México: Denuncian mayas a CDI, Cibiogem y Sagarpa ante Juzgado de Distrito

Idioma Español
País México

"Lo que trajimos al juez son las anomalías, los errores y las fallas que se están cometiendo por la Cibiogem y la CDI, y ahorita estamos sembrando la milpa, no tenemos prisa porque la consulta se termine, no estamos interesados en sembrar soya".

Organizaciones mayas presentaron un recurso ante el juez Segundo de Distrito para que la Comisión Nacional de Desarrollo Indígena (CDI), la Cibiogem y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), se apeguen a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y pidieron que se dé un informe de los estudios e inspecciones realizadas a los cultivos de soya sembrados, porque de ser transgénicos, pararán la consulta.

Leydi Pech Martín, integrantes del Colectivo Apícola de Los Chenes, en compañía de representantes de Indignación y el Colectivo Ma-OGM, el día de ayer se apersonaron en el Juzgado Segundo de Distrito para interponer el recurso contra la mala ejecución de autoridades de la sentencia de la Suprema Corte de la Nación.

“Trajimos un escrito al juez, en donde reportamos nuestro sentir como pueblo maya y estamos diciendo que no se está cumpliendo nuestra sentencia y el acta de acuerdos que tuvimos con la Cibiogem y la CDI el 30 de junio, porque se acordó que nos reuniríamos las comunidades hasta el 30 de octubre y no se está respetando, porque la CDI y la Cibiogem están haciendo reuniones privadas en la comunidades, en donde se está haciendo la consulta, eso genera conflicto y confrontación en las comunidades”, expresó.

“Lo que trajimos al juez son las anomalías, los errores y las fallas que se están cometiendo por la Cibiogem y la CDI, y ahorita estamos sembrando la milpa, no tenemos prisa, porque la consulta se termine, no estamos interesados en sembrar soya, la Cibiogem y la CDI están hablando de los beneficios de la soya, no hay información de buena fe y eso es lo que le decimos al juez, cuestionamos al Juzgado Segundo si se va a respetar la sentencia de la Suprema corte ¿si o no?”, cuestionó.

Pech Martín manifestó que los menonitas no deberían ser consultados, que a pesar de estar asentados en un espacio maya, no lo son y la sentencia de la SCJN es muy clara en ese sentido, solo para comunidades indígenas mayas.

Asimismo, mencionó que hay gente interesada en la siembra de soya transgénica, la cual está en todo su derecho de querer sembrar, pero también hay muchos en contra y los que están en contra tienen una resolución de la Suprema Corte, por lo que les toca esperar a la finalización de esta consulta.

Afirmó que hay mucha soya sembrada en este momento, pero no saben si es o no transgénica, ya que a ellos como comunidad no les corresponde monitorear, sino a la Sagarpa, por lo que también solicitaron al juez se otorgue un informe de parte de Senasica de las siembras y estudios de las siembras de soya.

Mencionó que está siendo claro el incumplimiento a la resolución de la SCJN, y advirtió que ellos harán una consulta libre, pero que si se llega a detectar soya genéticamente modifica, se para la consulta, algo que ya se acordó previamente por las comunidades.

A continuación el comunicado conjunto del Colectivo Apícola de los Chenes, Colectivo MA OGM y el Equipo Indignación A.C.

Presentan ante el Juez Segundo de Distrito de Campeche irregularidades en proceso de Consulta por siembra de soya genéticamente modificada:

El Poder Judicial Federal tiene la obligación de hacer efectiva sus propias sentencias.

Representantes de las comunidades y organizaciones indígenas de Campeche, presentaron al Juez Segundo de Distrito en el estado, un oficio consignando las irregularidades que se han dado en el proceso de Consulta indígena realizado a partir de la sentencia que amparó a diversas comunidades mayas en contra del permiso otorgado a Monsanto para la siembra de soya transgénica en la entidad.

En dicho escrito los representantes expresan al Juez que, al ser el encargado de velar por el cumplimiento de la sentencia derivada de los juicios de amparo 753/2012 y 762/2012, así como de las resoluciones emitidas por la Segunda Sala de la Suprema Corte que resolvió en definitiva el asunto, tiene que establecer las medidas necesarias para garantizar el ejercicio pleno del derecho a la consulta, vigilar que ésta se efectúe adecuadamente y en su caso establecer las medidas y sanciones legales pertinentes.

En ese mismo sentido, ante el juez se denunciaron algunas de los principales hechos que constituyen violaciones al procedimiento de consulta y por ende un incumplimiento de la sentencia:

1.- La falta de garantías durante las sesiones de los días 30 de junio y 1 de julio en Hopelchén y Tenabo, respectivamente, correspondientes a la fase de acuerdos previos de la consulta, en donde las autoridades responsables del proceso, CIBIOGEM y el CDI, quebrantaron los principios de buena fe y libertad al no garantizar condiciones de seguridad para las comunidades mayas sujetas a consulta, al permitir la entrada a la sesión de más de 100 agricultores no indígenas y favorables a la siembra de soya genéticamente modificada. Lo anterior, además de generar presión para las comunidades implica un riesgo de confrontación y una perversión del mismo proceso de consulta, tal como en su momento documentó la Misión de Observación conformada para dar seguimiento al proceso de consulta de las comunidades mayas.

2.- La falta de imparcialidad de las autoridades encargadas de realizar la Consulta, de manera específica la CIBIOGEM, quien en distintas comunidades ha proporcionado información incompleta y sesgada sobre los beneficios de la siembra de soya transgénica, lo que pareciera más una acción de propaganda y no una verdadera labor en donde la información que se proporcione sea vasta y suficiente para entender también las consecuencias de la siembra de soya transgénica, requisito indispensable para que los pueblos puedan tomar decisiones libres e informadas sobre la materia de la consulta.

3.- La ilegalidad del proceso efectuado en la comunidad de Vicente Guerrero (Iturbide), en donde la CIBIOGEM ha llevado a cabo reuniones informativas y deliberativas exprés sin la presencia de las autoridades tradicionales ni de la mayoría de la población.

4.- La situación de supuesta siembra de soya transgénica, admitida por diversos agricultores, a pesar de no estar permitida en virtud de la sentencia emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, hecho que implica no sólo el incumplimiento de una sentencia del Máximo Tribunal del país, sino también la comisión de un delito.

Frente a esta solicitud, el Juez tiene la obligación inmediata de iniciar el procedimiento de inejecución de sentencia, requerir información a las autoridades encargadas de realizar la consulta, entre otras las distintas videograbaciones que han sido tomadas por los representantes de Cibiogem, y en su caso, establecer las sanciones correspondientes para las autoridades responsables encargadas tanto de verificar que no se siembre la soya transgénica, como de efectuar el proceso de consulta en los términos señalados por la Corte.

Colectivo Apícola de los Chenes, Colectivo MA OGM, Equipo Indignación A.C.

Fuente y fotos: Página @bierta

Temas: Pueblos indígenas, Transgénicos

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