Nueva Constitución en Chile: un avance en el derecho a la alimentación digna

Idioma Español
País Chile
Foto: ANAMURI

Luego de muchos obstáculos, se aprobó el Derecho a la Soberanía y Seguridad Alimentaria y el Derecho a la Alimentación en la Convención Constituyente de Chile. Un logro que llega al borrador de la nueva Constitución gracias a la incansable lucha de las organizaciones campesinas.

Por Camila Parodi para Agencia de Noticias Biodiversidadla

La Convención Constituyente paritaria y plurinacional de Chile lleva casi un año definiendo los artículos y las bases de la nueva convivencia. El actual proceso de creación de una nueva constitución es el fruto de meses de rebelión popular por la vida digna, desde octubre de 2019. Se espera que ponga fin a la Constitución creada por el dictador Augusto Pinochet en 1980 y que termine con el sistema político neoliberal y extractivista que hizo estragos en el país andino.

Este proceso comenzó tras la aprobación del Plebiscito Nacional, a través del referéndum realizado el 15 de octubre de 2020. Al año siguiente, en el mes de mayo, el voto popular eligió a las y los 155 representantes que sintetizarán las principales demandas de la población para la reformulación de un Estado que garantice derechos. Desde entonces, las expectativas son altas y a la altura del momento histórico: la nueva Constitución tiene que ser plurinacional, feminista y ecologista.

Detrás de cada artículo abordado para la nueva Constitución laten las luchas históricas y se mantienen firmes las exigencias al acceso a los derechos básicos de manera gratuita, integral e igualitaria, porque así lo demandan las calles: “¡Con todo, sino pa´que!”. A su vez, se espera que la Constitución no sólo reconozca y garantice los derechos de las personas que habitan el territorio plurinacional, sino que también se incorporen los derechos de la naturaleza, animales y los bienes comunes. Una base ambiciosa que pretende modificar de raíz el modelo extractivo de producción y que anhela un futuro con más salud, derechos y dignidad para todo Wallmapu.

El próximo 4 de julio se entregará la propuesta de la nueva Constitución para que se apruebe o rechace a través del voto popular en el plebiscito de salida, durante el segundo semestre de este año. Para eso, las propuestas que fueron presentadas deberían abordarse previamente en comisiones y luego obtener dos tercios de la votación en el pleno que define el borrador. Así, por ejemplo, se definió  el Artículo 1, que establece a Chile como un Estado social y democrático de derecho que es plurinacional, intercultural y ecológico.

Foto: ANAMURI

Constituyente y confusión: ¿Qué se entiende por Derechos de la Naturaleza?

Hasta acá, todo muy bonito, ¿no? Ciertamente, como decíamos, este proceso es histórico y es triunfo de la lucha popular, pero “los perdedores” aún no son vencidos. La presión política de las derechas y el lobby empresarial no son ajenos al acontecimiento. Y, mientras se avanza con la aprobación de artículos que reconocen los derechos de la naturaleza para integrar la nueva carta magna del país, se rechazan y frenan muchos otros que son complementarios para entender el proceso desde una perspectiva integral y de los pueblos. Al momento, se aprobaron los artículos sobre crisis climática y ecológica, deberes del Estado con la Naturaleza, derechos de los animales no humanos, derecho de participación ambiental, derecho de acceso a la información ambiental,  gestión de residuos, principios ambientales, democracia ambiental, principio del Buen Vivir y declaración del agua como inapropiable. Todos estos puntos representan un importante avance con respecto a la Constitución anterior.

Existe una preocupación en torno al cuidado de la Madre Tierra y la contradicción que generan propuestas como, por ejemplo, las de los artículos 6, 11, 12 y el inciso segundo del artículo 2, incluídos en el segundo informe de la comisión 7 de la Convención Constitucional, donde se establece el patentamiento de los conocimientos, semillas y medicamentos, entre otros. ¿Es posible hablar de los Derechos de la Naturaleza con leyes que establezcan el patentamiento y la privatización de las semillas?

A su vez, el rechazo en comisiones de algunos artículos marcan un tono y evidencian una mirada banal de lo que se entiende por Derechos de la Naturaleza. Si bien los artículos rechazados aún pueden ser discutidos y presentados nuevamente para ser votados de manera general en el pleno de la Convención Constitucional, el hecho de que no hayan sido acompañados por su propia comisión da indicios de una toma de posición. 

Nos referimos al rechazo del artículo 4, referido al Reconocimiento y Protección de los Derechos de la Naturaleza, por ejemplo, que plantea la preexistencia al Estado de una diversidad de concepciones sobre la Naturaleza. O el rechazo del artículo 26 sobre los Principios Ambientales, que plantean la interdependencia entre todos los componentes de la Naturaleza, incluido el humano. Tampoco se aprobaron todos los artículos referidos a Medioambiente y Bienes Comunes Naturales, que van del 12 al 19. Y se suma el rechazo del artículo 22, referido a la Biodiversidad, según el cual el Estado se compromete a proteger, restaurar y conservar sus vínculos ecosistémicos (una iniciativa que, de ser aprobada, cerraría la puerta a los negocios forestal, minero, agroalimentario y energético).

Sin derecho a la Soberanía Alimentaria no hay nueva Constitución

Pero no sólo eso. El 20 de enero de este año, la Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas (ANAMURI), apoyada por la constituyente Alejandra Flores Carlos, presentó una propuesta para que el Derecho a la Alimentación sea incorporado como un derecho fundamental en la nueva Constitución chilena. La iniciativa recibió el apoyo popular de más de 16.500 firmas virtuales. A su vez, apoyaron otra iniciativa que impulsa la  presencia del mundo rural en la nueva Constitución. Sin embargo, durante las últimas semanas los artículos fueron inicialmente rechazados por la Comisión Nº5 de la Convención Constituyente.

¿Por qué es importante hablar del derecho a la alimentación y de la Soberanía Alimentaría en una constitución? ¿En qué se relaciona la Soberanía Alimentaria con los Derechos de la Naturaleza? Según el último informe sobre el estado de la seguridad alimentaria y la nutrición de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), durante el año 2021 en Chile al menos 600 mil personas, sobre una población de 19.4 millones, sufrieron hambre. Esto significa un aumento de 57 mil personas en comparación con los datos registrados entre 2004 y 2006. A su vez, se estableció que 3.4 millones de habitantes de ese país tuvieron dificultades para acceder a alimentos saludables y nutritivos. Y que tan sólo el 15% de las personas mayores de 15 años consume más de 5 porciones de frutas y/o verduras por día. En términos del propio organismo, esta situación se relaciona directamente con la desigualdad existente en Chile.

Este escenario debe analizarse desde la implementación y profundización de recetas neoliberales durante los últimos años y el desafío del actual gobierno de Gabriel Boric por desacelerar la importación de productos como azúcar, aceites, leguminosas y trigo y potenciar los mercados locales y la comercialización de la producción agrícola campesina.

En Chile, la agricultura campesina e indígena, la pesca y recolección artesanal proveen la mayor parte de los alimentos que se consumen en el país. A pesar de los desplazamientos y la criminalización de los y las campesinas, el poco acceso a la tierra, al agua, al mar y a los espacios comunes de recolección y la falta de políticas de apoyo y fomento adecuadas a sus necesidades y realidades sociales, económicas y territoriales, la ruralidad sostiene la vida. A su vez, los sistemas campesinos, indígenas y artesanales son los que pueden entregar una producción diversa y no contaminada, siendo la base fundamental de una alimentación adecuada.

En la iniciativa popular presentada, ANAMURI explica que “Chile ha logrado reducir la desnutrición infantil, pero experimenta niveles crecientes y alarmantes de malnutrición (...) Se ha hecho cada vez más dependiente de la importación de alimentos e insumos agrícolas, dejándonos sujetos a las inseguridades y vaivenes del comercio internacional, a pesar de contar con la tierra y los recursos necesarios para alimentar plenamente a la población del país”.

A su vez, sostienen que con la pandemia de COVID 19 se ha demostrado que “el acceso a la alimentación es inadecuado, frágil e insuficiente para amplios sectores de la población y especialmente para las mujeres. También hizo visible el desabastecimiento de semillas para la producción de alimentos básicos”. Y denuncian que la vida rural enfrenta “problemas crecientes para acceder al agua, la tierra y las semillas, incluidas las semillas campesinas, que están siendo sometidas a restricciones cada vez mayores de uso y circulación”.

En ese marco, proponen que todas las personas que habitan el país tengan “una alimentación saludable, diversa, suficiente, sin contaminantes y culturalmente adecuada, que garantice una vida libre de hambre y permita un desarrollo mental, físico y espiritual digno y satisfactorio”. Para eso, la Constitución debe reconocer a la Soberanía Alimentaria como “un principio fundamental que sustenta el derecho a la alimentación y determina las políticas agrícolas” y se debe asegurar la alimentación “a través de la producción y procesamiento agroecológico, diversificado y desconcentrado, importando sólo aquello que no sea posible producir en el país”, priorizando los comercios locales y la producción campesina, indígena, pesquera y pastoril.

En una de sus intervenciones, la constituyente Alejandra Flores Carlos, quien impulsó las propuestas de ANAMURI en la convención, sostuvo que es necesario incorporar en la mirada de la ciudad el valor que tiene la ruralidad “como espacio de vida y producción”, ya que se encuentra íntimamente relacionado “con el equilibrio salud e integralidad de los ecosistemas, cumpliendo un papel fundamental para el bienestar de todas y todos”. En ese sentido, explicó que “el derecho a la alimentación es un derecho absoluto, un derecho que todo Estado debe garantizar para su sistema político y de desarrollo”. Flores agregó que “incorporar el derecho a la alimentación en la Constitución es un paso clave para el bienestar, ya que este derecho requiere la plena libertad de los pueblos para asegurar los alimentos de acuerdo a saberes, costumbres y ecosistemas, para sacar el máximo provecho pero también cuidar la naturaleza que nos rodea”. Para la constituyente, esa es la definición de la Soberanía Alimentaria y por ese motivo se tiene que consagrar en el artículo 42 de la nueva Constitución. 

Las iniciativas populares presentadas por las organizaciones sociales, feministas, campesinas y de Derechos Humanos en la Convención Constituyente evidencian la importante participación popular y el involucramiento de la sociedad civil en el armado de la nueva Constitución. En lo que respecta particularmente a las propuestas llevadas por ANAMURI, a través de la incorporación de “los artículos 35 y 45 en la Constitución”, explicó la constituyente, “es posible un Chile sano, saludable, sin riesgo de hambre, con una ruralidad y agricultura con mayores posibilidades: que se empiece a construir el buen vivir de los pueblos”.

Foto: ANAMURI

¡Medioambiente y territorio con Soberanía Alimentaria!

El pasado 5 de mayo, la Comisión N° 3 de la Convención Constituyente que aborda la Forma de Estado rechazó la propuesta de Soberanía Alimentaria impulsada por un amplio y diverso colectivo de organizaciones campesinas. Sin embargo, se aprobó el artículo de “Ruralidad” propuesto por los mismos colectivos. En ese contexto, las organizaciones comunicaron la importancia de asumir el momento histórico y asegurar la estabilidad de la agricultura en todo Chile, a través de la producción de alimentos sanos, el apoyo a los pueblos del campo y a una producción que cuide la naturaleza, ya que hablar del derecho a la ruralidad sin Soberanía Alimentaría ni semillas libres sería una verdadera contradicción.

“No pedimos privilegios ni derechos especiales, pedimos libertad para seguir produciendo para el beneficio de todos y todas, pedimos mantener el derecho a las semillas porque ha sido por más de 10 mil años el derecho incuestionable que permitió la expansión, diversificación y mejoramiento de la agricultura y porque sin semillas en las manos de los pueblos del campo no habrá agricultura”, sostuvieron las organizaciones campesinas en un comunicado conjunto por el derecho a la alimentación.

Luego de dos intensos días de lucha en defensa de la Soberanía Alimentaría, la Comisión N° 5 de “Medioambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Comunes y Modelo Económico” aprobó el artículo 17, que establece que “es derecho del Estado asegurar la Soberanía y Seguridad Alimentaria”, promoviendo “la producción, distribución y consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación sana y adecuada, el comercio justo y los sistemas alimentarios ecológicamente responsables”. Ignorando, sin embargo, el inciso que consagraba el derecho al uso e intercambio de semillas. Este artículo se podrá volver a presentar mañana, sábado 14 de mayo, como última oportunidad.

A su vez, el día miércoles 11 de mayo se aprobó el Derecho a la alimentación adecuada en el pleno, es decir que pasó al borrador de la Constitución. Allí se establece que “toda persona tiene derecho a una alimentación saludable, suficiente, nutricionalmente completa, pertinente culturalmente y adecuada. Este derecho comprende la garantía de alimentos especiales para quienes lo requieran por motivos de salud.”. Y cuenta con una indicación que sostiene que “el Estado garantizará en forma continua y permanente la disponibilidad y el acceso a los alimentos que satisfagan este derecho, especialmente en zonas aisladas geográficamente”. Adicionalmente, se fomentará desde una perspectiva ecológicamente sustentable “la agricultura campesina, la pesca artesanal, y promoverá el patrimonio culinario y gastronómico del país”.

Después de muchos meses de incansable lucha por el derecho a la Soberanía Alimentaria para todo el pueblo chileno, se celebra el triunfo. Y se espera que sea votado en el apruebo de salida para su real implementación. Desde ANAMURI y las organizaciones campesinas hermanas aseguran que este es el primer paso dentro del proceso constituyente, y que la lucha por los Derechos Campesinos y las semillas libres continuará hasta que la dignidad se haga costumbre. Durante los últimos meses lograron ganar espacio dentro de la Constituyente y disputar contra las políticas hegemónicas de agricultura y medioambiente. Ahora, el próximo paso es lograr que estos derechos sean aprobados por el pueblo chileno frente a la ofensiva de las derechas  para que no se apruebe.

Por Camila Parodi para Agencia de Noticias Biodiversidadla -   0A%2C%moc.liamg@40idorapalimac

Agencia de Noticias Biodiversidadla -     www.biodiversidadla.org
Temas: Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades, Soberanía alimentaria

Comentarios

19/05/2022
SA. Nueva Constitución Chile, por Carlos Cáceres Claros
La SSA es un Derecho conexo con la Educación y la Cultura, si el sistema educativo público no prevalece y no se adecúa a este principio constitucional, corre el riesgo de ser discurso y beneficio político, como en Bolivia, donde, el régimen "socialista", la ha formulado, pero prevalece y subsidió a la Agroempresa y comparativamente otorgó migajas al sector productivo de base que si sostiene con creces, tanto la Seguridad como la Soberanía Alimentaria, un Ex ministro de apellido Cocarico, se creyó tal y peor aún, desmanteló el sistema plurinacional de innovación agropecuaria, ahuyentó cooperaciones y subvenciones internacionales a fondo perdido. rebajando a la SSA de un derecho a un simple trebejo electoralista.