México: Obligan los cambios en el código penal a segregar y etiquetar transgénicos

Greenpeace expresó beneplácito por las adiciones al Código Penal, publicadas en el Diario Oficial el pasado 6 de febrero, las cuales convierten en delito ambiental la introducción al país, comercialización, transporte, almacenamiento o liberación al ambiente de organismos genéticamente modificados (OGM) que alteren o puedan alterar negativamente los componentes, estructura o funcionamiento de ecosistemas naturales.

 

Como consecuencia de esta nueva regulación se hace necesaria la segregación e identificación de los granos que ingresan al país, condición que hasta ahora las autoridades mexicanas se habían negado a acatar. Es decir, para que esta adición al Código Penal sea cumplida es indispensable desarrollar una ley de bioseguridad y ratificar el Protocolo de Cartagena.

 

"Greenpeace había venido insistiendo al gobierno en que tenía que exigir de los exportadores estadounidenses únicamente grano libre de transgénicos. Esto nunca ocurrió, pero ahora cualquier funcionario o empresa podría estar cometiendo este delito tipificado al momento de importar, comercializar, transportar, almacenar o liberar al ambiente OGM", aseveró Liza Covantes, coordinadora de la campaña de ingeniería genética de Greenpeace México.

 

Es importante recordar que la contaminación genética de variedades nativas de maíz se debe a estas importaciones y a la falta de un marco legal que obligara a las autoridades a proteger la biodiversidad de nuestro país.

 

"Usabiaga se ha empeñado en minimizar o negar la contaminación genética del maíz mexicano y ha fungido más como agente de ventas de los organismos transgénicos que como responsable de la agricultura del país. Afortunadamente, ahora hay elementos legales que lo obligan a proteger el grano más importante que México le dio al mundo, aunque a él no le interese protegerlo", agregó Covantes.

 

María Colín, asesora de la campaña de ingeniería genética de Greenpeace, explicó que el artículo 420 Ter del Código Penal reconoce ahora el riesgo o la presunción de riesgo que los OGM representan para los ecosistemas naturales, es decir, la legislación contempla ya el principio de precaución.

 

Colín abundó en que es necesario establecer medidas de bioseguridad que definan cómo se deben manejar los materiales transgénicos desde el momento de la importación hasta el de consumo final. Esto conlleva informar y capacitar a la población en general, para evitar casos como el de la contaminación genética de maíz mexicano en poblaciones de Oaxaca y Puebla.

 

Finalmente, Covantes destacó que es importante complementar esta nueva disposición penal con una excluyente de responsabilidad para casos en que "el sujeto activo sea campesino, realice la actividad sin fines de lucro, para consumo personal y cuando la liberación se haya hecho sin conocimiento de que el organismo estaba genéticamente modificado".



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