Por qué un nuevo Derecho Agroecológico

"Apremia la construcción de un nuevo Derecho Agroecológico capaz de armonizar de un lado, el conjunto de normas plasmadas en las fuentes del Derecho Internacional Público, con el constitucionalismo contemporáneo, y con la legislación tanto orgánica como ordinaria propia de los derechos internos estatales con un enfoque transdisciplinario donde los bienes jurídicos normativos graviten en la vida, el planeta y el ser humano, desde una perspectiva holística, que considere como principal factor de producción la agricultura sostenible cumpliendo con los procesos y principios que primordialmente puedan asegura los patrimonios más acrisolados por la humanidad con una visión biocéntrica de la naturaleza existente en las comunidades locales".

Las amenazas y problemas mundiales que enfrentamos todos los seres que habitamos la Pachamama impiden entre otros muchos anhelos comunes la materialización de un modelo de agricultura sostenible con capacidad de combatir uno de los flagelos más inminentes de nuestros tiempos como lo es el colapsado modelo industrial agrícola, basado en el monocultivo a gran escala, el uso de químicos de síntesis y el uso de OGM’s, que provocan fundamentalmente la pérdida de la biodiversidad y variedades locales, la degradación del suelo como un sistema vivo, distorsiones históricas, culturales, sociales y económicas al campesinado y consumidor, la disminución en el acceso al agua y la dificultad para garantizar a las presentes y futuras generaciones el abastecimiento de alimentos sabrosos, sanos, nutritivos, asequibles y culturalmente apropiados.

Lo anterior permite explicar cada vez con menor dificultad que apremia la construcción de un nuevo Derecho Agroecológico capaz de armonizar de un lado, el conjunto de normas plasmadas en las fuentes del Derecho Internacional Público, con el constitucionalismo contemporáneo, y con la legislación tanto orgánica como ordinaria propia de los derechos internos estatales con un enfoque transdisciplinario donde los bienes jurídicos normativos graviten en la vida, el planeta y el ser humano, desde una perspectiva holística, que considere como principal factor de producción la agricultura sostenible cumpliendo con los procesos y principios que primordialmente puedan asegura los patrimonios más acrisolados por la humanidad con una visión biocéntrica de la naturaleza existente en las comunidades locales.

A pesar que la preservación del planeta, de las especies, del agua y de la biodiversidad implica necesariamente la armonización de los derechos internos con las necesidades y problemas comunes a la sociedad internacional, o lo que es lo mismo, las soluciones a los problemas globales son necesariamente de carácter multilateral en armonía con el principio de la igualdad soberana de los estados, los actuales estudios de derecho y las prácticas de gobernanza se aferran a viejos dilemas como las visiones Monista o Dualista del Derecho Internacional, el Positivismo Jurídico con su pretensión de una supuesta unidad hermética del ordenamiento jurídico y la dicotomía público-privado, entre otras muchas categorías tradicionales de la ciencia del derecho.

En particular, los estudios jurídicos han continuado la tradición que le viene de su tradición multisecular, beneficiaria del prestigio de ser los primeros estudios que a partir de la Edad Media en Bolonia han sido llamados universitarios, de su modo de concebir la realidad y de pretender normarla al margen de los conocimientos de otras áreas.

Si bien es cierto que en el Derecho Internacional Público se ha formado un Derecho Internacional Público Ambiental, esta vertiente o rama del Derecho Internacional Público muestra un marcado carácter antropocéntrico además de encontrarse condicionado al dilema que significa la conciliación entre el carácter global de los problemas ambientales y alimentarios y el principio de la soberanía de los estados, siendo la soberanía estatal el fundamento mismo del Derecho Internacional desde su surgimiento.

Las disciplinas jurídicas tales como el Derecho Administrativo, el Derecho Agrario y el Derecho Civil, han gravitado sobre constructos sociales como la propiedad, el poder público, los derechos subjetivos y el interés público, muchas veces a espaldas de las Ciencias Sociales; ante lo cual las respuestas a los problemas contemporáneos son insuficientes por dejar de lado a la interdisciplinariedad y a la transdiscipliariedad.

Ante este panorama, surge la necesidad de estructurar racional y rigurosamente una nueva disciplina jurídica como el Derecho Agroecológico apta para dar soluciones normativas a los problemas surgidos de armonizar las necesidades alimentarias de la Humanidad con la sostenibilidad del planeta.

En las líneas que siguen, resumidamente nos proponemos exponer de qué manera es urgente, necesario y posible construir una nueva disciplina jurídica a la que denominamos Derecho Agroecológico, dado el estado actual del arte en el campo, tal como lo anunciamos en el título, la adjetivamos como “nuevo Derecho”, subrayando de este modo la condición incipiente y naciente de la disciplina jurídica que constituye el tema de esta obra.

José Luciano Vitos Suárez y Alfredo Vázquez Loureda de Organización Latinoamericana hacia un nuevo Derecho Agroecológico (OLDA). Caracas, Venezuela.
Contacto:  moc.liamg@aleuzenevadlo

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Fuente:  Organización Latinoamericana hacia un nuevo Derecho Agroecológico (OLDA)

Temas: Agroecología, Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades

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