Declaración sobre la histórica resolución de UNHRC acerca del Tratado vinculante para Corporaciones transnacionales y derechos humanos

"Los acuerdos de comercio e inversión y los instrumentos financieros son centrales para la arquitectura, que permite a las corporaciones transnacionales (TNCs) operar sin el riesgo de ser castigadas por las violaciones actuales. Esta impunidad le otorga más derechos a los inversores en desmedro de los derechos de los ciudadanos."

En ocasión del Foro regional africano sobre negocios y derechos humanos (African Regional Forum on Business and Human Rights) a celebrarse en Addis Ababa, Etiopía, del 16 al 18 de septiembre de 2014, la Campaña para desmantelar el poder corporativo y detener la impunidad de las corporaciones transnacionales (TNC), atrae la atención de los participantes hacia la histórica Resolución del Consejo de derechos humanos de ONU (UNHRC) que ordenó el establecimiento de un Grupo de trabajo intergubernamental (IGWG) para desarrollar un Tratado vinculante para las corporaciones transnacionales y los derechos humanos

El Foro regional africano sobre negocios y derechos humanos está siendo organizado para promover los Principios voluntarios de ONU sobre negocios y derechos humanos del 16 al 18 de septiembre de 2014 en Addis Ababa. Un registro, basado en evidencia, de las violaciones de las corporaciones a los derechos humanos y a los estándares ambientales ha establecido la relativa ineficiencia de los principios voluntarios en términos de regular las operaciones de las TNC. La necesidad y urgencia de un instrumento legalmente vinculante, promovido desde hace largo tiempo por las organizaciones de la sociedad civil, fueron reconocidas al aprobarse la histórica Resolución de UNHRC que establece un Grupo de trabajo intergubernamental (IGWG) para desarrollar un Tratado vinculante para las corporaciones transnacionales y otros negocios.

Atraer inversión directa extranjera (FDI) continúa siendo considerado como el principal camino para la región africana para alcanzar sus aspiraciones de crecimiento económico. Esta estrategia sólo sirve para abrir la puerta a que las corporaciones transnacionales se conviertan en las propietarias de los países africanos y de sus recursos y a un mayor control. Los sectores clave de inversión comprenden las industrias extractivas, (minería, petróleo, gas y la industria maderera), agricultura y servicios (finanzas, TIC e infraestructura)

Los acuerdos de comercio e inversión y los instrumentos financieros son centrales para la arquitectura, que permite a las corporaciones transnacionales (TNCs) operar sin el riesgo de ser castigadas por las violaciones actuales. Esta impunidad le otorga más derechos a los inversores en desmedro de los derechos de los ciudadanos.

Los gobiernos parecen estar en una carrera para atraer inversiones. A menudo son tentados a adherir a acuerdos de inversión ya sea en forma de tratados bilaterales de inversión (BITs) o de acuerdos directos con inversores. Estos acuerdos son extremadamente peligrosos para la soberanía económica y el bienestar del pueblo africano y el ambiente. Estos acuerdos se convierten en vehículos para facilitar enormes flujos de dinero, y la privatización de bienes públicos, así como también crean un marco legal para privar a las comunidades del acceso a la tierra, agua y otros recursos naturales y permiten una cantidad de otras violaciones de derechos humanos, culturales y ambientales por parte de las corporaciones.

Los casos de violaciones de derechos humanos por las principales corporaciones transnacionales en África que se presentaron en una audiencia ante el Tribunal permanente de los pueblos en Ginebra el 23 de junio de 2014 incluyeron:

 

  • El caso Shell Nigeria cuyas operaciones están provocando efectos devastadores en los pobladores de Ogoniland y en el ambiente. Más de un millón de personas han sido afectadas por la contaminación con hidrocarburos del agua de superficie en los humedales del delta del río Niger, uno de los más grandes desastres petroleros del mundo;

 

  • Lonmin, una corporación minera que explota platino, con sede en el Reino Unido está asociada con la Masacre de Marikana del 16 de agosto de 2012, en la que 34 trabajadores resultaron muertos y 78 heridos por las Fuerzas de policía sudafricana mientras protestaban pacíficamente. Lonmin también es acusada de daño ambiental por exceder los límites de emisiones de polvo, provocar contaminación del agua con descargas ilegales, así como también por no cumplir sus obligaciones estatutarias y los compromisos de responsabilidad social empresaria de proveer alojamiento adecuado a los trabajadores de la mina y a sus familias;

 

  • Las operaciones de Glencore en la República democrática de Congo y Zambia fueron presentadas mediante un testimonio que exponía una cantidad de violaciones. En el área de Mufulira, Zambia, y a través de su filial Mopani Copper Mines, Glencore es responsable por la contaminación de la tierra, agua y aire, particularmente debido a las emisiones no controladas de dióxido de sulfato, que afecta de manera dramática las poblaciones locales provocando enfermedades respiratorias severas, y contaminando la flora y fauna de la que dependen casi por completo para su propio sustento. En la República democrática de Congo, en el área minera de Kolwezi, Katanga y a través de su filial Kamato Copper Company (KCC), Glencore ha sido acusado de violaciones de derechos humanos y seguridad. La compañía continúa dependiendo de la policía que está demasiado lista para usar balas contra las intrusiones de los mineros artesanales. En los últimos 18 meses un gran número de personas resultaron muertas o gravemente heridas en la concesión de KCC o en las cercanías. Las operaciones de Glencore también resultan en la degradación del ambiente al causar contaminación del aire y del agua.

 

En ambos casos, en DRC y Zambia, auditorías independientes han revelado elusión fiscal al transferir las ganancias a paraísos fiscales, privando a los gobiernos de los ingresos tan necesarios para hacer frente a las necesidades socio-económicas de la población.

Estos son sólo unos pocos ejemplos de las transgresiones a los derechos humanos y ambientales, pese a que las corporaciones han firmado una serie de acuerdos y estándares voluntarios. Por ejemplo, desde 2012, Glencore ha sostenido que ajustó sus políticas a los Principios guía sobre negocios y derechos humanos de ONU y se ha unido al Consejo internacional de Minería y Metales (ICMM), que promueve la minería sustentable. Ambas iniciativas voluntarias son inadecuadas e incapaces de brindar justicia a las comunidades afectadas.

Durante la reciente consulta subregional del Grupo de trabajo sobre industrias extractivas de la Comisión africana de derechos humanos y de los pueblos que se desarrolló del 29 al 31 de agosto en la Comisión de derechos humanos sudafricana en Johannesburg, se informó el historial de los diversos países analizados en materia de derechos humanos en las industrias extractivas, particularmente en el sector minero. Una visión general de la legislación nacional, las tendencias y los impactos (económicos, en el desarrollo, en el ambiente y en los derechos humanos), que fueron presentados por Botswana, Mozambique, South Africa, Zambia y Zimbabwe sugiere que los remedios para lidiar con las violaciones fueron inadecuados.

El 26 de junio de 2014, el Consejo de derechos humanos de ONU (UNHRC) adoptó una resolución pionera al establecer un grupo de trabajo intergubernamental con el mandato de elaborar un borrador de un instrumento legalmente vinculante que permita hacer cumplir las obligaciones de derechos humanos de las Corporaciones transnacionales (TNCs). Esta resolución es crucial, dado el grado de las continuas violaciones de derechos humanos, la inmensa degradación ambiental y el creciente poder de las corporaciones, facilitado por un régimen de libre comercio e inversiones que le da a las corporaciones más derechos que a gobiernos y pueblos.

Nos alegra el hecho que una gran cantidad de gobiernos africanos, Etiopía, la República democrática de Congo, Namibia y Sudáfrica votaron en esta histórica resolución.

Un intenso trabajo de promoción al respecto se ha realizado con los gobiernos, en las capitales y con Misiones permanentes en Ginebra. The Global Campaign y otras organizaciones de la sociedad civil y redes de derechos humanos cooperaron para formar un Tratado alianza, que reunió 610 organizaciones y 400 individuos de 95 países para firmar una declaración solicitando un Tratado vinculante sobre las operaciones de las Corporaciones transnacionales.

Esta declaración afirma que los Principios guía no tendrán ningún impacto duradero a menos que se cree un marco basado en instrumentos legalmente vinculantes que puedan regular y sancionar las acciones ilegales de las corporaciones transnacionales.

Los Acuerdos de libre comercio y los capítulos de inversión de los mismos protegen los derechos de TNCs mediante instrumentos legalmente vinculantes, mientras que las comunidades cuyos derechos están siendo afectados carecen de un mecanismo similar para proteger sus derechos.

Algunas medidas legales ya existen y se han desarrollado procesos que pueden ser considerados en este marco legal. En África tenemos la Carta de derechos civiles y humanos africanos que fue adoptada en 1981 y entró en vigencia desde 1986. También podemos inspirarnos en aspectos del derecho consuetudinario. La Carta africana es un documento centrado en las personas y desarrollado en el profundo entendimiento africano de las costumbres y prácticas. Comprende el consentimiento libre previo informado (FPIC), que se refiere al derecho de las comunidades locales de participar en la toma de decisiones acerca de asuntos que los afectan. Por lo tanto, la Carta africana es el tratado internacional vinculante más significativo por su propósito de afirmar el derecho a FPIC en África y puede ser una contribución importante al desarrollo de obligaciones vinculantes para las TNCs con respecto a los derechos humanos.

Por lo tanto instamos al Consejo de derechos humanos de ONU a iniciar el trabajo de IGWG y concretar el plan para su mandato de dos años. De la misma manera convocamos a los gobiernos africanos y al resto de los gobiernos, a las Comisiones relacionadas con los derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil para apoyar el trabajo de IGWG y contribuir al desarrollo substancial del Tratado vinculante. Esto puede ser perseguido en paralelo a los Planes de acción respecto a los Principios guía sobre negocios y derechos humanos. La Resolución para un Tratado vinculante para TNCs abre una oportunidad sin precedentes para ir más allá de los Principios guía voluntarios y nosotros, como promotores de un instrumento legalmente vinculante, estamos asumiendo este desafío.

CONTACTO: Para más información, por favor envíe un correo electrónico a Michelle Pressend, Southern Africa Corporate Power Campaign Coordinator at the Alternative Development Centre (AIDC) on +27 21 4475770 or moc.liamg@dnesserpm or Brid Brennan at the Transnational Institute, gro.int@nannerbdirb

Temas: Corporaciones, Transgénicos

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