Uruguay: fumigaciones de agrotóxicos en escuelas rurales: MGAP protege más a empresas que a niños

Idioma Español
País Uruguay

El día 5 de diciembre la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del MGAP, comunica que con fecha 17 de noviembre del presente año, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca resolvió prohibir la aplicación aérea de “ productos fitosanitarios”, en todo tipo de cultivo, a una distancia inferior a 50 metros y las aplicaciones terrestres a una distancia inferior a 30 metros del límite del predio de escuelas rurales.

Fumigaciones de agrotóxicos en escuelas rurales: Resolución del MGAP protege más a las empresas que a los niños

El día 5 de diciembre la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del MGAP, comunica que con fecha 17 de noviembre del presente año, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca resolvió prohibir la aplicación aérea de “ productos fitosanitarios”, en todo tipo de cultivo, a una distancia inferior a 50 metros y las aplicaciones terrestres a una distancia inferior a 30 metros del límite del predio de escuelas rurales.

También se “ exhorta” en dicha Resolución, que las aplicaciones tanto aéreas como terrestres de “ productos fitosanitarios” en cercanía de los predios escolares, se efectúen en días inhábiles o fuera del horario escolar. (1)

Frente al vacío legal en relación a las fumigaciones aéreas y terrestres en áreas donde existen escuelas rurales, esta resolución es un reconocimiento de que por largo tiempo se han venido fumigando venenos –los mal llamados “ productos fitosanitarios”- sobre las escuelas rurales. Dicha situación se ha visto agravada en los últimos años a raíz del aumento del cultivo de soja transgénica, que se caracteriza por la fumigación de enormes cantidades de agrotóxicos.

Numerosas denuncias sobre fumigaciones aéreas y terrestres sobre escuelas rurales han sido realizadas en distintos lugares del país, donde las maestras han debido mantener a los niños dentro de los salones de clase y donde las fumigaciones han dejado huertas orgánicas quemadas, animales enfermos e incluso muertos y niños afectados por productos tóxicos.

Uruguay es un país donde los vientos son una constante y las aplicaciones se realizan cuando el cultivo lo necesita y/o lo determina el técnico, haya o no haya viento. Es decir, que esta medida, que pareciera proteger a los niños de las escuelas rurales, es simplemente una regulación para proteger a las empresas.

En el mejor de los casos los 90 aviones que fumigan al Uruguay se asegurarán de cumplir con los 50 metros aéreos y los “mosquitos” (enormes máquinas fumigadoras) y/o las pulverizadoras manuales de cumplir con los 30 metros terrestres para aplicar el coctel mortal de agrotóxicos. Y de los daños, que se encarguen las maestras.

Es ampliamente sabido que la deriva de los agrotóxicos por el viento es imposible de controlar; ésta llega a los predios linderos provocando daños ambientales y sobre la salud de la gente y por más posibilidad que exista de realizar denuncias a las autoridades correspondientes, el daño ya se habrá hecho. En el caso concreto de las escuelas rurales, nuestros niños han sido y serán siendo contaminados. Los 30 y 50 metros son a todas luces insuficientes para proteger la salud de los niños y las maestras, pero esta resolución del MGAP le da a las empresas el marco para seguir aplicando sus venenos, ahora dentro del marco legal.

Cabe preguntarse: ¿no le fue posible a las autoridades que elaboraron esta resolución, pensar en los niños por una sola vez y prohibir las fumigaciones en las zonas rurales donde hay escuelas? ¿Es más importante proteger a los cultivos que a los niños?

Resulta claro que con esta resolución las empresas son las protegidas y NO los niños que son el 100% de las futuras generaciones.

(1) Resolución del MGAP

María Isabel Cárcamo

8 diciembre 2008

RAP-AL Uruguay
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Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas para América Latina
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