Ante los Tratados de Libre Comercio en Ecuador, recuperar la palabra es la consigna

Idioma Español
País Ecuador

"El Acuerdo con la UE tiene un efecto todavía mayor, debido a que abrió la puerta para que este país andino (que se había mantenido por fuera de las peores ataduras neoliberales), negocie otros TLC, donde el de Estados Unidos se encuentra en primer lugar".

El Ecuador ha cambiado mucho en los últimos diez años, si se considera que las movilizaciones populares ocurridas hacia 2006 fueron la fuerza principal que llevó al desplome de las negociaciones del tratado de libre comercio bilateral con Estados Unidos. La demanda social de que se cancele el contrato con la petrolera Occidental por las irregularidades cometidas por esta empresa, así como la defensa del agua y de los territorios campesinos e indígenas frente a la agenda de privatizaciones y despojo, fueron las principales armas argumentales de las luchas del campo y de la ciudad contra este TLC.

Años más tarde el panorama es muy distinto. En un entorno de desmovilización casi generalizada, y meses antes de dejar el cargo de presidente del Ecuador, Rafael Correa decidió firmar la adhesión al Acuerdo Comercial Multipartes entre la Unión Europea, Colombia y Perú, un acuerdo que forma parte de la estrategia europea de ir construyendo poco a poco su propia versión de lo que EUA buscó con el ALCA: apertura de mercados a su producción subsidiada, subordinación normativa e institucional para facilitar la intervención de sus inversionistas —protegidos con reglas que les garanticen seguridad jurídica—, el acceso a territorios para el abastecimiento de recursos naturales, y una afinidad geopolítica. En todo caso, la aspiración europea es lograr un acuerdo con todo el bloque andino, incluido Bolivia, y mientras esto no ocurra, el nombre de “acuerdo multipartes” le viene bien a la UE y le vino muy bien al gobierno ecuatoriano.

Aun cuando Correa afirmó que jamás firmaría un TLC, nadie duda en Colombia y en Perú que sus respectivos Estados trabajan para afianzar sus propias agendas neoliberales, como tampoco se duda en Chile, México, Centroamérica, sobre las intenciones de estos acuerdos con la UE.

Para el caso ecuatoriano este hecho trajo graves consecuencias. No sólo se han burlado sistemáticamente los avances constitucionales en materia de derechos, sino que además, a partir de esa vulneración, se han sentado las bases para una dependencia alimentaria, por exponer a los pequeños productores a una condición de marginalidad en el mercado, en contradicción con lo que se postula para defender y fortalecer la soberanía alimentaria.

En el proceso constituyente de 2008 las organizaciones sociales movilizadas contra el neoliberalismo aportaron valiosas propuestas que sirvieron de base para establecer en la Constitución principios, garantías y derechos, entre los que se encuentran los siguientes: El agua es un derecho humano fundamental, cuya gestión sólo será pública y comunitaria, y su uso debe responder a una prelación que pone por delante las necesidades para la reproducción de la vida antes que actividades como la minería o la agroindustria. Se garantiza la soberanía alimentaria para toda la población. Se establece que el Ecuador es país libre de semillas y cultivos transgénicos. La economía social y solidaria tiene atención preferencial en ámbitos como las compras públicas. Se reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos. En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera subsidiaria e inmediata para garantizar la salud y restauración de los ecosistemas, así como en relación a las obligaciones que conlleve la reparación integral. No se pueden celebrar tratados internacionales que suponen ceder jurisdicción soberana a instancias de arbitraje internacional. Se reconoce el derecho a la resistencia frente a la vulneración de derechos. Construir una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza. Se define al Estado como plurinacional.

En este contexto normativo, las negociaciones con la Unión Europea pusieron al gobierno en la necesidad de armonizar el acuerdo comercial con la Constitución, hecho que fue expuesto por un funcionario que se negó a ser parte de esta trama. Finalmente, gracias al importante control que mantenía el ejecutivo de las instituciones del Estado, en tiempo récord la Corte Constitucional se pronunció favorablemente por el acuerdo. Lo mismo hizo la Asamblea Nacional.

Después de un año de vigencia del Acuerdo Comercial se pueden ya constatar algunos efectos. El compromiso específico sobre Propiedad de Tierras y Agua, en el tratado, dice que “Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir ningún título con fines de explotación económica, tierras o concesiones en zonas de seguridad nacional. Ecuador se reserva el derecho de adoptar o mantener medidas relacionadas con la propiedad de bienes inmuebles por parte de extranjeros en las zonas limítrofes, las costas nacionales o el territorio insular”.

Dicho de otra manera, personas naturales o jurídicas extranjeras podrán adquirir tierras con fines de explotación económica en el territorio nacional, incluyendo áreas protegidas y otras áreas frágiles o territorios ancestrales y tierras comunitarias, con la sola excepción de zonas de seguridad nacional. De igual manera, podrán tener la propiedad de bienes inmuebles en el territorio nacional con excepción de las zonas limítrofes, las costas nacionales o el territorio insular.

Al respecto, el artículo 20 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, publicada en el registro oficial del 14 de marzo de 2016, abre la posibilidad de que compañías extranjeras privadas participen en proyectos agrarios de manera directa o en asociación con empresas públicas nacionales, compañías de economía mixta, compañías privadas o con asociaciones o cooperativas comunitarias. Esto dará lugar a una mayor concentración de la tierra así como a la expansión de monocultivos. Es sabido el interés de la UE en proveerse de agrocombustibles como una supuesta forma de enfrentar el cambio climático a través de sustituir una pequeña porción de combustibles fósiles con biodiesel o etanol, así que la amplia disponibilidad de tierras como la que abre el tratado podría significar mayor expansión de las plantaciones de palma aceitera en zonas de bosques o de cultivo de alimentos de las comunidades campesinas, como ya ocurre en otros países de la región donde están en vigencia estos acuerdos con la UE.

Adicionalmente, el compromiso específico mencionado hace referencia a la propiedad de tierras y agua, lo que hace suponer que las tierras a disposición de los inversionistas van con el agua incluida. ¿No rememora las formas de esclavitud colonial cuando las haciendas se negociaban con indios incluidos?

El agua tiene para los pueblos ancestrales el valor de algo sagrado que cura, limpia, hace posible que la vida continúe, por eso está presente en los rituales de celebración comunitaria; para muchos pueblos es madre agua, yakumama para los kichwa. Todas, expresiones de que la relación de los pueblos y las comunidades con la naturaleza son muy distintas de la lógica del mercado global.

A pesar de que el agua es uno de los ámbitos más protegidos en la Constitución, durante la elaboración de la ley de agua y su reglamento los intereses privados desvirtuaron los verdaderos sentidos de lo que establece la Constitución. Por ejemplo, la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua en su artículo 7 señala que “La prestación del servicio público del agua es exclusivamente pública o comunitaria. Excepcionalmente podrán participar la iniciativa privada y la economía popular y solidaria, en los siguientes casos: a) declaratoria de emergencia adoptada por la autoridad competente, de conformidad con el ordenamiento jurídico; o, b) desarrollo de subprocesos de la administración del servicio público cuando la autoridad competente no tenga las condiciones técnicas o financieras para hacerlo. El plazo máximo será de diez años, previa auditoría”.

Siguiendo el análisis de Helder Solíz (1), independientemente de que la gestión privada ha demostrado no ser eficiente en la prestación de un servicio público que garantiza un derecho humano fundamental, el debate sobre ese artículo de la ley se sustentó en que hay subprocesos administrativos (facturación, lecturación, entre otros), que se podrían delegar a la empresa privada sin que eso afecte la gestión del agua y saneamiento.

Según el artículo 173 de la ley “La provisión de agua potable comprende los procesos de captación y tratamiento de agua cruda, almacenaje y transporte, conducción, impulsión, distribución, consumo, recaudación de costos, operación y mantenimiento”. Con este mismo texto, el artículo 37 de la ley se refiere a los servicios públicos básicos. Los subprocesos entonces se entienden como las diferentes partes que se encuentran dentro de cada uno de los procesos enunciados en este artículo.

Sorprendentemente, el reglamento a la ley en su artículo 6 plantea que “se entiende por subprocesos de la administración del agua, al suministro de agua potable, alcantarillado, y tratamiento de las aguas residuales”, lo que cambia totalmente la concepción de los procesos y subprocesos, y abre la puerta a la participación privada en la prestación de servicios de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.

El decreto ejecutivo 582 del 18 de febrero del 2015, denominado Reglamento del Régimen de Colaboración Público-Privada, faculta a la iniciativa privada para la presentación de “cualquier proyecto relacionado con los sectores estratégicos, servicios públicos o cualquier otro servicio de interés general…”, sin exceptuar al sector estratégico del agua ni a los servicios de agua y saneamiento.

Otras normas fueron aprobadas tomando en cuenta la necesidad de armonizar con el Acuerdo. La Ley de Sanidad Agropecuaria y la Ley de Semillas, ambas de reciente aprobación en la Asamblea Nacional, también incorporaron varios elementos de interés para la UE como es el caso de las medidas sanitarias y fitosanitarias en los alimentos, o en relación con el criterio de “calidad” de las semillas a través de certificaciones que dejan fuera las semillas campesinas.

Considerando que la UE es una potencia mundial en el sector de los lácteos es previsible que provocará un enorme impacto en la pequeña y mediana producción de leche y quesos, donde se encuentran muchas mujeres campesinas, pero esta evaluación no aparece aún entre los datos oficiales. Lo que sí destacan las evaluaciones oficiales del primer año de aplicación del Acuerdo con la UE es el significativo aumento de las exportaciones de banano y camarón, dos actividades que son controladas por poderosos grupos económicos. En el caso del banano, las exportaciones de la fruta están en manos de firmas no sólo ecuatorianas, sino también de EUA y de la UE. Hay que señalar que tanto el banano como el camarón son responsables de graves daños a los bosques y manglares en la costa ecuatoriana y generan conflictos con las comunidades que perdieron sus fuentes de sustento y en muchos casos fueron desplazadas de sus tierras y territorios. La industria camaronera y las haciendas bananeras han sido insistentemente denunciadas, las primeras por su responsabilidad en la destrucción de la mayor parte de manglares del Ecuador, las segundas por mantener prácticas de explotación laboral y generar niveles alarmantes de contaminación por las fumigaciones aéreas. Con el TLC en curso, su expansión agrava los impactos descritos mientras las autoridades no ejercen su rol de control y sanción.

El Acuerdo con la UE tiene un efecto todavía mayor, debido a que abrió la puerta para que este país andino (que se había mantenido por fuera de las peores ataduras neoliberales), negocie otros TLC, donde el de Estados Unidos se encuentra en primer lugar.

El escenario no puede ser más ilustrativo: mientras el lado ecuatoriano está representado por el actual ministro de Comercio Exterior, perteneciente al Grupo Nobis, uno de los más influyentes durante la revolución ciudadana, del otro lado el embajador de Estados Unidos aclara que antes de ampliar la relación, el Ecuador debe resolver varios temas “irritantes” entre los que están la propiedad intelectual y varios juicios puestos por empresas de EUA contra el Ecuador ante tribunales internacionales.

Hay quienes sostienen que Correa cumplió el papel de intervenir en el tejido social y desmovilizarlo para hacer posible la modernización capitalista en el Ecuador. Una vez allanado el camino, Lenín Moreno está en capacidad de consolidar esa estrategia que incluye poner a disposición del mercado global la naturaleza, los territorios y los derechos de la población.

Pero desde lo profundo de los pueblos es cada vez más claro que tanto el uno como el otro son wayrapamushkas, traídos por el viento, unos aparecidos. Y aquí de lo que se trata es de volver a las raíces y volver a sembrar la palabra.

Nota:

(1) https://lalineadefuego.info/2015/04/28/estan-allanando-el-camino-para-la-participacion-de-la-empresa-privada-en-la-gestion-del-agua-y-saneamiento-por-helder-solis-carrion/

Fuente: Biodiversidad, Sustento y Culturas 96

Temas: Tierra, territorio y bienes comunes

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