Sri Lanka impone restricciones sobre alimentos GM

Por GENET
Idioma Español
País Asia

La importación, almacenamiento, transporte, distribución y venta de cualquier clase de alimento que contenga una sustancia genéticamente modificada sin aprobación de la Superior Autoridad para la Alimentación, es ilegal bajo las nuevas regulaciones

Las regulaciones habían sido solicitadas por los ambientalistas de Sri Lanka durante largo tiempo.

(Enero 02, Colombo): Todos los artículos alimenticios importados que contengan substancias genéticamente modificadas (GM) deberán ser etiquetados a partir de 2007, de acuerdo con las Regulaciones 2006 para la Alimentación (Control de Importación, Etiquetado y Venta de Alimentos Genéticamente Modificados), que fueron promulgadas el 1 de enero.

La importación, almacenamiento, transporte, distribución y venta de cualquier clase de alimento que contenga una sustancia genéticamente modificada sin aprobación de la Superior Autoridad para la Alimentación, es ilegal bajo las nuevas regulaciones.

El Director General de Servicios de Salud, con la asistencia de una Comisión de Evaluación Técnica, constituye la Suprema Autoridad para la Alimentación, quien tiene el poder de aprobar alimentos que contengan sustancias genéticamente modificadas.

Las regulaciones habían sido solicitadas por los ambientalistas de Sri Lanka durante largo tiempo. Inicialmente, el gobierno de Sri Lanka intentó prohibir los alimentos GM en 2001. Pero la medida fue postergada debido a la presión de las cámaras de comercio locales y de algunas embajadas extranjeras.

Sri Lanka: leyes sobre alimentos GM entran en vigencia a partir del 1° de enero

Las regulaciones sobre la importación y comercialización de alimentos GM entrarán en vigencia a partir del 1 de enero, y desde ese momento tales alimentos deberán ser etiquetados para informar al consumidor que contienen material genéticamente modificado.

Las nuevas reglamentaciones, denominadas Regulaciones para la Alimentación 2006 (Control de Importación, Etiquetado y Venta de Alimentos Genéticamente Modificados), comenzarán a operar con efectos a partir de la medianoche de hoy (1 de enero de 2007).

Conforme a estas reglamentaciones ninguna persona puede importar, almacenar, transportar, distribuir para su comercialización o sacar a la venta ningún organismo genéticamente modificado (OGMs) como alimento para consumo humano ni ningún alimento que contenga OGMs, ni ningún alimento producido a partir de OGMs, o que contenga o que consista en OGMs, ni ningún tipo de alimentos elaborados a partir de ingredientes producidos con OMGs, o que los contengan, sin la aprobación de la Superior Autoridad para la Alimentación.

La Superior Autoridad para la Alimentación se encuentra autorizada para confirmar que el artículo alimenticio en particular no es perjudicial para la salud del consumidor.

Un beneficio adicional es que se tiene que fijar una etiqueta al envase del Alimento Genéticamente Modificado (AGM) o del ingrediente, especificando la leyenda “Genéticamente Modificado” conjuntamente con la denominación de dicho alimento.

Inicialmente, el 4 de abril de 2001, el gobierno de ese entonces publicó una notificación en la gaceta oficial, resolución nº 1178/18, que imponía una prohibición de Alimentos GM con efecto a partir del 1 de mayo. Se iba a prohibir la importación de 21 artículos alimenticios que carecían de la debida certificación de calidad de los laboratorios autorizados.

Sin embargo debido a la presión de las dos cámaras de comercio locales y de varias embajadas extranjeras, que alegaron que constituía una práctica desleal imponer una prohibición general, el 26 de junio se declaró una moratoria de 60 días (resolución nº 1190/6) para permitirles a los importadores ajustarse a las nuevas reglamentaciones hasta el primero de septiembre.

Debido supuestamente a una nueva presión de las partes interesadas, en vísperas de que las nuevas regulaciones comenzaran a operar, el 30 de agosto fue emitida repentinamente una notificación en la gaceta oficial (resolución nº 1199/23) postergando indefinidamente la imposición de la prohibición de alimentos GM.

Fue designada una comisión de especialistas para estudiar y elaborar recomendaciones y un borrador de la propuesta fue presentado por dicha comisión en enero de 2003, recomendando se debieran permitir alimentos GM sujetos a aprobación sobre las bases del caso por caso y el etiquetado para que el consumidor pueda efectuar una elección informada.

Según las nuevas reglamentaciones toda aplicación tiene que ser elevada a la Superior Autoridad para la Alimentación, que es el Director General de Servicios de Salud (DGSS), quien la remite a la Comisión de Evaluación Técnica (CET). La CET presenta una evaluación de riesgo a la Comisión Consultora para la Alimentación (CCA), establecida por el Acta de Alimentación. La Superior Autoridad para la Alimentación se encuentra obligada a tomar una determinación en consonancia con las recomendaciones de la CCA.

El abogado ambientalista Jagath Gunawardene destacó dos características, el otorgamiento de la aprobación y el etiquetado de alimentos GM, como esenciales en la protección del consumidor.

Gunawardene manifestó a “The Nation” que las nuevas reglamentaciones eran detalladas y estaban alineadas con las Regulaciones de la Unión Europea de 1999.

Miembro de la Comisión Nacional de Bioseguridad, organismo dependiente del Ministro de Medioambiente, Gunawardene afirmó que con la puesta en vigencia de las nuevas reglamentaciones, incluso las bebidas suaves carbonatadas que al presente utilizan jarabe de maíz de alta concentración de fructosa producida por bacterias modificadas genéticamente, tendrán que obtener la aprobación y tienen que estar etiquetadas. ( The Nation, Sri Lanka, 31-12-2006)

Enviado por GENET
Red Europea de ONGs sobre Ingeniería Genética
Hartmut MEYER (Mr)
email: gro.ofni-teneg@swen
http://www.genet-info.org/

Traducción: Gladys Guiñez para Acción por la Biodiversidad

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