Argentina: Ley yerbatera 25.564: someter, esclavizar, dominar, abusar, sinónimos de avasallar

Idioma Español
País Argentina

Determinación del INYM, pone en serio riesgo a más de 13.000 familias de pequeños productores en su seguridad alimentaría y en consecuencia la perdida de sus tierras

La yerba mate fue históricamente el principal cultivo de la provincia de Misiones.

Hay mas de 18.000 plantaciones de yerba, de las cuáles el 81% tienen menos de 10 ha.

10.000 Plantaciones pertenecen a familias de pequeños productores que tienen plantaciones menores a 6 hectáreas y son los que tienen plantaciones con menor número de plantas y producen menos, porque no tienen posibilidades de invertir para mantenerlas.

Los grandes productores están “integrados” y tienen sus propio secaderos, e incluso su propio molino; los chicos deben pagar para recibir este servicio, o, lo que es más frecuente, deben vender la “yerba verde”, ya que no cuentan con capital para pagar.

La ley 25564 sancionada el 21 de febrero de 2002 y publicada en el Boletín Oficial el 15 de marzo del mismo año crea el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) como ente de derecho publico no estatal con jurisdicción en todo el territorio de la Republica Argentina.

Desde que se sancionó y promulgó la Ley, el Movimiento Agrario de Misiones (MAM), denuncia que, tal como están planteadas las cosas, el ente no tiene poder real parea hacer cumplir la Ley, ya que todo ente regulador necesita poder de compra para sostener el precio de ley. Cuando el precio cae por sobreoferta, el ente debería poder comprar para mantenerlo o elevarlo, pero al no funcionar de esta manera, la determinación del precio pasa a ser solamente una intención y el instituto, sólo un ente de inspección, sin poder real de regulación.

Entre las funciones de la Ley yerbatera establece en el “Titulo II Artículo 4º” se encuentran:

a) Aplicar y hacer cumplir las leyes, decreto, reglamentarios y disposiciones existentes y las que pudieran dictarse relacionadas con los objetivos de la presente Ley”,

b) implementar mecanismo de apoyo y estímulos a los productores elaboradores industrializadores y comercializadores radicados en el País”

c) Acordar semestralmente entre los distintos sectores participantes del INYM el precio de la materia prima, el mismo resultara de un acuerdo en el INYM basado en el precio promedio de venta al consumidor de los productos elaborados con yerba mate según las condiciones y estándares de calidad que fije la reglamentación, mediante acta pertinente los sectores deberán respectar. El incumplimiento del mismo hará pasible al infractor de multas graduables de acuerdo a los especificado en el Titulo X de la presente Ley”

El directorio del INYM, esta integrado por 12 miembros, de los cuales 9 representan al sector privado. El organismo se financia con el aporte de 303 millones de estampillas que abona todo aquel que toma mate, con una recaudación aproximada de 8 millones de pesos anuales.

El mate es la bebida más consumida en Argentina, supera al agua mineral, cerveza, vino, gaseosa. El 20 % de la producción corresponde al pequeño productor familiar, un mercado que mueve mas de 600 millones de dólares.

En su última reunión, el 12 de julio pasado, los directores del INYM tomaron la decisión de no multar a los empresarios que no pagaron los valores oficiales a la producción primaria argumentando que estos habrían actuado obligados por cuestiones de fuerza mayor, impuestas por el mercado. Según explicó Ricardo Maciel, director del INYM.

Este modelo, impuesto por las empresas yerbateras, queda hoy en evidencia por su apego a los intereses económicos dominantes del mercado de la yerba mate. Esta determinación del INYM, pone en serio riesgo a más de 13.000 familias de pequeños productores en su seguridad alimentaría y en consecuencia la perdida de sus tierras.

Movimiento Agrario de Misiones

enREDando, Internet, 19-07-07

 

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