Ecuador: ¿Volver ilegal la crítica que ejercen las ONG?

Idioma Español
País Ecuador

"Estamos ante un caso paradigmático en que desde muchos rincones del mundo... los individuos, las organizaciones, movimientos y organismos de la sociedad civil exigimos una coherencia entre el discurso progresista de los gobiernos y la irrenunciable necesidad de que los movimientos gocen de libertad para luchar por sus derechos..."

Biodiversidad

El 2 de marzo, Caroline Chang Campos, ministra de Salud Pública de Ecuador, anunció que derogaba la personería jurídica de la ONG Acción Ecológica, una organización insignia de la sociedad civil ecuatoriana, con veinte años de acompañar a las comunidades y pueblos afectados “por la actividad petrolera, los pesticidas y agrotóxicos usados en las plantaciones, los intentos de la minería de establecer sus actividades en el país, el ingreso de transgénicos y la producción de biocombustibles”. Acción Ecológica ha acompañado también la reivindicación de derechos reconocidos por la Constitución ecuatoriana y en los instrumentos internacionales, pero también “ha aportado a los procesos constituyentes y de generación de leyes para posicionar los derechos de las personas y la naturaleza, ha aportado su conocimiento en escenarios internacionales en los que Ecuador reclama por afectaciones causadas en su territorio, como se recuerda en relación con las fumigaciones realizadas en la frontera con Colombia”, por parte de efectivos del ejército colombiano. En todas estas situaciones Acción Ecológica ha estado siempre en franca defensa de las poblaciones ecuatorianas y a fin de cuenta de la gente común de toda la región.

La decisión de la ministra Chang cayó como una lápida en el entorno social ecuatoriano, toda vez que la funcionaria esgrimía el argumento de que “La Corporación Acción Ecológica, ha incumplido los fines para los que fue creada, sin que sus acciones dentro del campo de la salud hayan sido coordinadas con esta Cartera del Estado”.

En pocas palabras, un ministerio o secretaría del gobierno de Rafael Correa tornaba ilegal a una asociación civil, sin fines de lucro, de reconocida trayectoria internacional y que incluso ha participado en la asesoría legal de querellas del gobierno con otros países y en la reformulación participativa de la misma Constitución ecuatoriana.

Es pertinente recordar que cuando Acción Ecológica obtuvo su “personería jurídica”, no existía el ministerio del Ambiente, por lo que fue adscrita al ministerio de Salud. Sin embargo, sus fines (y sus estatutos) fueron claros desde su fundación y eran y siguen siendo los mismos. Fines que al perseguir una acción integral de derechos abarcantes, podrían caber en varios ministerios a la vez, sin vulnerar su perfil de práctica y alcances.

• Promover la defensa de la naturaleza con el fin de asegurar la preservación del un medio ambiente sano.

• Difundir la problemática que tenga que ver con el uso, y especialmente, con la contaminación de los ríos, mares, aire y tierra, etcétera.

• Impulsar programas de capacitación y educación en los sectores rurales y urbano marginales del país, en las áreas de educación ambiental y preservación del medio ambiente.

• Impulsar investigaciones y de difusión de tecnologías apropiadas a la realidad ambiental, social y económica de cada localidad; e impulsar programas de ecodesarrollo con sectores marginales.

• Colaborar con las instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras en la defensa y protección del medio ambiente.

Ocho días después el presidente Correa afirmó en entrevista con Radio Caravana de Guayaquil que “muchas ONG hacen lo que se les da la gana, se inmiscuyen en política, no registran a los directivos, no dan informes periódicamente, no presentan cuentas […] es un caos pero ya estamos ordenando ese caos”. Correa continuó: “Tenemos 30 mil ONG en este país, fundaciones, organizaciones sin fines de lucro, y la idea es que el 95% no cumple con absolutamente ninguno de los requerimientos legales, por eso estamos haciendo una depuración”, ver afp ( El Comercio, 10 de marzo de 2009).

Comenzaron a llegar andanadas de cartas, manifiestos y comunicados desde muchos países: movimientos sociales, organismos no gubernamentales, instituciones de investigación y desarrollo, universidades, medios de comunicación y personalidades científicas, sociales, periodísticas y hasta literarias. La ministra Chang y el presidente Correa afirmaron entonces que no se trataba de perjudicar a Acción Ecológica sino de que iniciara su trámite de registro en el ministerio del Ambiente, lo que claramente abría la posibilidad de que se les negara el nuevo estatuto “legalmente”, además de fragilizar su posición sin mediar ninguna infracción por parte de la asociación civil.

Acción Ecológica emprendió de inmediato una defensa legal con un Recurso de Reposición donde enfatizó los hechos, presentó documentación en respaldo de sus palabras y estableció las causales de su querella puesto que se vulneró su derecho fundamental al debido proceso, es decir el “derecho de toda persona a ser oída con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada en su contra o para la determinación de sus derechos de carácter civil, laboral, fiscal u otro cualquiera”. Y es que Acción Ecológica no fue notificada del desarrollo de un procedimiento de vigilancia y evaluación respecto del desarrollo de sus actividades y el consecuente cumplimiento de sus fines, ni fue llamada a “rendir los descargos derivados del resultado de la evaluación realizada sobre nuestras actividades y métodos de trabajo”.

También se vulneró su “derecho a asociarse, reunirse en forma libre voluntaria y durable para la realización común de un fin lícito”. Las acciones probadas de la ONG han estado en concordancia con la propia Constitución ecuatoriana que en su artículo 83 declara: “Defender la integridad territorial de Ecuador y sus recursos naturales […] Respetar los derechos humanos y luchar por su cumplimiento. Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible. Promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular, conforme al buen vivir. Conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos”.

Por lo demás, Acción Ecológica ha cumplido fielmente sus obligaciones administrativas, fiscales y laborales, “presentando de manera oportuna y completa la información requerida” por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, el Servicio de Rentas Internas y todas aquellas instituciones relacionadas con el pago de Impuestos municipales y prediales. “La gestión de nuestra organización goza de una total transparencia, siendo así que oportunamente nos inscribimos sin reparo alguno ante la Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana. Por lo anterior no puede afirmarse que Acción Ecológica integra el presunto 95% de organizaciones no gubernamentales que incumple los requerimientos legales vigentes y por tanto, resulta desproporcionado sugerir que debemos registrarnos de nuevo”, afirman en su defensa legal.

El 18 de marzo se le notificó a Acción Ecológica que el Ministerio de Salud suspendió provisionalmente la ejecución del Acuerdo Ministerial que determinó derogar su personería jurídica.

Acción Ecológica reafirma: “Confiamos en la restitución definitiva de nuestra personería jurídica, en particular después de escuchar el pasado 14 de marzo al presidente de la República, quien corroboró que nuestra organización ha cumplido con todos los requerimientos legales. Es más, el Presidente […] se manifestó a favor de dar una salida a esta situación a través de la suscripción de un acuerdo interministerial entre los ministerios de Salud y Ambiente, camino que debió haberse seguido desde el principio y así evitar la arbitrariedad de la que fuimos víctimas. Para nosotros es importante aclarar que estamos de acuerdo con la organización interna de las diferentes carteras ministeriales […], pero insistimos que tal labor debe seguirse con estricto respeto de los derechos de las ciudadanas y los ciudadanos del Ecuador.”

Lejos de mostrar un ejercicio de ordenamiento en la enorme pléyade de ONG en Ecuador, el Ejecutivo pareció querer enmudecer la crítica ejercida en lo cotidiano por muchas instituciones de la sociedad civil —pese a que éstas cuentan con personería jurídica, es decir, pese a que actúan dentro de los márgenes legales del Estado ecuatoriano. Estamos ante un caso paradigmático en que desde muchos rincones del mundo, no sólo desde Ecuador, los individuos, las organizaciones, movimientos y organismos de la sociedad civil exigimos una coherencia entre el discurso progresista de los gobiernos y la irrenunciable necesidad de que los movimientos gocen de libertad para luchar por sus derechos señalando en cada momento, sin cortapisas, las críticas, los puntos de vista y las denuncias fundamentadas.

Fuente: Revista Biodiversidad, sustento y culturas N° 60

Temas: Criminalización de la protesta social / Derechos humanos

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