Uruguay ratifica Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología

Idioma Español
País Uruguay

"El 2 de noviembre de 2011, Uruguay depositó el instrumento de ratificación del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica y Uruguay se convertirá en la 162ª Parte en el Protocolo de Cartagena el 31 de enero de 2012."

El día 3 de agosto durante la 29ª sesión ordinaria de la cámara de senadores se aprueba el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Montreal, Canadá, el 29 de enero de 2000, y suscrito por nuestra República el 1° de junio de 2001.

 

Posterior a su aprobación Ley Nº 18.792, este es comunicado al Poder Ejecutivo.

 

El 2 de noviembre de 2011, Uruguay depositó el instrumento de ratificación del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica y Uruguay se convertirá en la 162ª Parte en el Protocolo de Cartagena el 31 de enero de 2012.

 

El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología establecido en el marco de la Convención sobre Diversidad Biológica (CDB), tiene como principio rector el “Principio Precautorio”, herramienta fundamental para proteger la biodiversidad y los centros de origen y diversidad.

 

La CDB nace con la Cumbre de la Tierra realizada en 1992 en Río de Janeiro, lo que quiere decir que las negociaciones con el objetivo de proteger la biodiversidad tienen una larga data.

 

El solo hecho de la creación del Protocolo de Cartagena implica la aceptación de que el peligro de los organismos genéticamente manipulados es muy real y que es necesario ceñirse al “Principio Precautorio”.

 

El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología es un acuerdo internacional jurídicamente vinculante que rige el movimiento transfronterizo de organismos vivos modificados (OVM), también conocidos comúnmente como organismos genéticamente modificados (OGM), resultantes de la biotecnología moderna. El Protocolo tiene por objeto el proteger la diversidad biológica de los posibles efectos adversos de los OVM, garantizando su transferencia, manipulación y su uso. Fue aprobado el 29 de enero de 2000 y entró en vigor el 11 de septiembre de 2003.

 

Transgénicos en Uruguay y ratificación del Protocolo de Cartagena

 

Desde fines de los años 90 en nuestro país se producen cultivos transgénicos, primero se introdujo la soja y posteriormente se autorizó el cultivo del maíz. Con la soja transgénica no se realizó evaluación, e incluso la población en su conjunto no se enteró que este cultivo transgénico se cultivaba en nuestro país, hasta años después, al momento que distintos actores se opusieron a la introducción del maíz transgénico (2002-2003). Cuando se autorizó el maíz se realizaron evaluaciones, no obstante una amplia mayoría no estuvo de acuerdo a su autorización, a pesar de ello, sus argumentos no fueron tomados en cuenta.

 

En el marco del Protocolo de Cartagena se realizan evaluaciones de los cultivos transgénicos antes de ser aprobados. Sin embargo estas son realizadas desde el punto vista productivo-agronómico, pero no son considerados los impactos socioeconómicos, culturales o medio-ambientales, siendo éstos fundamentales para la conservación de la biodiversidad e impedir el avance de la bio-inseguridad.

 

El hecho que Uruguay haya ratificado el Protocolo de Cartagena no significa protección de la biodiversidad, muy por el contrario, con esto se permite la pérdida de la misma, y un avance mayor de la imposible “coexistencia”, promovida desde el gobierno, entre cultivos transgénicos y no transgénicos.

 

Si realmente se apostase a asegurar el mantenimiento ecológico tanto de las plantas como de los animales y preservar los seres vivos y los recursos naturales (agua, suelo, semillas) se aplicaría el principio básico del Protocolo, el “Principio de Precaución”; significando esto una evaluación de todos los impactos que estos cultivos provocan, no solo desde lo productivo y agronómico sino tomando en cuenta todos los aspectos socioeconómicos, culturales y medio ambientales. Además las evaluaciones deberían ser realizadas por el Estado, y no por las empresas que promueven estos cultivos.

 

Si se realizaran estas evaluaciones, la ratificación del Protocolo de Cartagena por nuestro país, no pasaría a ser la ratificación de un Protocolo más dentro de un Convenio Internacional. Este Protocolo da a las empresas un marco legal para seguir haciendo lo que ellas deseen, apropiarse de la biodiversidad y de los recursos naturales. Su pérdida, también es una forma de apropiación.

 

Fuente: RAP-AL Uruguay

Temas: Crisis climática

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