México: riqueza indígena a merced del capital

Idioma Español
País México

Los pueblos indios pierden sus recursos naturales frente a la iniciativa privada. Sin protección jurídica, las comunidades originarias son despojadas por trasnacionales

“Incorporar plenamente a los pueblos indígenas al desarrollo económico, social y cultural del país”, plantea el PND 2007-2012, y propone fomentar el aprovechamiento del patrimonio natural de las comunidades, intensificando proyectos productivos. “Se trata de conservar y capitalizar los activos naturales de los pueblos y las comunidades indígenas para impulsar su desarrollo económico”.

No obstante, según analistas, sin una ley indígena que garantice plenamente el derecho de acceso al aprovechamiento de la riqueza ambiental, ésta seguirá concentrándose en la iniciativa privada.

En el informe del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), sobre la situación de derechos indígenas durante el sexenio de Vicente Fox, su autora Magdalena Gómez analiza seis leyes que legalizan el despojo de los recursos naturales.

El problema mayor está en las recientes legislaciones que “cierran la pinza, ya no sólo en contra de la autonomía de los pueblos, sino contra su existencia misma al sentar las bases para que sean privados los territorios que aún disfrutan”, dice la especialista.

Subraya que durante ese periodo se legisló en el sentido impuesto por las grandes empresas trasnacionales, cuyos negocios giran alrededor de la biodiversidad, bajo el amparo de la ONU, la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO), el Programa para el Medio Ambiente (PNUMA), la Organización Mundial de Comercio (OMC), la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y el Banco Mundial (BM) e Interamericano de Desarrollo (BID).

Para la defensora hay una contradicción entre el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Convenio de Diversidad Biológica (CDB).

“El primero establece condiciones para la vigencia de los derechos de los pueblos indígenas, pero el segundo abre la puerta a la explotación y aprovechamiento de los recursos biodiversos que se encuentran en territorios de pueblos indígenas”.

Entre las leyes que enumera la abogada, está la Ley de Biodiversidad de Organismos Genéticamente Modificados, mejor conocida como Ley Mosanto, aprobada el 14 de diciembre de 2004.

“La ley garantiza los intereses de los monopolios de la industria biotecnológica de la que Mosanto es líder y permite la distribución y liberación al ambiente de organismos transgénicos con severos riesgos para la soberanía alimentaria, la salud humana y la biodiversidad”, expone.

Define el Convenio de Diversidad Biológica, suscrito por México en 1992, como “el paraguas que en nombre de la diversidad y la sustentabilidad ha introducido una postura conservacionista y proclive al fomento de capital, antes que combinar el factor cultural y social con el ambiente”.

En el mismo informe, Silvia Ribero añade al Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Comunales (Procede y Procecom) y el Programa por Servicios Ambientales y los Ordenamientos Territoriales de Nuestros Pueblos, como “estrategias dirigidas a la fragmentación y privatización de los territorios y la destrucción de la organización comunal”.

Destaca también la Ley Nacional de Aguas, reformada en 2004, que permite la venta o concesión de fuentes de agua, incluso en terrenos ejidales y comunales. Y también la Ley Federal de Acceso y Aprovechamiento de los Recursos Genéticos.

Ésta última, dice, “legaliza la biopiratería y establece canales para que las empresas monopolicen plantas, insectos, microorganismos y otros componentes de biodiversidad. La maniobra es más perversa al introducir como ‘derecho’ que las comunidades avalen la venta de la biodiversidad justificando el monopolio de bienes colectivos, que además no están a la venta”.

Al respecto, María del Carmen Carmona Lara, experta en derecho ambiental del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, señala: “Si consideramos lo que establece la Ley de Vida Silvestre, la comunidad indígena o agraria tienen derecho preferente sobre los recursos en los lugares donde habitan, sobre el valor del recurso genético”.

La experta propone que se nacionalicen los recursos genéticos para evitar que trasnacionales los registren y obtengan su patente, y se regule la erosión genética para evitar su degradación.

“Los indígenas están en desventaja en tecnología y desconocimiento de su riqueza genética que ahora tiene un valor en el mercado y es aprovechada por las grandes trasnacionales que se enmascaran en proyectos de desarrollo sustentable”.

Recuerda el caso del maíz perenne de la Sierra de Manatlán, Jalisco, extraído por investigadores nacionales en convenio con una universidad canadiense que patentó su raíz genética y ahora es vendido a los mexicanos; y lo sucedido con el agave azul en el momento en que el país solicitó el reconocimiento de origen ante la OMC.

Enfatiza que en Ley de Desarrollo Sustentable, todo el territorio nacional es forestal y sólo por excepción se otorgan concesiones y permisos para el aprovechamiento de estos recursos.

En tanto, en la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, se otorgan ciertos derechos de participación, pero “dicen que ellos pueden participar en una consulta pública, pero no se traduce a su lengua la convocatoria o las declaratorias de áreas naturales protegidas y están violando su derecho de acceso a la información”

Reforma hueca

El Convenio 169 de la OIT, establece que deben protegerse los recursos naturales propiedad de los grupos indígenas, incluyendo su aprovechamiento, administración y conservación y que deberán establecerse mecanismos para determinar si su explotación perjudica a los interesados, además de tener derecho de participar de los beneficios que genere su explotación.

En este sentido escuetamente la reforma al artículo segundo constitucional estableció el acceso preferente de las comunidades indígenas a sus recursos naturales, modificación que no respeto el espíritu de los Acuerdos de San Andrés, ni la esencia del 169 de la OIT, de acuerdo al César Nava Escudero.

“Ese supuesto acceso que tienen a sus recursos naturales no existe, al contrario, es muy complicado. La Constitución, que está por encima de los tratados internacionales o convenios, deja en total indefensión a los grupos indígenas”, opina.

Observa que la disposición constitucional impone limitaciones a los pueblos originarios que desvirtúan el acceso preferente. Entre ellas, el respeto a las modalidades de propiedad y áreas estratégicas, lo que nos les permite ser propietarios de algún recurso natural.

Otra condición es la de asociación obligada por ley, es decir, “que en tanto comunidad no son sujetos de derecho público y se tienen que ir a un notario para conformarse como sociedad. La Constitución les está pidiendo a los más pobres que paguen para disfrutar de su derecho”.

Nava Escudero considera que con la modificación constitucional no se hacen efectivos los compromisos internacionales. “Cuando firmamos un tratado internacional, obliga al Estado a responder y lo debemos hacer. Lo que pasa es que muchas veces el tratado está escrito de manera tan genérica que no la podemos instrumentar en el país, necesitamos una ley y un reglamento que permita actualizar esa situación”.

El investigador opina que la protección a intereses económicos y políticos, el miedo, la ignorancia y el clasismo en contra de los pueblos indígenas son factores para no avanzar en materia de legislación indígena.

“Las trasnacionales se están aprovechando de los recursos naturales. Si el presidente logra impulsar el Plan Puebla-Panamá va a ser el mejor ejemplo de cómo las grandes empresas van a llegar a estos estados donde hay muchos recursos naturales y se van aprovechar de esos beneficios que deberían ser para los grupos indígenas”.

A petición de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), Carmona Lara realizó un documento sobre las iniciativas a realizar en manera legislativa para regular el acceso preferente de los indígenas a sus recursos naturales.

La investigadora concluyó que no existe ni existirá en breve una ley indígena, y que en tanto no se reglamente el artículo segundo constitucional se violan garantías individuales de los indígenas.

Riqueza desaprovechada

Los indígenas son propietarios de más del 80 por ciento de los ecosistemas en buen estado de conservación, que representa más de la mitad del territorio nacional bajo el dominio de 30 mil ejidos y pueblos indígenas. De 149 áreas naturales protegidas, 93 se encuentran en 171 municipios indígenas, consideradas como lugares sagrados, ceremoniales y de importancia arqueológica.

Las principales áreas naturales protegidas con presencia indígena son: Pantanos de Centla, Tabasco, Montes Azules, Chiapas, Sian Ka’an, Quintana Roo, Sierra del Pinacate, el Gran Desierto de Altar y la Isla Tiburón, en Sonora y el Alto Golfo de California.

El 70 por ciento de los recursos petroleros se extraen de yacimientos ubicados en municipios con fuerte presencia indígena. En la explotación de yacimientos minerales, los municipios indígenas de Guazapares y Urique aportan la décima parte de la producción estatal de oro, mientras que Huajicori, Nayarit, aporta el 98 por ciento del total de plomo, 97 por ciento de cobre y 68 por ciento de oro.

El 60 por ciento de las 109 millones de hectáreas de extensión arbolada, está en regiones indígenas y casi la tercera parte de la población indígena habita en zonas forestales.

La Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio) afirma que en las regiones indígenas se han detectado 103 especies endémicas. De 925 especies animales registradas, según categorías especiales, 620 viven en regiones indígenas; 155 están en peligro de extinción, 295 amenazadas, 25 cuentan con protección especial y 145 se consideran raras.

De acuerdo al PND, la mitad de las selvas húmedas y de los bosques de niebla, y la cuarta parte de los bosques templados están en territorios indígenas. Además en las partes altas de las cuencas donde habitan se capta el 22 por ciento de agua del país. El sistema de información Teorema Ambiental revela que el 60 por ciento de las áreas del sur y sureste, recomendadas para su conservación, corresponden a regiones indígenas.

“Esto muestra la importancia de esas comunidades y de los territorios que ocupan para la conservación de la biodiversidad y el aporte de servicios ambientales”, argumenta el PND.

Proyectos productivos a la saga

Desde el 2002 el Programa de Desarrollo Regional Sustentable (Proders) pasó al Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), con el objeto de impulsar el desarrollo sustentable en las áreas naturales protegidas en las regiones pobres y biodiversas, fomentar alternativas para reducir la marginación de las comunidades rurales indígenas y proteger los ecosistemas.

En la Evaluación de Pertinencia, Gestión e Impacto Ambiental del Ejercicio 2006 del Proders, la Facultad de Economía de la UNAM advierte que “el medio ambiente se revaloriza en el sentido de que es visto como un acervo de recursos que la población local puede utilizar de forma sustentable, para mejorar sus condiciones de vida”.

Expone que para el programa, que benefició a 299 municipios, 852 comunidades y 109 áreas naturales en 27 estados durante 2006, ha perdido importancia los Programas de Desarrollo Comunitario, “pieza fundamental para lograr lo objetivos de desarrollo humano al nivel de las comunidades participantes en el Proders, que buscan la sustentabilidad de largo plazo”.

En 2001estos proyectos utilizaron el 80 por ciento de los recursos del programa; en 2004, su participación descendió hasta el 64 por ciento, y en 2006 se recuperó con un 76 por ciento.

Aunque de 2001 a 2006 la cifra destinada para proyectos de aprovechamiento sustentable fue del 37 por ciento del total de presupuesto y del 29 por ciento para la conservación de recursos, las actividades en este rubro fueron mayores.

El 62 por ciento de las 4 mil 572 acciones ejecutadas en ese período correspondió a proyectos comunitarios, de los que el 30 por ciento fueron actividades de conservación y restauración de ecosistemas.

En tanto, las dedicadas al fomento de proyectos productivos comunitarios como infraestructura ecoturística, talleres para transformar recursos naturales y aprovechamiento de la vida silvestre y plantaciones forestales o viveros, concentraron el 28 por ciento.

Por otro lado, para 2006 el total de beneficiarios indígenas sumó 12 mil 963 personas, cifra menor en 4 mil respecto al año anterior. El 43 por ciento fueron mujeres indígenas y el 59 por ciento de los favorecidos se concentraron en diez regiones: Montes Azules, Nahá-Mezabok, La Montaña, La Chinantla, Palenque, Tehuacan-Cuicatlán, Costa Grande, Otoch-Maax-Yetel, La Tarahumara y La Mixteca.

El Proders alcanzó en 2006 los 100 millones de pesos; sin embargo, en el examen realizado por la UNAM, se detectaron retrasos de hasta un año en la entrega de recursos para comenzar proyectos productivos.

Según la Facultad de Economía el número de solicitudes es mucho mayor al de apoyos otorgados y el porcentaje de propuestas aceptadas es aún bajo, a pesar de tratarse de ofertas viables. Como consecuencia, los beneficiados deciden no emprender proyectos comunitarios.

Fecha de publicación: Julio 2a quincena de 2007 | Año 5 | No. 83

Contralínea, México, 1-08-07

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