Una mirada de lo ambiental en el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera en Colombia

Idioma Español
País Colombia

A Grosso modo, se puede afirmar que el Acuerdo escoherente con el paradigma de que bienestar y buen vivir implican necesariamente el cuidado y respeto de la naturaleza y en este sentido, también es lógico el marco de la zonificación ambiental que se propone para compatibilizar la preservación de la base natural con las alternativas económicas de las comunidades y de desarrollo del país, pero que si embargo hay muchas más aristas que surgen frente a la sostenibilidad ambiental en la implementación de los acuerdos de paz. No obstante, surgen algunas inquietudes..."

Por Lucía Vásquez Celis
M.Sc. Biología-Ecología[i]

El Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, firmado entre el Gobierno y las Farc el 24/08/2016, es indudablemente el hecho político de mayor trascendencia en Colombia, después de 54 años de confrontación armada con la insurgencia de las Farc y, pese a la oposición de sectores alineados, casi que genéricamente, alrededor del Centro Democrático.

En el Acuerdo lo ambiental se evidencia en algunos de sus componentes:

Acuerdo 1. Reforma Rural Integral Hacia un nuevo campo colombiano, el cual “sienta las bases para la transformación del campo, reversando los efectos del conflicto y las condiciones que han facilitado la persistencia de la violencia en el país y creando las condiciones de bienestar y buen vivir para la población rural. Busca la erradicación de la pobreza rural extrema y la disminución en un 50 % de la pobreza en el campo en un plazo de 10 años, la promoción de la igualdad, el cierre de la brecha entre el campo y la ciudad, la reactivación del campo y, en especial, el desarrollo de la agricultura campesina, familiar y comunitaria y que a grosso modo busca que, las y los campesinos tengan tierra, tengan cómo poner a producirla y vivir y participen en la planeación de sus regiones” y, específicamente, en el numeral 8 en el que se aborda la protección ambiental y que reza: “cierre de la frontera agraria y protección ambiental, en el cual se plantea la delimitación de la frontera agrícola y la protección de áreas de especial interés ambiental como páramos, cuencas, humedales y fuentes de agua, en el marco de un plan de zonificación ambiental que compatibilice la preservación con las alternativas económicas de las comunidades y de desarrollo del país, y que también plantea la promoción de diferentes planes que contribuyan a la preservación”.

El numeral 1.1.10 Cierre de la frontera agrícola y protección de zonas de reserva y que plantea entre otros, la protección de áreas de especial interés ambiental y generar para la población que colinda con ellas o las ocupa, “alternativas equilibradas entremedio ambiente y bien estar y buen vivir bajo los principios de Participación de las comunidades y de Desarrollo sostenible. El punto 4, numeral 4.1.4., plantea el desarrollo de mecanismos de interlocución directa con las comunidades en las áreas de Parques Nacionales Naturales-PNN para construir acuerdos para la erradicación de los cultivos ilícitos que garanticen el control, restauración y protección efectiva de los PNN, para garantizar el bienestar y buen vivir de las comunidades y la preservación y conservación de estas áreas y en el marco de estos punto, el desarrollo de programas como el reconocimiento por la prestacíón de servicios ambientales, el cual en el proceso del fast track, se reglamentó en el DECRETO LEY NÚMERO 870 DE 2017 «Por el cual se establece el Pago por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación» dando especial valoración a los intangibles culturales y espirituales, y protegiendo el interés social, sistemas de producción alimentaria sostenible y silvopastoriles, reforestación, zonas de reserva campesina (ZRC), territorios indígenas y en general, otras formas de organización de la población rural y de la economía campesina sostenibles…….” Si bien, se incorporan incentivos a la conservación, en respuesta a planteamientos de los pueblos indígenas, su énfasis se centra en el pago por servicios ambientales, justificando la validez de dicho pago como una alternativa económica para la generación de ingresos a las comunidades que “permitan con eficacia y celeridad” frenar la transformación ambiental y la pérdida de capital natural derivado del incremento de cultivos de uso ilícito en áreas de ecosistemas social y ambientalmente estratégicos, la tala ilegal de bosques naturales y sus grandes focos de deforestación y trasformación de los territorios que ponen en peligro inminente la biodiversidad que albergan los ecosistemas y la pérdida de sus “servicios ambientales”.

Por su parte, el Informe Conjunto de la mesa de conversaciones de La Habana reconoce “la necesidad de garantizar un desarrollo sostenible con especial atención a la importancia de proteger y preservar el agua y el medio ambiente” y de establecer “un plan para delimitar la frontera agrícola y proteger las áreas de especial interés ambiental que incluyen las zonas de reserva forestal, generando alternativas para los pobladores que colindan con ellas o las ocupan y garantizando los principios de participación de las comunidades rurales y de desarrollo sostenible”. Asunto que tal y como lo señala el Coordinador residente y humanitario de Naciones Unidas en Colombia, resulta de gran importancia y un paso muy positivo en medio de unas negociaciones complejas. No obstante, y como también lo explicita el Señor Hochschild (Coordinador residente y humanitario de Naciones Unidas en Colombia), la sostenibilidad ambiental se evidencia como una protagonista esencial si de verdad se piensa en la implementación de los Acuerdos como una posibilidad de Paz duradera y sostenible, ambiental, social y económicamente.

A Grosso modo, se puede afirmar que el Acuerdo 1 y su numeral 8, el numeral 1.1.10, el punto 4, numeral 4.1.4 son coherentes con el paradigma de que bienestar y buen vivir implican necesariamente, el cuidado y respeto de la naturaleza y en este sentido, también es lógico el marco de la zonificación ambiental que se propone para compatibilizar la preservación de la base natural con las alternativas económicas de las comunidades y de desarrollo del país, pero que si embargo hay muchas más aristas que surgen frente a la sostenibilidad ambiental en la implementación de los acuerdos de paz[1]. No obstante, surgen algunas inquietudes que grosso modo se pueden agrupar así:

Sectores ambientalista de Colombia, reafirmaron su apoyo al Acuerdo de Paz y proponen la creación de una mesa ad hoc o comisión de seguimiento desde las regiones, para hacer seguimiento a la implementación del mismo.

Otros sectores ambientalistas, aunque también manifiestan su apoyo al Acuerdo de Paz, señalan “la debilidad de lo ambiental en el marco del Acuerdo de la Habana”, en razón a que desde su percepción, lo ambiental resulta ser muy tangencial y no se compadece con la magnitud de los daños ambientales que el conflicto ha causado en el país y derivados de la siembra de minas antipersona, episodios de violencia en áreas protegidas y la deforestación provocada por la expansión de los cultivos ilícitos así como tampoco con otros factores no derivados directamente del conflicto armado, como el crecimiento de la minería (ilegal, legal a campo abierto y en pequeña escala pero que usa mercurio), la ampliación de la frontera ganadera y su desarrollo crítico ambiental y socialmente.

Algunos imperativos ambientales fundamentales en la implementación de los acuerdos en la perspectiva de Paz duradera

La dimensión ambiental, hace alusión a los conceptos de gestión de la base de ecosistemas y recursos naturales y gestión de la calidad ambiental. Abarca aspectos relativos al manejo equilibrado de ecosistemas (bosques, áreas montañosas, humedales, ecosistemas marinos); la preservación de la diversidad biológica; el mantenimiento de ambientes limpios con políticas y normas para el manejo de amenazas por riesgos naturales, por uso inadecuado de sustancias y/o procesos biológicos, químicos, industriales etc.; al manejo y uso eficiente de los ecosistemas y sus recursos naturales; al reconocimiento de los ecosistemas y recursos naturales como elementos esenciales en las estrategias para la reducción de la pobreza rural y para la preservación de la vida humana y natural; la importancia de crear una mayor conciencia ambiental en los consumidores; la prevención de factores que conducen al cambio climático y la toma de medidas de protección pertinentes. No obstante, conviene precisar que esta dimensión ambiental interactúa y tiene vínculos con las otras dimensiones que conforman y dinamizan la vida, la dimensión económica, la dimensión social y cultural, la dimensión político-institucional, en razón de la multidimensionalidad de la vida, del desarrollo y/o de las alternativas al desarrollo y, presupone la necesidad de tomar en consideración los nexos existentes entre una dimensión y otra porque muchos temas que deberán afrontarse en la implementación de los acuerdos, por su naturaleza, abarcan más de una dimensión. Tal es el caso del comercio, el ambiente y la producción limpia (e.g. dimensiones económica y ambiental); el manejo de desechos y el saneamiento básico (e.g. dimensiones social y ambiental); el manejo de ecosistemas y recursos naturales (e.g. dimensiones ambiental e institucional), la agricultura familiar y la seguridad alimentaria (e.g. dimensiones económica y social), entre otros.

La multidimensionalidad, obliga trascender la mirada sectorial de lo agrícola y/o agropecuario como sustentos del desarrollo rural, la visión de la tierra como recurso con el que se desarrollan actividades productivas o extractivas y de mercancía que se compra y se vende, superar la visión economicista del desarrollo, así como analizar la viabilidad y pertinencia o no de las denominadas locomotoras del desarrollo. Exige rescatar las relaciones intersectoriales (vitales, materiales y espirituales, naturales, culturales, económicas y sociales) que se deriva de la relación naturaleza ↔ heterogeneidad de los grupos sociales que encarnan las diferentes territorialidades del país y obliga a asumir el entendido de que la vida, el desarrollo y/o las alternativas al mismo, son producto social e histórico, como interacción entre espacio geográfico - natural y tejido social- histórico, es decir, como producto de la interacción entre una base natural particular con unas potencialidades y con unos límites, unas instituciones y formas de organización propias, y determinadas formas de producción, intercambio y distribución.

El vínculo ineludible entre lo ambiental y las restantes dimensiones vitales implícitas en la dinámica de la naturaleza y de la cultura y en su interacción, exigen poner especial atención, a los conflictos actuales entre la vocación de la tierra y ecosistemas naturales y el uso actual y que se expresan entre otros, en que de los 19 millones de hectáreas aptas para la agricultura, solo 5 están destinadas a esta actividad y en que en contraste la ganadería ocupa cerca de 40 millones de hectáreas cuando solo 12, 5 millones deberían utilizarse para este fin. Pero también, exige poner especial atención, frente a la expansión de la extracción minero-energética. Colombia es el país de América Latina con el mayor número de conflictos socioambientales, la mayoría de ellos causados por las industrias extractivas[2], como a las diferentes estrategias productivas y de conservación que familias, comunidades y organizaciones sociales implementan en los territorios compaginando los límites y potencialidades de la naturaleza con preceptos espírituales y materiales derivados de sus cosmovisiones y de otras expectativas de vida que no se sitúan en la esfera del mero desarrollo económico.

El Ordenamiento en su interacción naturaleza↔ cultura y que se conceptualiza como “ordenamiento ambiental”, es un camino expedito que se plantea en el Acuerdo. No obstante, es necesario reconocer que el carácter multiétnico y multicultural del país, pasa por reconocer formas distintas de entender y asumir el OT y que necesariamente implican trascender para el ordenamiento, como únicas, las variables de uso potencial del suelo y conflictos de uso y, articular en el caso de territorios con presencia de grupos étnicos y de organizaciones campesinas territoriales, otras variables que se han ido identificando como pertinentes: sociales, culturales, históricas, chamanísticas, políticas, económicas, ambientales y político-administrativas que han ido evidenciando la complejidad del tema del OT[3] y, que muestran proyecciones en el marco del Bien Estar, del Buen Vivir, de la armonía Gente ↔Gente ↔Naturaleza que se articulan a concepciones de “Planes de vida”, “Planes de Desarrollo Comunitario”, otros que trascienden un modelo único de desarrollo.

Como ya lo han anotado expertos, agencias y ONG nacionales e internacionales, dado que el futuro de la paz se jugará en la periferia de la geografía nacional que ha vivido lo peor del conflicto armado, y que además coincide con algunas de las zonas más biodiversas, las políticas del Estado y las acciones de la sociedad civil y el sector privado en esos territorios serán decisivas y exige un proceso de construcción de paz desde los territorios desde una planeación participativa para que entre comunidades y autoridades se piense en las características y necesidades del territorio, en las respuestas a esas necesidades, y de manera metódica y concertada se construyan planes para transformar esos territorios. [4]

Otro aspecto que merece atención, es el relativo al pago por servicios ambientales y otros incentivos a la conservación, regulados en el Decreto 870 del 2017 porque si bien es cierto incorpora “otros incentivos a la conservación”, en la perspectiva de lo planteado por los indígenas, enfatiza en su naturaleza “pago por servicios ambientales”: biodiversidad, carbono, agua.

Durante los últimos años se ha debatido mucho sobre el manejo de estos servicios ecosistémicos o ambientales, algunos sectores cuestionan el que se comercialicen, se vendan o se reciba “pago” por ello, y plantean que esto conlleva a un aprovechamiento dudoso, donde se enriquecen unos, en detrimento de otros y que estos son bienes y no servicios y que por lo tanto como bienes no son sujetos de “negociarse”, por ser un patrimonio universal de todos. Estos contradictores, afirman que el desarrollo de enfoques sobre Pago por Servicios Ambientales PSA se inscribe dentro de la teoría económica neoclásica, cuyo concepto fundamental es el mercado desde el cual se supone que el deterioro del medio ambiente se debe básicamente a la subvaloración económica de los bienes o servicios ambientales. Adicionalmente, señalan por un lado, que el desarrollo de los PSA ha arrojado resultados desiguales e inesperados que no han podido ser medidos a cabalidad, debido fundamentalmente, según estos contradictores, a la falta de monitoreo y a los costos que ello implicaría, y por otro, que el esquema de PSA ha generado la monopolización de la demanda en un solo comprador. El acaparamiento de la demanda influye negativamente en el mercado porque al concentrar todo el poder podría afectar el precio del producto, perjudicando así a los proveedores de servicios ambientales. También, se señala que la falta de una regulación clara que promueva estos mecanismos y la falta de institucionalización por parte del Estado son la principal razón económica de su mal funcionamiento en la práctica. Respecto al enfoque de pobreza en los PSA, se ha señalado que no siempre el esquema del PSA impacta en la reducción y/o transformación de la pobreza, sino que muchas veces resulta más bien en el reforzamiento de relaciones de poder desiguales en la medida que se asigna el servicio o recurso a aquél que tiene poder económico o que cumple con los requisitos exigidos por el modelo, como contar con propiedad de la tierra. Es decir el PSA supone que los proveedores del servicio puedan tomar decisiones sobre la tierra, supone pues una tenencia formal de la tierra[5].

Otros sectores ligados principalmente con empresas nacionales y multinacionales, con sectores del estado y otros ubicados en la perspectiva de “derechas”, o también de ambientalistas de pensamiento “muy amplio”, ven legitimo el hecho de obtener ganancias de los recursos naturales a través de comercializar los servicios ambientales y consideran erróneamente que la temática se subsana con un cambio de concepto llamando los servicios ambientales como servicios ecosistémicos, sin querer asumir que el problema no radica en los conceptos “ambiental” o “ecosistémico”, sino fundamentalmente en el concepto “servicios”.

Por su parte, los pueblos indígenas, en el marco de su participación en el proceso Fast track, Decreto 870 del 2017 por el cual se establece el Pago por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación, se sitúan en el contexto de “otros incentivos a la conservación” haciendo alusión a que no se trata de pago porque su aprovechamiento puede también no ser necesariamente monetizado. No obstante, y pese a que el artículo 3 del decreto se sitúa en el ámbito de los territorios indígenas, se mantiene el objeto del decreto, aun cuando se establezca el reconocimiento del derecho a la consulta previa, libre e informada, de los derechos territoriales, de la autodeterminación, la autonomía y de las autoridades indígenas como autoridades ambientales en sus resguardos. “ARTICULO 3. Pago por servicios ambientales en los territorios indígenas. La interpretación y aplicación del presente decreto en territorios indígenas de resguardos, ancestrales, poseídos y/o utilizados tradicionalmente en lo referido al pago por servicios ambientales, se regirá además de lo aquí dispuesto bajo los preceptos de derecho mayor, derecho propio y ley de origen, y de las funciones ambientales de las autoridades indígenas; como también los principios de autodeterminación, la autonomía, la participación efectiva y el derecho fundamental a la consulta previa, libre e informada; a la identidad, integridad social, económica y cultural, los derechos sobre sus tierras, territorios y recursos, que implican el reconocimiento de sus prácticas territoriales ancestrales y sus planes integrales de vida o sus equivalentes y el bloque de constitucionalidad

Adicionalmente, hay que señalar que dentro de estos procesos aún existe mucha dificultad para implementar un sistema de Compensación por Servicios Ambientales de manera relativamente fácil y estándar, debido al desconocimiento de cómo abordar este tema, cómo implementarlo, monitorearlo, evaluarlo y hacerlo eficiente, sostenible y permanente[6].

En Colombia, en el marco del programa REDD Corredor de Conservación Chocó-Darién, Comunidades afro descendientes e indígenas del Chocó, municipio de Acandí Colombia participan en el PSA al proteger 13,465 has. de selva proyecto para mitigar el cambio climático global, para salvaguardar los ecosistemas y la vida salvaje del Darién mediante el fortalecimiento de la identidad territorial y la capacidad gobernativa de COCOMASUR así como para proteger y mejorar la cobertura forestal de la Sierra del Darién manteniendo la conectividad con el vecino Parque Nacional El Darién de Panamá para contribuir a la conservación de una gran cantidad de especies endémicas amenazadas y en peligro de extinción. Esta iniciativa fue una de las primeras en el mundo a recibir validación bajo los estándares VCS (para proyectos de carbono) y CCB (para proyectos de carbón que además benefician a comunidades locales y la biodiversidad). En septiembre de 2012, se emitieron los primeros 100,000 bonos de carbono, como resultado de las actividades concluidas desde octubre de 2010 cuando el proyecto comenzó[7]. Auscultar en esta experiencia nacional como en otras implementadas en países de Sur y Centro América podrían dar más herramientas para tener una visión más completa sobre la viabilidad y pertinencia del PSA.

Finalmente, considero conviene tener en cuenta lo propuesto por sectores ambientalistas al Acuerdo y que se condensan en los siguientes 11 puntos:

 

  1. Construir una nueva ética e institucionalidad ambiental
  2. Propiciar la paz territorial, teniendo en cuenta las los procesos locales
  3. Incorporar conceptos novedosos como el PIB ambiental
  4. Ttrabajar por los objetivos del desarrollo sostenible para 2030
  5. Redefinir las relaciones entre la Colombia rural y urbana
  6. Revisar modelo extractivista y prohibir el fracking
  7. Una educación integral en torno a la conservación del ambiente
  8. Fortalecer la investigación e innovación científica
  9. Construir una agenda ambiental y climática

 

Notas

[1] Hochschild Fabrizio. 2005. La paradoja ambiental del Acuerdo de Paz

[2] Atlas de Justicia Ambiental…

[3] Franky Carlos E. 2014. AVANCES DE INVESTIGACIÓN. EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL INDÍGENA

[4] Rodríguez Garavito César et al, DEJUSTICIA. La Paz Ambiental Retos y propuestas para el Post acuerdo

[5] Cerrón Egúsquiza Pierina. 2005. Una visión crítica del Pago por Servicios Ambientales

[6] Forest Trend, AVINA, Rights +Resources . 2012. Experiencias por compensación en servicios ambientales en América Latona

[7] Forest Trend, et al 2012. op. cit.

___________

[i] MSc en ciencias Biología-Ecologá Universidad Nacional de Colombia. 1992-1994

Experta en Gestión, Evaluación, Monitoreo y Seguimiento de Proyectos Comunitarios de Desarrollo Rural y Gestión Ambiental, con enfoques de DDHH, Equidad, Respeto de la Naturaleza-Culturas y Sostenibilidad Económica (Coordinadora Fondo del Canadá para Iniciativas Locales 71/2 años, Asesora Unidad Técnica de Ecofondo 7 años, Catedrática temática en las universidades Pontificia Javeriana Bogotá D.C. y Surcolombiana, Neiva Huila

Experta en Cooperación Internacional, (Coordinadora del Fondo del Canadá para Iniciativas Locales 71/2 años, Asesora de la Unidad Técnica de la Corporación Ecofondo para el manejo de las cuentas ODA-Canadá, Fondo Ambiental USA y Holanda, 7 años y Asesora en Swissaid-Colombia, 8 años)

Experta en Desarrollo Rural Territorial con énfasis en Derechos Colectivos sobre la Biodiversidad (International Trainning in IATP-USA and GRAIN-España)

Experta en Teorías Y Metodologías para la Gestión Ambiental en Colombia (Curso Teórico-Práctico Corporación ECOFONDO 2003 y 2004)

Experta en temas relacionados con pueblos indígenas: Apoyo a la implementación de Educación Bicultural en la Sierra Nevada de Santa Marta, como Maestra en la escuela rural indígena del Pantano, Nabusimake, Sierra Nevada de Santa Marta, Departamento del César 1985 y Directora General de la Escuela Indígena Meneji (Jiuwa) Sierra Nevada de Santa Marta, Departamento del Magdalena, 1987. Gestora de Proyectos ACIN Mayo-diciembre 2012 y diciembre 2015-febrero 2016. Gestora de Proyectos AIC-EPS Indígena, Mayo-noviembre 2013. Coordinadora del Diplomado “Gerencia Comunitaria de Proyectos Sociales”, Cabildo indígena Las Delicias, Noviembre 2014-abril 2015

Experta en Democracia y Desarrollo Humano (Cursos Internacionales PNUD).2015.

Curso Básico en Derecho Internacional Humanitario (Comité Internacional de la Cruz Roja -CICR)

Temas: Geopolítica y militarismo, Tierra, territorio y bienes comunes

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