La CONAIE frente a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA para el Caso Sarayaku

Por CONAIE
Idioma Español
País Ecuador

"El valor e la Sentencia no sólo radica en el reconocimiento de los derechos del Pueblo Sarayaku y el establecimiento de la responsabilidad del Estado; ante todo es un ejemplo histórico sobre la validez de la lucha organizada y consiente de los compañeros y compañeras de Sarayaku, en estos largos años de lucha, tuvieron que enfrentar a las autoridades locales, pero sobre todo a la transnacional petrolera y a las autoridades."

La CIDH notificó hoy, 25 de julio, de 1012, la Sentencia del Caso Sarayaku. Finalmente se hizo justicia declarando la ilegalidad de la concesión petrolera a favor de la transnacional CGC, el peligro que representaba dicho acto administrativo del Estado, pues pone en riesgo tanto la vida de los comuneros, del territorio y del Pueblo Kichwa Sarayaku, y en consecuencia, se pone de manifiesto la responsabilidad del Estado en la comisión de esta ilegalidad.

El valor e la Sentencia no sólo radica en el reconocimiento de los derechos del Pueblo Sarayaku y el establecimiento de la responsabilidad del Estado; ante todo es un ejemplo histórico sobre la validez de la lucha organizada y consiente de los compañeros y compañeras de Sarayaku, en estos largos años de lucha, tuvieron que enfrentar a las autoridades locales, pero sobre todo a la transnacional petrolera y a las autoridades nacionales que siempre actuaron a favor de la empresa. La unidad y la movilización permanente pudieron más que todo el poder del capital.

La Sentencia sienta las bases de jurisprudencia para el Derecho nacional e internacional, la Obligatoriedad de la Consulta Previa, libre e informada de manera coordinada con los pueblos; la inalienabilidad de la propiedad de los territorios de los pueblos y nacionalidades; y la obligatoriedad del Estado hacia el reconocimiento y respeto de los Derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas y los instrumentos internacionales.

La obligatoriedad de la Consulta Previa; esta debe ser realizada por Estado, y que el sujeto consultado es la Comunidad, el pueblo o la nacionalidad afectada, a través de sus propias formas institucionales y de gobierno interno del pueblo. Cualquier otro acto o evento con miembros de la misma organización, que no son órganos de gobierno interno propio, ni fuera convocado de manera coordinada la Consulta Previa, sera nulo, como determina la Sentencia de la CIDH.

Desde la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador CONAIE, hacemos el llamado al Estado Ecuatoriano que cumpla con la sentencia y repare inmediatamente todos los daños al pueblo Sarayaku. Y está en la obligación ineludible de respetar y defender los derechos colectivos, si no lo hace debe responder por su negligencia.

Esta victoria del Pueblo Sarayaku es de todos los pueblos y nacionalidades de Ecuador y Latinoamérica, y nos sentimos reconocidos en su lucha y victoria, porque participamos en ella. Este es el camino que seguiremos reforzando en defensa de los derechos de los pueblos indígenas ante las amenazas de políticas extractivistas petroleras y mineras, que privilegian el interés del capital antes que el derecho de los seres humanos y de la naturaleza.

Felicitamos al Pueblo Kichwa de Sarayaku por su victoria y ejemplo, esto nos sirve para renovar los deseos y esfuerzos en la lucha por la defensa de las demás pueblos y nacionalidades amenazadas por el modelo extractivista, vigente en estos momentos en Ecuador y a nivel Internacional.

"Esto no es el fin, es el inicio de una nueva vida, de un nuevo pensamiento y una nueva actitud con amor y respeto a la vida” Edwin Valle.

Por el Consejo de Gobierno
HUMBERTO CHOLANGO
Presidente de la CONAIE

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Estimados amigos y compañeros y estimados medios de comunicacion, adjunto envío el pronunciamiento formal del Pueblo Originario Kichwa de Sarayaku con respecto a la Sentencia de la Corte InterAmericana, en el caso del Pueblo Kichwa de Sarayaku.

Saludos
Patricia Gualinga

PUEBLO ORIGINARIO KICHWA DE SARAYACU
ACUERDO EJECUTIVO CODENPEN.-024DEL10-06
DIRECCIÓN: Sede Ejecutivo: Plaza
Central Sarayaku-Centro sur Amazonia-Ecuador, oficina de coordinación puyo. Calle general villamil y Atahualpa junto al banco internacional
Telefax 593-032-883- 979 Email: moc.ukayaras@aturasajyat casilla postal 16
01 - 850
SARAYACU - PASTAZA - ECUADOR

EL PUEBLO ORIGINARIO KICHWA DE SARAYAKU A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL

El día de hoy miércoles 25 de julio de 2012, la Corte Interamericana nos ha comunicado su sentencia en el caso que seguimos contra el Estado ecuatoriano en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos desde 2003.

En dicha sentencia, la Corte declara la responsabilidad internacional del Estado ecuatoriano por la violación en contra del Pueblo de Sarayaku del derecho a la consulta previa, a la propiedad comunal, a la vida, a la protección judicial y a otros importantes derechos. Al hacerlo, reconoce que tras una lucha que ha durado una década, Sarayaku demostró que si fueron violentados los derechos de nuestro Pueblo.

Las medidas de reparación que el Estado deberá cumplir en virtud de la sentencia, incluyen que frente a proyectos de exploración o extracción de recursos naturales, o planes de inversión o desarrollo de cualquier otra índole que impliquen potenciales afectaciones al territorio Sarayaku o a aspectos esenciales de su cosmovisión o de su vida e identidad culturales, el Pueblo Sarayaku deberá ser previa, adecuada y efectivamente consultado, de plena conformidad con los estándares internacionales aplicables a la materia. Ya la Corte, en el caso Saramaka v. Surinam estableció el estándar del consentimiento libre, previo e informado cuando se trate de proyectos de gran escala que puedan afectar gravemente al territorio y los derechos de los pueblos.

Sarayaku manifiesta su satisfacción por esta victoria alcanzada gracias al esfuerzo de su pueblo y al apoyo de personas y organizaciones solidarias y comprometidas con los derechos de los pueblos indígenas y manifiestan que estaremos atentos a que la sentencia sea cumplida y que los territorios de los Pueblos Indígenas sean respetados frente a actividades extractivas dañinas como la explotación petrolera.

Viva Sarayaku y los pueblos indígenas del continente.

Sarayaku, 25 de julio de 2012.

José Gualinga
TAYAK APU
Presidente de Sarayaku
Contacto: José
Gualinga. Celular: 083292734
www.sarayaku.org
ecuachaski

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Temas: Petróleo

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