Panamá: la minería a cielo abierto no es desarrollo

Idioma Español
País Panamá

Declaración del Distrito de Macaracas área libre de la minería

RESOLUCIÓN NÚMERO TRES (3)

Del 7 de febrero de 2008

Por la cual se respalda en todas sus partes la Resolución número 1, de 14 de enero de 2008, dictada por el Distrito de Tonosí, y se dictan otras disposiciones.

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MACARACAS

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

1, Que la Constitución Política de Panamá en su artículo 118 establece:"Es deber fundamental del Estado garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación, en donde el aire, el agua, y los alimentos satisfagan los requerimientos del desarrollo adecuado de la vida humana".

Artículo 119 "El Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite las destrucción de los ecosistemas".

2. Que la Ley 106, de 8 de octubre de 1973, en su artículo 17, establece:"Los Concejos Municipales tendrán competencia exclusiva para el cumplimiento de las siguientes funciones: 1…numeral 21:"Dictar medidas a fin de proteger y conservar el medio ambiente;"

3. Que el artículo 38, de la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, establece:"Los Concejos dictarán sus disposiciones por medio de acuerdos o resoluciones que serán de forzoso cumplimiento en el distrito respectiva tan pronto sean promulgadas, salvo que ellos mismos señalen otra fecha par su vigencia".

4. Que mediante el Acuerdo Municipal número 21, de 27 de agosto de 2007, se creó la Reserva Hidrológica de la Micro-Cuenca del Río Cacao, Distrito de Macaracas, Provincia de Los Santos y se dictan algunas medidas para proteger y conservar las aguas de dicha reserva, que nace en el Cerro Quema.

5. Que dada la contaminación que presenta el Río Estivaná donde se encuentra la toma de agua de la población de Macaracas, el Estado designó una inversión cuantiosa, para reubicar la toma de agua de Macaracas, del Río
Estivaná al Río Cacao, por tanto es imprescindible evitar la contaminación de dicho río.

6. Que a pesar de los efectos nocivos, que produce la exposición a sustancias químicas, que genera el proceso de extracción minera, al ambiente, al ser humano y a los animales; tenemos conocimiento que una empresa minera intenta iniciar laborares de extracción en Cerro Quema.

7. Que mediante resolución número 1, de 14 de enero de 2008, el Concejo Municipal del Distrito de Tonosí, se ratifica en oposición histórica al desarrollo de las minas a cielo abierto en el Distrito de Tonosí, por considerar que la Mina Cerro Quema coloca en alto riesgo de contaminación a su fauna, flora, riqueza hídrica y particularmente a los habitantes de la comuna santeña, entre otras disposiciones.

8. Que de activarse la explotación minera en Cerro Quema, no sólo se afectará al Distrito de Tonosí sino también al Distrito de Macaracas, por las razones expuestas en las consideraciones anteriores.

RESUELVE:

Artículo Primero: Respaldar, cono en efecto respaldamos en toda sus partes, la Resolución, de 14 de enero de 2008, dictada por el Concejo Municipal del Distrito de Tonosí.

Artículo Segundo: Declarar, como en efecto declaramos, al Distrito de Macaracas área libre de la minería.

Artículo Tercero: Solicitar, como en efecto solicitamos, al Gobierno Nacional la urgente moratoria de la actividad minera en la Provincia de Los Santos.

Artículo Cuarto: Esta Resolución empieza a regir a partir de su sanción.

Artículo Quinto: Enviar copia de esta Resolución al Presidente de la República, Licenciado Martín Torrijos Espino, al Ministro de Comercio e Industrias, Doctor Alejado G. Ferrer L., a la Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente, Doctora Liga Castro de Doens, al Gobernador de la Provincia de Los Santos, Doctor Héctor Cárdenas, a la Directora Provincial del Ministerio de Comercio e Industrias, Licenciada Diomila Herrera, al Administrador Regional de Los Santos de la Autoridad Nacional del Ambiente, Ingeniero Oltimio Valdés y a los medios de comunicación social.

Dada en el salón de sesiones "Marcelino García Pérez", a los 7 días del mes de febrero de 2008.

H. R. Ramón Rodríguez Solís
Presidente del Concejo Municipal Distrito de Macaracas

Benigna Nicosia
Secretaria

Cerro Quema

Ediles de Macaracas y Guararé se suman al rechazo del Proyecto Minero de Cerro Quema; con anterioridad ya lo habían planteado los Representantes del Distrito de Tonosí. Los macaraqueños y guarareños así lo confirman en sendas resoluciones en las que solicitan el cierre de la mina a cielo abierta por considerarla lesiva para el desarrollo de la región, particularmente en lo atinente a sus implicaciones ecológicas, así como por la pírrica ganancias que supodría para los municipios.

Frente Santeño Contra la Minería

Panamá Profundo

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