Argentina: El SENASA aceptó brindar información detallada sobre la contaminación de alimentos con agrotóxicos

Idioma Español
País Argentina

El SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) comunicó que decidió responder a la solicitud de información detallada realizada por Naturaleza de Derechos, en relación a los resultados de los controles sobre las frutas, verduras, y hortalizas (respecto a la presencia de agrotóxicos), realizados por el organismo estatal entre los años 2011-2016.

A horas de que se interpusiera el amparo por información, en razón del vencimiento del plazo de 15 días hábiles establecidos en la ley 27.275, el SENASA hizo uso de la prórroga de 15 días hábiles que se establece en dicha plexo normativo y lo informó a Naturaleza de Derechos.

El SENASA argumenta que la información solicitada es de magnitud y que intervienen varias áreas en el análisis y la recopilación de la misma y que por ello requiere mas días para cumplir con la requisitoria.

Se destaca que una funcionaria del SENASA se encargó de hacer la entrega personalmente de la comunicación de la prórroga en el domicilio de Naturaleza de Derechos, a las 19 hs del martes 12 de Junio de 2018.

En relación a las frutas, verduras y hortalizas, se le señaló al SENASA que si bien brindó información sobre los controles de los muestreos Consolidado Trianual ( comprende los años 2011-2013) y el Plan Creha (abarca los años 2014-2016) que dieron lugar a los informe de Naturaleza de Derechos "Heladeras Fumigadas Argentinas", del mes de Marzo de 2017 y “Daño Alimentario Argentino”, del mes de Abril de 2018, no se especificó la cantidad de miligramos de las sustancias agrotóxicas detectadas.

Por ello se solicitó al organismo estatal que brinde la siguiente información:

1) Respecto del Consolidado Trianual 2011-2013: en las muestras de lechuga, tomate, apio, acelga, rúcula, espinaca, naranja, manzana, limón, frutilla, pera, uva, mandarina, papa, banana, durazno se detectaron sustancias agrotóxicas las cuales si bien están indicadas en el informe no se detalla las cantidades en miligramos detectadas en cada muestra. Sobre este punto se le solicita que se informe esas cantidades detectadas en cada caso particular.

2) Del Plan CREHA 2014-2016, se le solicitó que brinde información detallada en cantidades de miligramos de la sustancias agrotóxicas detectadas en todas las muestras positivas (sin considerar si superan los límites máximos de residuos según la reglamentación).

Asimismo se requirió sobre varias cuestiones de los 65 agrotóxicos detectados en 38 alimentos (frutas, verduras y hortalizas) durante los años 2011-2016: 2,4-D, Abamectina, Acefato, Acetamiprid, Acrinatrina, Aldicarb, Azoxistrobina, Bifentrin, Boscalid, Captan, Carbaril, Carbendazim, Carbofuran, Cipermetrina, Clorantraniliprole, Clorotalonil, Clorpirifos, Cyproconazole, Cyprodinil, Gamma Cialotrina, Deltametrina, Diazinon, Diclorvos, Difenoconazole, Dimetoato, Trifloxistrobil, Fenarimol, Fenazaquin, Fenitrotion, Fludioxonil, Folpet, Guazatine, Haloxifop, Hexaconazole, Imazalil, Imidacloprid, Iprodione, Lambdacialotrina, Linuron, Malation, Metil Tiofanato, Metalaxil, Glifosato, Metidation, Tiametoxan, Metomil, Metoxifenocide, Novaluron, Orto Fenil Fenol, Permetrina, Pirimicarb, Pirimifos metil, Procimidone, Procloraz, Pyraclostrobin, Pyrimethanil, Spinosad, Spirodiclofan, Tebuconazole, Tiabendazol, Tiacloprid.

Concretamente sobre estos agrotóxicos se le solicitó que se proceda a la apertura de un análisis de riesgos , en razón de existir harto evidencias científicas sobre sus efectos perjudiciales a la salud humana y la biodiversidad. Se le especificó que en ese proceso de análisis de riesgos deben contemplarse los efectos crónicos, cancerígenos (conforme Directrices de la OCDE 452/453) y los efectos sinérgicos.

Tambien sobre dichas sustancias se le requirió al SENASA que informe:

1) Fecha de autorización del principio activo, y de última reválida de cada agrotóxico. También si tuvo una apertura de análisis de riesgos conforme capítulo 18 Res. 590/99 desde su primera autorización.

2) Si las autorizaciones de los agrotóxicos listados (tanto como principios activos y formulados comerciales) están basadas y fundamentadas en estudios, trabajos científicos y evaluaciones que hayan contemplado los efectos crónicos y cancerígenos, considerando las directrices de la OCDE 452/453 creadas en el año 2009.

3) Si se han realizado estudios sobre los efectos sinérgicos.

En relación a los Límites Máximos de Residuos (LMR) establecidos en la reglamentación 934/2010, se solicitó que se informe cual es la fórmula para establecer el valor de referencia en relación a cada alimento. Asimismo se informe si el valor de LMR que arroja la fórmula para cada alimento, fue evaluado en laboratorio en roedores, contemplando los efectos crónicos, cancerígenos (conforme Directrices de la OCDE 452/453) y sinérgicos.

Por último se le realizó una advertencia legal al SENASA en cuanto a que la información brindada por este organismo en el mes de Marzo de 2017, muestra que la población en general se encuentra expuesta a una situación de riesgo grave para la salud. Además hay una clara omisión de esta autoridad en preservar la salud de la población, como asimismo una campaña de información veraz sobre las sustancias agrotóxicas que puede ingresar al organismo humano por el consumo de frutas, verduras y hortalizas que presentan hasta más de 20 agrotóxicos.

Se le advierte al SENASA que en el total de los controles de ambos muestreos (Consolidado Trienal y Plan Creha), surge que en el 87 % de los alimentos, se encontraron sustancias agrotóxicas que resultan probables o posibles cancerígneas; en el 97 %, sustancias que son disruptoras endocrinas; en el 84 %, sustancias con efectos teratogénicos; en el 92 %, sustancias cuyo mecanismo de acción son inhibir las colinesterasas. Todo ello, en base a trabajos científicos publicados e informe de organismos internacionales como la IARC y la EPA y Universidades de todo el mundo.

En conclusión, se le recalca al SENASA, que las sustancias agrotóxicas detectadas pueden provocar daños (hasta irreversibles) a las personas y que son autorizadas para su uso en alimentos de consumo directo, sin ninguna prevención de la autoridad de contralor, bajo una aparente legalidad que no tiene un fundamento científico. Asimismo ocultando el carácter sistémico que poseen muchos agrotóxicos.

Por ello, se le dejó claro al SENASA que la solicitud de información se realiza en el marco de una presentación ante la justicia federal penal, a los efectos de que se realice una profunda investigación (presente e histórica) sobre los distintos tipos penales que a consideración de Naturaleza de Derechos, se podrían configurar en relación a las omisiones y a los posibles fraudes en las autorizaciones.

La información que brinde el organismo, permitirá dilucidar ampliamente las dudas que surgieron del informe brindado en el mes de Marzo de 2017. Apenas sea recibida, Naturaleza de Derechos la hará pública.

- Para acceder a la solicitud de información: Aquí

Fuente: Naturaleza de Derechos

Temas: Agronegocio, Salud

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