Argentina: la FAA ratificó el derecho a la resiembra de semillas sin pago de regalías

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País Argentina

La entidad denunció nuevas "intimaciones" e "inspecciones" por parte las semilleras

ROSARIO (NAP). La Federación Agraria Argentina cargó nuevamente contra la intención de los fabricantes de semillas de convalidar el cobro a los producrtores de regalias extendidas por la resiembra de simientes.

La entidad que conduce Eduardo Buzzi denunció que las semilleras "pretenden cambiar -vía contratos privados de dudosa legalidad- tratados, leyes, doctrina y la práctica existente en nuestro país y en el derecho comparado de privilegiar el uso propio de semilla por el agricultor y poner como regla el sistema de regalías extendidas (modalidad de comercialización de semillas)".

La FAA recordó que el Instituto Nacional de Semillas (Inase) de Argentina expresó que no convalidaba el sistema de regalías extendidas que intentan imponer las semilleras.

"En octubre del 2003 la Secretaria de Agricultura de la Nación respondió ante una consulta de la Filial de Federación Agraria de la Ciudad de Pergamino, que `el pago de regalías por semillas de uso propio no correspondía y que no convalidaba en absoluto el sistema de regalías instrumentado por cierto grupo de criaderos´", dijo la FAA en un comunicado de prensa.

"Desde entonces la entidad viene luchando contra las `intimaciones´ e `inspecciones´ que sufren los productores por parte de la Asociación Argentina de Protección de las Obtenciones Vegetales (Arpov) y denunciando la nulidad de los contratos, que con cláusulas oscuras e impuestas unilateralmente violan leyes de orden público que consagran el principio del Uso Propio de Semilla", recordó la organización de ruralistas.

La FAA indicó que "la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas 20.247, y el Decreto Reglamentario 2183/91, legislan con carácter de orden público el derecho del productor a usar variedades vegetales, con el fin de obtener semillas para su propia resiembra. Si el agricultor procesa y almacena las semillas resembradas, no debe efectuar trámite alguno".

"El sistema de nuestro país consagra derechos temporales de exclusividad al Obtentor para la producción y venta del material de reproducción o multiplicación de la variedad en el caso de semillas y del material de reproducción en si mismo; y a los agricultores el derecho de reserva y siembra de semillas para uso propio o para uso o venta como materia prima o alimento del producto obtenido del cultivo de una determinada creación fitogenética", remarcó la Federación Agraria.

En un comunicado agregó que "en América Latina y en la Unión Europea la mayoría de las legislaciones declaran expresamente el derecho del agricultor de sembrar y reservar semillas para uso propio en su establecimiento o en establecimientos de terceros cuya posesión detentan", citando leyes en ses sentido de de Brasil, Chile, México Paraguay y Uruguay, así como el Reglamento CE Nº 2100/94 del Consejo Europeo (art 14).

"Por todo esto es que seguimos recomendando a los productores que no firmen ni convaliden el sistema de regalías extendidas y se amparen en las leyes nacionales y en la actual declaración del Inase", dijo la FAA.

En cuanto a las "intimaciones" de la Arpov, la Federación Agraria dijo que "seguimos instando a analizar en sus respectivas entidades representativas cada caso en particular" e instó a los productores "rechazar las `inspecciones´ sin orden de un juez. (Noticias AgroPecuarias)

Noticias Agropecuarias, Internet, 2-6-05

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