Colombia: gobierno reglamentará etiquetas de los transgénicos

Idioma Español
País Colombia

Si bien el Gobierno expidió una nueva normativa para el rotulado y etiquetado de los alimentos envasados para consumo humano, ésta no es aplicable para los alimentos irradiados u obtenidos por medio de ciertas técnicas de modificación genética o ingeniería genética

Para este tipo de alimentos, el Invima está preparando una normatividad específica.

Sin embargo, en la resolución 5109 del 29 de diciembre del año pasado, se establece que el rotulado de los alimentos que hayan sido tratados con radiaciones ionizantes deberán llevar una declaración escrita indicativa del tratamiento cerca del nombre del alimento.

La nueva resolución, que unifica toda la normativa expedida sobre este tema, tiene por objeto contribuir a que los consumidores tengan información clara y no engañosa sobre los alimentos.

Por tal motivo, la etiqueta de los alimentos no deberá incluir datos falsos que engañen a los consumidores o que genere confusión respecto a la naturaleza del producto.

Además, los alimentos no podrán presentarse ni describirse con una etiqueta en los que empleen palabras o ilustraciones que hagan alusión a propiedades medicinales, preventivas o curativas ya que pueden generar apreciaciones falsas sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad del alimento.

Según la nueva normativa, el rótulo o etiqueta no deberá estar en contacto directo con el alimento, salvo que el fabricante obtenga ante el Invima la autorización y para ello deberán incluirse los estudios que garanticen la seguridad de las tintas utilizadas y del papel de manera que no se altere ni afecte la calidad sanitaria de los alimentos.

Además, los alimentos que declaren en su rotulado que su contenido es 100 por ciento natural no deberán contener aditivos.

Portafolio, Colombia, 24-1-06

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