuerdos alcanzados bajo las Convención deben incorporar, respetar y fortalecer sus Principios, especialmente los de Equidad y Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas y Capacidades Respectivas, así como mejorar la implementación de los principios y disposiciones de la Convención. Los Principios de la Convención no deben, bajo ninguna circunstancia, ser modificados o reinterpretados sino fortalecidos para poder alcanzar soluciones justas y efectivas. Los Principios de la Convención deben incorporarse de forma explícita en el nuevo acuerdo a firmarse en 2015.

 

42. Los gobiernos y las organizaciones internacionales deben tomar las medidas adecuadas para la promoción de la salud, la protección y la prevención de riesgos en el marco del Cambio Climático. Es necesario fortalecer los sistemas nacionales de salud, así como la investigación y la participación comunitaria. Los países desarrollados deben proveer los fondos para el logro de estos objetivos de acuerdo al principio de Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas y Capacidades Respectivas.

 

43. Los acuerdos y acciones bajo la Convención deben considerar los Derechos Humanos, la soberanía de los pueblos y los derechos de la Madre Tierra. El nuevo acuerdo a firmarse en 2015 debe incluir esta perspectiva, entendiendo que el incumplimiento de los compromisos derivados de las Responsabilidades Históricas genera múltiples violaciones a los Derechos Humanos.

 

44. Las Responsabilidades Históricas de los países desarrollados deben ser cuantificadas como base para establecer compromisos que aseguren la distribución justa y transparente de sus esfuerzos en mitigación, adaptación y apoyo a los países en desarrollo en lo relativo a formación, financiamiento y transferencia tecnológica

 

45. Afirmamos que todas las obligaciones de los países desarrollados, incluyendo la provisión de financiamiento, transferencia tecnológica, formación y apoyo para la compensación por pérdidas y daños, deben ser legalmente vinculantes, cuantificables, medibles, reportables y verificables.

 

46. Los Estados deben responder por sus compromisos en el marco de la Convención y del acuerdo resultante del ADP, a través de un mecanismo cumplimiento robusto y efectivo

 

47. Resaltamos que el financiamiento de acciones de mitigación y adaptación por parte de los países desarrollados en los países en desarrollo es una obligación moral y legal bajo la Convención, en virtud de las Responsabilidades Históricas. El financiamiento debe ser confiable, predecible, suficiente, adecuado y no condicionado; y estar sujeto a mecanismos de medición, reporte y verificación.

 

48. El financiamiento para la adaptación debe ser asegurado e incrementado, que incluya el desarrollo e implementación de planes y procesos nacionales de adaptación.

 

49. Las pérdidas y daños son un tema de Justicia y Derechos Humanos. Los países desarrollados responsables del cambio climático deben compensar a los países en desarrollo por las pérdidas y daños sufridos por causa de los impactos climáticos.

 

50. Las necesidades de rehabilitación por daños y compensación por pérdidas, incluyendo la pérdida de hogares y territorios, debe ser abordada a través del Mecanismo Internacional de Varsovia para daños y pérdidas.

 

51. El manejo y seguimiento del financiamiento debe hacerse bajo la Convención en un proceso transparente controlado y guiado por las Partes, asegurando la participación de las comunidades locales.

 

52. Las obligaciones financieras en materia climática deben cumplirse a través de los fondos públicos adecuados. Los mecanismos e instrumentos de financiamiento no deben generar deudas ni ser especulativos y no deben guiarse por la lógica de la oferta y la demanda del mercado, sino por las responsabilidades y compromisos. Se debe garantizar que esos fondos y mecanismos impulsen efectivamente el desarrollo y lleguen a las comunidades más vulnerables, evitando su uso como subsidios y garantías de riesgo para el sector privado. Los fondos climáticos se deben asignar y distribuir de forma equitativa y sin discriminaciones con base en las diferentes necesidades y vulnerabilidades.

 

53. La transferencia tecnológica de los países desarrollados hacia los países en desarrollo debe fomentar procesos de apropiación, innovación y desarrollo tecnológico endógenos. Los países desarrollados deben tomar todas las medidas necesarias para que esto ocurra. Asimismo debe fomentarse la transferencia tecnológica Sur-Sur y la cooperación Sur-Sur, así como el reconocimiento de los saberes de los pueblos ancestrales.

 

54. Afirmamos que los acuerdos sobre derechos de propiedad intelectual pueden y deben ser interpretados y aplicados de manera tal que no obstaculicen el derecho de los países y los pueblos a mitigar y adaptarse al Cambio Climático. En este sentido es esencial considerar mecanismos específicos para eliminar estas y otras barreras que impidan la adopción efectiva de las medidas necesarias.

 

55. Las pérdidas y daños ocasionados por el Cambio Climático deben considerarse desde una perspectiva de Responsabilidades Históricas, Justicia y Derechos Humanos. Los países desarrollados deben proveer los medios necesarios para compensarlas.

 

56. Enfatizamos que la adaptación y la mitigación son dos aspectos esenciales de las acciones contra el Cambio Climático que deben ser atendidas sin privilegiar una sobre la otra. Ambas deben ser incluidas de forma balanceada en el nuevo acuerdo.

 

57. La agricultura es un elemento fundamental de los modos de vida de la población campesina e indígena, ligada a su identidad y bienestar. Deben impulsarse medidas dirigidas a la adaptación al Cambio Climático en el área agrícola que protejan estos modos de vida, fortaleciendo prácticas agrícolas sustentables que garanticen una buena y sana alimentación de los pueblos. La agricultura campesina, la pesca artesanal y otros pequeños productores de alimentos suministran actualmente el 70% de los alimentos a la población mundial, utilizando medios de trabajo que contrarrestan el cambio climático y, en consecuencia, deben ser reconocidos y apoyados.

 

58. Se deben promover y fomentar diversos sistemas agroecológicos de producción de alimentos, que valoren los conocimientos y prácticas ancestrales y tradicionales, garantizando la soberanía y seguridad alimentaria.

 

59. Es necesario promover el uso de las energías renovables, manteniendo una transición justa como principio rector y el respeto al derecho de los pueblos a luchar contra la pobreza.

 

60. Es necesario promover programas de trabajo y alternativas que tengan por objetivo fortalecer el diseño y la implementación de enfoques integrados que no estén basados en el mercado, tales como el enfoque para mitigación y adaptación conjunta, para la administración integral y sustentable de los bosques, y debe estar centrado en la participación efectiva amplia e inclusiva de todos los sectores de la población.

 

61. Las negociaciones climáticas no deben resultar en estructuras, instituciones y métodos que promuevan falsas soluciones y la mercantilización de la naturaleza, tales como los mercados de carbono, la geoingeniería, REDD, la agricultura climáticamente inteligente, ni las opciones de alto riesgo que podrían tener un impacto negativo en el ambiente y en la salud de las generaciones futuras. Rechazamos los cultivos de bioenergía, los organismos genéticamente modificados, la energía nuclear, el “fracking”, las mega-represas y el agro-negocio industrial, entre otros.

 

62. El sector de uso de la tierra es único y no debe constituir una vía para retrasar la transformación en el Norte. El acuerdo en el 2015 no debe crear unidades comerciables con base en el sector de la tierra. Los créditos industriales de carbono deben ser eliminados lo más pronto posible.

 

63. Las obligaciones en el sector del uso de la tierra deben ser diferenciadas entre países desarrollados y países en desarrollo con la finalidad de proteger la seguridad y la soberanía alimentaria y los medios de subsistencia.

 

VI- MERCADOS DE CARBONO Y OTROS MECANISMOS CUESTIONADOS

 

64. El Cambio Climático debe ser enfrentado por todos los países y sus pueblos desde una perspectiva de justicia y respeto a los Derechos Humanos y los Principios de la Convención. Es necesario destacar que la participación del sector privado en la Convención y sus mecanismos debe estar subordinada a los derechos de los pueblos y al rol fundamental y soberano de los Estados.

 

65. Los mercados de carbono son considerados por muchos una falsa solución al Cambio Climático, con el llamado urgente a realizar una evaluación científica y ética de la efectividad y las consecuencias sociales y económicas negativas de los actuales mecanismos de mercado, guiada por el principio de precaución y con la participación de las organizaciones y movimientos sociales.

 

66. Se deben promover programas de trabajo y alternativas orientados a fortalecer el diseño e implementación de enfoques integrales no basados en mercados y centrados en la participación efectiva, amplia e incluyente de todos los sectores de la población.

 

VII- PERSPECTIVA HACIA EL ACUERDO DE 2015 PRE2020

 

67. El acuerdo de 2015 debe estar guiado por los Principios de la Convención y los acuerdos y normas internacionales sobre Derechos Humanos.

 

68. Se debe anclar, integrar y operacionalizar el Mecanismo de Daños y Pérdidas de Varsovia en el acuerdo de 2015.

 

69. El acuerdo de 2015 debe cerrar la brecha de ambición antes de 2020, incluyendo el incremento de las metas de los países desarrollados en línea con el principio de Responsabilidad Comunes pero Diferenciadas y Capacidades Respectivas, cumpliendo con las obligaciones de financiamiento y transferencia tecnológica y con las necesidades de adaptación.

 

70. Se debe otorgar mayor atención a los diversos sistemas de conocimiento agroecológicos tradicionales e indígenas y prácticas agrícolas.

 

71. El nuevo acuerdo debe garantizar sumas significativas al FVM. Estos montos deben ser nuevas asignaciones adicionales, predecibles, y anclables a los compromisos de financiamiento de los países desarrollados.

 

72. Se debe acordar un presupuesto anual de emisiones para mantener el incremento de la temperatura global por debajo de 1.5 grados.

 

73. Se deben garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas en concordancia con normas e instrumentos tales como la DDPI de la ONU y la OIT169.

 

74. Los conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas deben ser considerados tan importantes y valiosos como el conocimiento científico.

 

POST2020

 

75. Debemos acordar un presupuesto global de emisiones y compartirlo entre los países sobre la base de los principios de la Convención, especialmente el principio de Responsabilidades Comunes Pero Diferenciadas y Capacidades Respectivas y el Derecho al Buen Vivir. Se debe establecer un límite de emisiones y límites nacionales de emisiones no sujetas a intercambio comercial, que tienda a un nivel cero al paso del tiempo. El nuevo acuerdo no debe significar un retroceso respecto a las obligaciones de los países por causa de “circunstancias nacionales”.

 

76. Los Principios de la Convención deben incorporarse explícitamente en el nuevo acuerdo a ser firmado en el 2015.

 

77. Los Estados deben responder por sus compromisos en el Marco de la Convención y del acuerdo que resulte del ADP, a través de un mecanismo de cumplimiento robusto y efectivo.

 

78. Enfatizamos que la adaptación y la mitigación son dos aspectos esenciales de las acciones contra el Cambio Climático que deben ser abordadas sin privilegiar una sobre la otra. Ambas deben ser incluidas de manera equilibrada en el nuevo acuerdo.

 

79. Afirmamos que todas las obligaciones de los países desarrollados, incluyendo la provisión de financiamiento, la transferencia tecnológica, desarrollo de capacidades y el apoyo a la compensación por pérdidas y daños, deben ser legalmente vinculantes, cuantificables, medibles, reportables y verificables. Los mecanismos de adaptación, mitigación y pérdidas y daños deben ser legalmente vinculantes en el nuevo acuerdo.

 

80. Los acuerdos bajo la Convención deben apuntar a eliminar las barreras a la transferencia tecnológica como los derechos de propiedad intelectual.

 

81. Se debe dar prioridad a las circunstancias especiales de los Países Menos Desarrollados en el acuerdo de 2015, especialmente en lo relativo a adaptación, pérdidas y daños y medios de implementación.

 

82. Las contribuciones previstas nacionales determinadas (CPND) se deben visualizar en el contexto del nuevo acuerdo y deben cubrir todos los elementos, sin limitarse exclusivamente a mitigación. La decisión sobre la información que acompaña a estas contribuciones no pueden ser separadas del nuevo acuerdo.

Fuente: Minga Informativa de Movimientos Sociales

Temas: Crisis climática

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