Argentina: etnias Wichí, Toba y Pilagá piden que se incluyan los derechos indígenas en la Constitución

Las etnias Wichí, Toba y Pilagá, presentaron ayer sus propuestas a la Convención Constituyente y remarcaron la necesidad de que la provincia reconozca en su Constitución la preexistencia de los pueblos indígenas y con ella una serie de derechos

Equipo de Pueblos Indígenas
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El documento fue el resultado de dos talleres realizados en distintas zonas de la provincia donde se trató el tema de la reforma de la Constitución, más un encuentro interétnico que finaliza hoy en el Centro de Capacitación Juan Pablo II y lleva por nombre: "Reforma de la Constitución y pensamiento indígena".

En este sentido, el titular de la Pastoral Aborigen en Formosa, sacerdote Francisco Nazar explicó a La Mañana que la propuesta central apunta a reformar el artículo 79 de la Constitución provincial para que se reconozca la preexistencia de los pueblos indígenas, sus organizaciones e instituciones propias.

Según el documento, de esta forma quedará garantizada y reconocida la identidad étnica y cultural; la educación bilingüe e intercultural; la personería jurídica de sus comunidades, organizaciones y sus formas tradicionales de organización social, política, económica y jurídica, independientemente de todo acto de registro o del poder público, como asimismo la legitimación para ejercer plenamente por vías expeditas los medios legales para su defensa en juicio.

También se hace referencia a la posesión, propiedad de las tierras y el territorio que tradicionalmente ocupan y de otras aptas para el desarrollo humano. "Todas ellas serán inenajenables, intransmisibles, imprescriptibles e insuceptibles de gravámenes y embargos. Los títulos serán otorgados en forma gratuita", reza el material presentado por los aborígenes.

Otro de los puntos sostiene el derecho a la participación en todos los niveles, tanto públicos como privados y a prestar su consentimiento previo, libre e informado en todas aquellas cuestiones e intereses que los afecten. Además se hace alusión a la propiedad, uso sustentable, administración y conservación de sus recursos naturales y la participación equitativa en los beneficios que surjan de la explotación de los mismos.

De acuerdo al documento, los convenios Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y la Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, forman parte de esta Constitución, debiendo entenderse como complementarios e interpretativos de la misma.

También se propone la reforma al artículo 93, inciso 10 de la Constitución provincial que hace referencia a: "Que la educación impartida por el Estado a las comunidades indígenas se realice en forma bilingüe e intercultural. A tal fin tomará las medidas imprescindibles y efectivas para garantizar la misma. Asegura asimismo la igualdad laboral de oportunidades y de calidad educativa para los alumnos y maestros indígenas.
Garantizará la asistencia financiera y de todo tipo, necesaria para la puesta en práctica de las previsiones de este artículo y la participación indígena en todos los niveles".

A todo esto, Nazar dejó en claro que si bien en las legislaciones nacionales y provinciales se notaron avances importantes relacionados con los pueblos indígenas durante los últimos 30 años, consideró necesario "seguir avanzando aún más porque la historia cambia y los mismos pueblos indígenas van irrumpiendo en la sociedad, siendo protagonistas de su propio destino y en este caminar notan que hay varios elementos que todavía no figuran y consideran necesario que aparezcan en la Constitución provincial".

Compromiso

Tras recibir el documento, el presidente de la Convención, Ramón Francisco Giménez, a quien acompañaban sus pares Roberto Vizcaíno y Ricardo Mendoza, se comprometió a "llevar adelante estas banderas que hemos interpretado hace bastante tiempo aunque todavía nos falte cumplir algunas reivindicaciones".

También agregó que "nosotros hacemos la ley con la mejor intención y esfuerzo, pero para que esa letra se cumpla es compromiso de todos controlar su cumplimiento".
Destacó además la importancia del aporte de los aborígenes con el más absoluto respeto, en el entendimiento que "con la participación de todos podremos concretar una reforma que contenga los derechos y aspiraciones de los formoseños en materia social, cultural, educativa, política y económica".

Sesión con fuertes medidas de seguridad

La Convención Constituyente aprobó ayer su reglamento interno, creó e integró tres comisiones permanentes y fijó los días y horarios de sesión, además de dar ingreso a varios expedientes.

La sesión de ayer -que se desarrolló con la ausencia de los miembros del bloque radical y del presidente de la bancada del PJ, Ernesto Juárez, por fallecimiento de un familiar directo, hecho por el cual recibió las condolencias del cuerpo- fue para tratar sólo aspectos de funcionamiento de la Convención que aún no ingresó en la reforma de la Constitución.

Seguridad

Las deliberaciones se realizaron en el marco de un fuerte dispositivo de seguridad con despliegue de gran número de efectivos policiales uniformados y de civil tanto en el frente como en inmediaciones del edificio de la Legislatura, donde sesiona la Convención. Incluso, en una medida llamativa por lo inédita y excesiva, se utilizó un detector de metales para revisar tanto a público como a periodistas. Dentro del recinto, además de los custodios de Legislatura, también había policías de civil.

Sin presupuesto

La Convención difirió para hoy un despacho de comisión sobre los gastos que demandará y cómo se afrontarán. Lo que sí aprobó fue su reglamento interno -luego de largas discusiones sobre los minutos para cada intervención-, y la integración de las tres comisiones permanentes, cuya composición numérica también fue discutida. También nombró a los secretarios legislativo (Virgilio Lider Morilla) y administrativo (Rolando Albert).

Finalmente, la Convención decidió sesionar dos días en forma fija: los miércoles y viernes a las 18, y eventualmente los lunes, en el mismo horario, en el supuesto que hubiera despachos de comisión.

TEXTO COMPLETO DEL ARTICULO PROPUESTO POR LOS PUEBLOS INDIGENAS DE FORMOSA

ARTICULO 79:

"La Provincia reconoce la preexistencia de los pueblos indígenas, sus organizaciones e instituciones propias.

Garantiza y Reconoce:

1. Su identidad étnica y cultural.
2. La educación bilingue e intercultural.
3. La persionería jurídica de sus comunidades, organizaciones y sus formas tradicionales de organización Social, política, económica y jurídica, independientemente de todo acto de registro o del poder público, como asimismno la legitimación para ejercer plenamenete por vías expeditas los medios legales para su defensa en juicio.
4. La posesión, propiedad de las tierras y el territorio que tradicionalmente ocypan; y de otras aptas para el desarrollo humano. Todas ellas serán inenajebles, intrqansmisibles, imprescriptibles e insusceptibles de gravámenes o embargos. Los títulos serán otorgados en forma gratuita.
5. El derecho a ala participación en todos los niveles, tanto públicos como privadosy a prestar su consentimiento, previo, libre e informado en todas aquelklas cuestiones e intereses que los afecten.
6. La propiedad, uso sustentabele, administracuón y conservación de sus recursos naturales y la participación equitativa en los beeficios que surjan de la explotación de los mismos.

Los Convenios Nº 169de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y tribales en Países Independienetes y la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, forman parte integrante de esta Constitución, debiendo entenderse como complementarios e interpretativos de la misma.

ARTICULO 93 INC. 10º

El estado Provincial ..... garantizará...

10) Que la educación impartida en las comunidades indígenas se realice en forma bilingue e intercultural: a tal fin tomará las medidas imprescindibles y efectivas para garantizar la misma. Asegura asimismo la igualdad, laboral, de opotunidades y de calidad educativa para los alumnos y maestros indígenas.
Garantizará la asistencia financiera y de todo tipo, necesaria para la puesta en práctica de las previsiones de este artículo y la participación indígena en todos los niveles

Por los Derechos Indígenas
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