Prohíben temporariamente el trigo transgénico en la provincia de Buenos Aires

Idioma Español
País Argentina

Un juez de Mar del Plata dictó una medida cautelar que inhabilita el uso y liberación del trigo HB4 en territorio bonaerense hasta que se conforme una comisión que evalúe sus efectos. La sentencia responde a un amparo colectivo presentado por agricultores, organizaciones sociales y pueblos indígenas. Destacan que la acción podría replicarse en otras provincias.

Una resolución judicial prohibió el uso y liberación del trigo HB4 en la provincia de Buenos Aires. Lo hizo de manera temporaria hasta tanto se conforme la Comisión de Biotecnología y Bioseguridad Agropecuaria, a la que le corresponde elaborar un informe sobre la introducción y liberación del transgénico y sus efectos en los recursos naturales, la salud, la producción y la comercialización. La medida cautelar fue dictada por el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil Nº 2 de Mar del Plata ante una presentación colectiva realizada por productores de establecimientos agroecológicos, organizaciones socioambientales y pueblos indígenas.

La decisión del juez bonaerense Néstor Adrián Salas cobra relevancia porque ratifica que si bien el Estado nacional tiene autoridad para aprobar la comercialización de transgénicos y agrotóxicos, son las provincias las que conservan la potestad para su liberación efectiva en los territorios porque tienen el dominio sobre los recursos naturales.

Para el juez Salas la liberación del primer trigo transgénico aprobado en el mundo -desarrollado y comercializado por la empresa Bioceres- podría generar un “daño grave e irreversible” en el ambiente y la salud humana. Se refiere tanto al cultivo como a los agroquímicos asociados; en este caso, el glufosinato de amonio, un herbicida más tóxico que el glifosato.

“Si se libera el material en territorio bonaerense, siendo este el primer evento genético que se aplicará a la semilla de trigo, podrá importar el cruzamiento del material con trigo no modificado genéticamente de forma irreversible”, advierte Salas. Para fundamentar su decisión, cita -entre otros- un documento de la Comisión Nacional de Biotecnología (Conabia) que detalla “la potencial transferencia horizontal o intercambio de genes” entre el trigo transgénico y las demás semillas.

La cautelar se fundamenta en el principio precautorio presente en la  Ley General del Ambiente, que establece que ante peligro de daño grave o irreversible no deben demorarse las medidas tendientes a evitarlos con el argumento de falta de información o certeza científica.

La Comisión de Biotecnología y Bioseguridad Agropecuaria de la Provincia, que el juez exige poner en funcionamiento, tendría que haberse conformado hace más de 20 años, cuando se aprobó la Ley 12.822. Sin embargo, ninguna administración provincial reglamentó la norma ni conformó la comisión.

Territorios provinciales

El abogado Lucas Landivar, que representa al colectivo de organizaciones, productores y pueblos indígenas que realizó la presentación ante el Poder Judicial, destacó la importancia de que se cumpla el artículo 124 de la Constitución Nacional. Éste establece que corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio. “Las provincias no pueden permitir que su patrimonio cultural y la biodiversidad se vean afectados”, señaló. En este sentido, remarcó que las semillas utilizadas en la agricultura son un patrimonio cultural de los pueblos que las provincias deben preservar.

Fernando Cabaleiro, abogado de la organización Naturaleza de Derechos -que también interviene en el amparo-, destacó que esta misma acción puede replicarse en distintas provincias. “Existe la Ley General del Ambiente y al mismo tiempo, cada provincia tiene su legislación en esta materia. Esto es contaminación ambiental y es deber de las provincias proteger sus bienes naturales”, afirmó.

Una ley incumplida y una comisión que jamás se creó

La  ley provincial 12.822, sancionada en 2001, ordenaba la creación -a los 90 días de ser promulgada- de la Comisión de Biotecnología y Bioseguridad Agropecuaria. El objetivo de ese organismo es “elaborar un informe con sus recomendaciones, respecto a la introducción y liberación de material transgénico y anabólicos, sus efectos en los recursos naturales, la salud, la producción y la comercialización”.

En los fundamentos de la ley los legisladores de ese momento consideraron: “Ante el aumento vertiginoso en la utilización de semillas transgénicas, creemos necesario que debe existir un organismo provincial que tenga la función de controlar su utilización”. Asimismo, entendieron que esa comisión tenía que dar respuesta a una serie de preguntas que el juez Salas transcribió de forma textual en su resolución:

  • ¿Se han hecho las suficientes pruebas con estos organismos para no tener que arrepentirnos en un futuro cercano?
  • ¿Cuáles son los mecanismos que tienen los diferentes países para evaluar su peligrosidad en el ecosistema y en la salud humana?
  • ¿Por qué algunos países lo aceptan y otros no?
  • ¿El Ministerio de Salud u otro organismo oficial ha certificado la inmunidad del ser humano a los Organismos Genéticamente Modificados (OGMs)? o ¿Se ha evaluado el riesgo sobre la salud humana o animal, como por ejemplo, el peligro de resistencia a antibióticos?
  • La liberación de transgénicos como actividad, ¿debe someterse a un estudio de impacto ambiental obligatorio?
  • ¿La introducción de los transgénicos en Argentina está asimilada a partir de un debate público, o es un simple concepto de innovación genética para cosechar mayores ganancias a través de patentes de algunos países?
  • Esta nueva tecnología, que comúnmente se llama OGMs terminator, ¿afecta los cultivos tradicionales y la biodiversidad en general?

El abogado Landivar sostuvo que es muy llamativo y preocupante que el Ejecutivo provincial haya pasado tantos años sin hacer cumplir una decisión del Poder Legislativo. “Esta omisión viola el régimen preventivo precautorio y profundiza una práctica que genera consecuencias adversas y efectos negativos en la salud y el ambiente desde hace 20 años”, advirtió.

Causa Federal

La comercialización del trigo HB4, de Bioceres -propiedad de Hugo Sigman y Gustavo Grobocopatel, entre otros empresarios- fue autorizada  el pasado 12 de mayo por el Ministerio de Agricultura de la Nación. La decisión desoyó  el reclamo de cientos de organizaciones sociales y campesinas y de miles de científicos que denunciaron la falta de transparencia en el procedimiento de aprobación del trigo HB4, la contaminación que producirá sobre otros trigos no transgénicos y el aumento del uso de agrotóxicos que supondrá su cultivo.

El 19 de mayo  el fiscal federal Fabián Canda reiteró ante el juez federal Santiago Carrillo el pedido de suspender de manera urgente la autorización del trigo transgénico HB4 por “los perjuicios irreparables” que puede causar para el ambiente y la salud de la población.

Fuente: Agencia Tierra Viva

Temas: Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades, Semillas, Transgénicos

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