Tierras forestales: Una deuda pendiente

Idioma Español
País Perú

"El Estado peruano tiene una deuda pendiente hacia los pueblos indígenas amazónicos: garantizarles la propiedad de sus tierras. A nuestro modo de ver, esto implica también devolverles la propiedad sobre sus tierras forestales, eliminado las figuras legales que las retienen en poder del Estado."

Por Wilfredo Ardito Vega*

Para muchas personas, los términos “comunidades nativas” y “pueblos indígenas” son equivalentes, pero en realidad son conceptos muy diferentes. Un pueblo indígena está unido por una serie de elementos culturales, como el idioma, la cosmovisión, las tradiciones. Son pueblos indígenas los shipibos, los awajún o los asháninkas, todos los cuales vivían en la selva desde mucho antes que se formara el Estado peruano.

En cambio, una comunidad nativa es una aldea o poblado, donde residen algunas familias indígenas. De esta manera, los integrantes de cada pueblo indígena viven divididos en decenas o a veces centenares de comunidades nativas diferentes, cada una con su título de propiedad y sus autoridades.

Estas comunidades nativas son el resultado de una política gubernamental, que comenzó en 1974, cuando el gobierno de Velasco dispuso que los indígenas amazónicos se agruparan en comunidades, a semejanza de las comunidades campesinas de la sierra y la costa. Mediante la agrupación en comunidades, se planteaba que los indígenas tuvieran una cantidad de tierra adecuada para sus actividades agrícolas y de subsistencia, mientras el resto de su territorio ancestral quedaba disponible y bajo el dominio del Estado. Podía ser otorgado a colonos o inclusive ser entregado en concesión para la actividad petrolera, que entonces comenzaba en la Amazonía.

La Ley de Comunidades Nativas dispuso además que en los títulos de propiedad se incluyera también las tierras donde los indígenas realizaban sus migraciones estacionales. Sin embargo, los funcionarios estatales siempre eran muy renuentes a ello, porque les parecía que era tierra desperdiciada. La concepción “la tierra es de quien la trabaja”, empleada durante la Reforma Agraria para entregar la tierra de las haciendas a los campesinos andinos terminó siendo usada en contra de los derechos de los indígenas amazónicos sobre sus territorios ancestrales.

Aunque la estructura comunal era ajena a los indígenas y con los nuevos títulos ellos perdían el control legal sobre parte importante de sus antiguos territorios, aceptaron el proceso de sedentarización, porque les permitía una serie de beneficios, especialmente los títulos de propiedad y contar con escuelas para sus hijos. En las zonas que no estaban tituladas a nombre de ninguna comunidad, seguían realizando actividades tradicionales como la caza o la recolección de plantas medicinales.

En 1978, el gobierno de Morales Bermúdez dispuso que a las nuevas comunidades nativas ya no se les entregaría las zonas forestales en propiedad, sino en cesión en uso. Es decir que el Estado retendría la propiedad sobre dichas áreas. Esta decisión vulnera el principio del territorio integral de los indígenas, que ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos en sucesivas sentencias.

Inclusive, en varios casos, los funcionarios encargados de la titulación de una comunidad nativa, han declarado que toda su área es forestal, por lo que la comunidad no recibe título de propiedad ni siquiera sobre un metro cuadrado. Es comprensible que los nativos se sientan despojados de su propio territorio. Es más, algunos funcionarios dicen ahora que los indígenas no deberían ser consultados por las acciones que el Estado realice en las tierras forestales.

La titulación de las comunidades nativas es ahora además mucho más compleja y costosa, porque en el año 2009, el mismo año de las protestas de Bagua, el régimen de García dispuso que la clasificación de uso de suelos se realice mediante un estudio geológico a través de las llamadas calicatas, que son unos pozos, que deben ser excavados. De ellos se toman muestras de tierra y se envían a Lima para ser analizadas y así determinar cuáles son las áreas forestales y no serán entregadas en propiedad. Nada de esto se exige a quienes no son nativos y también reciben títulos sobre tierras amazónicas.

A esto se añade, claro, que el Estado nunca asume los costos de la titulación y los indígenas tampoco cuentan con recursos para hacerlo, por lo que debe ser financiada por ONGs o la cooperación internacional. “Ahora cuesta más de 10,000 dólares”, dice un dirigente awajún. La transferencia de la titulación a los gobiernos regionales no ha abaratado los costos, porque la clasificación de tierras se sigue haciendo en Lima.

Entretanto, cuarenta años después de las primeras titulaciones, en muchas comunidades las tierras asignadas se han vuelto son insuficientes frente al crecimiento poblacional. Muchas comunidades están pidiendo que el Estado les reconozca la ampliación de su territorio. En otros casos, las familias indígenas sin tierras se trasladan a otras zonas dentro de los territorios ancestrales y piden ser reconocidas como comunidades, enfrentando procesos que pueden durar largos años.

El Estado peruano entonces tiene una deuda pendiente hacia los pueblos indígenas amazónicos: garantizarles la propiedad de sus tierras. A nuestro modo de ver, esto implica también devolverles la propiedad sobre sus tierras forestales, eliminado las figuras legales que las retienen en poder del Estado.

Agradezco a Ermeto Tuesta, del Instituto de Bien Común, por la valiosa información que me permitió elaborar esta RP.

*Wilfredo Ardito Vega es abogado y catedrático nacido en Lima.

Fuente: Enviado por el propio autor

Publicado por Servindi

Temas: Pueblos indígenas, Tierra, territorio y bienes comunes

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