¡Nuestro territorio no se vende ni se entrega! Apoyo a la comunidad Paisil-Antreao, Villa La Angostura
"Los derechos de los pueblos originarios se encuentran vulnerados y amenazados a partir de la militarización de la comunidad Paisil-Antreao. El 2 de diciembre de 2009 se ejecutó el desalojo, tirando abajo tres casas, aún con gente adentro, dos de ellos niños de ocho y nueve años. A partir de ese momento se instaló la policía y la violación sistemática de los derechos y violencia física constante." Firma la carta abierta a la Presidenta de la Nación.
¡Mandanos tu adhesión!
Carta a la Presidenta de la nación
Cerro Belvedere, Villa La Angostura.
20 de enero de 2010.
Sra. Presidenta de la Nación Argentina:
Dra. Cristina Fernández:
El Lof mapuche Paisil-Antreao de Villa La Angostura , asentado en el Cerro Belvedere, y el conjunto del pueblo mapuche, le requieren a usted su inmediata intervención para:
1) La desmilitarización total e inmediata del espacio territorial de la comunidad Paisil-Antreao, retirando toda presencia armada (policial y parapolicial) que montó el gobierno de la provincia de Neuquén desde el 2 de diciembre de 2009. Disponer una investigación independiente e integral de todas las violaciones a los derechos de los pueblos originarios y de los derechos humanos cometidos durante esta militarizacion, incluyendo los hechos previos y posteriores al desalojo ilegal del 02/12/09.
2) La restitución inmediata al pueblo mapuche del pillan lelfuny el rewe , espacio sagrado, bajo la tutela de la comunidad Paisil-Antreao. La inmediata suspensión de obras civiles iniciadas por el norteamericano William Fischer en ese espacio, las que ya dañaron en forma irreversible al pillan lelfun.
3) La revisión integral de títulos de todo el lote 9 original del ejido municipal de Villa La Angostura , espacio de la ocupación tradicional de la comunidad mapuche Paisil-Antreao desde fines del siglo XIX.
Requerimos su inmediata intervención, ya que en su carácter de titular del Poder Ejecutivo nacional es la máxima responsable de la aplicación de todas las normas vigentes en Argentina de protección a los derechos y garantías de los pueblos originarios, especialmente el articulo 75 de la Constitución Nacional, el Convenio 169 de Pueblo Indígenas y Tribales de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), la Declaracion de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU y la ley 26.160 de emergencia de los territorios indígenas.
Nuestro territorio no se vende ni se entrega
Sin los derechos legítimos del pueblo mapuche no hay derechos humanos
Por territorio, justicia y libertad
Marici weu!!! Marici weu!!! Marici weu!!!
(diez veces volveremos)
Mandanos tu adhesión al siguiente contacto: muchasredes09@gmail.com