Triunfan los derechos de los pueblos originarios sobre el Código Civil en Argentina

Por ALER

Un juez rechazó un pedido de desalojo contra pobladores de una comunidad mapuche, al sur de la provincia de Río Negro

El juez en lo civil y comercial de Bariloche, Emilio Riat, consideró que los indígenas son los legítimos poseedores de esas tierras aun desde antes de la formación del Estado argentino.

Hace diez años la provincia de Río Negro entregó en propiedad tierras que desde siempre ocuparon las comunidades indígenas. La familia Sede -que no vive en la región- fue una de las beneficiadas por el gobierno provincial.

Con el título de propiedad en la mano los Sede fueron a la justicia a pedir el desalojo de la familia mapuche de Ernesto Napal y Herminia Vila. Estos pobladores y sus familiares forman parte de la comunidad mapuche que vive en el paraje Arroyo Las Minas, en el sur de la provincia de Río Negro

Después de unos años, el juez Emilio Riat falló a favor de los indígenas y rechazó el desalojo. El fallo es novedoso porque desconoce el título de propiedad entregado por las autoridades provinciales y va a fondo: consideró que la posesión indígena es anterior a la formación misma del Estado que confirió el título ahora rechazado.

Es la primera vez que son reconocidos en la Patagonia los derechos de los pueblos originarios por sobre el Código Civil. Lo llamativo es que el derecho ancestral y el reconocimiento de pueblo preexistente al Estado argentino está consagrado en la Constitucional Nacional, pero generalmente los jueces son más proclives a aplicar el retrasado Código Civil que la propia Constitución.

La resolución judicial fue recibida con alegría por las comunidades indígenas que consideran al fallo un importante avance en la lucha por el reconocimiento de sus derechos y un antecedente para casos similares en que se reclaman tierras mapuches.

Fuente: ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE EDUCACIÓN RADIOFÓNICA - ALER

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