Derechos de propiedad intelectual y los OGM

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Los campesinos mexicanos, cuyas variedades de maíz han sido contaminadas con distintos tipos de transgenes están en una posición muy peligrosa. Todas las empresas que tienen transgenes patentados relacionados con el maíz, no sólo van a exigir el pago de regalías por sus genes, sino que pueden enjuiciar a los campesinos por infringir sus patentes. Y por añadidura, todos los campesinos del mundo se verán en la obligación de destruir sus propias semillas, para no infringir una patente, y así evitar ser enjuiciados penalmente

Tradicionalmente los agricultores han accedido a las semillas que usan en sus campos (ya sea porque la compran, la intercambian o la heredan de sus antepasados), y las guardan para sus siguientes cosechas. Por eso es que ha sido difícil para las empresas transformarla en una mercancía, pues a diferencia de otras productos, la semilla es un ser vivo que puede reproducirse, lo que hace difícil su control monopólico. Para ello se han creado dos mecanismos que van de la mano: cambios tecnológicos en fitomejoramiento (a través del desarrollo de híbridos y los Organismos Genéticamente Modificados -OGM-); y la imposición de derecho de propiedad intelectual.

A través de los híbridos, por ejemplo del maíz, el agricultor que compra las semillas enfrenta dos problemas: a) el fenotipo del maíz híbrido no revela cuáles son sus ancestros, lo que ofrece a las empresas un control sobre la propiedad de sus semillas; y b) el vigor de los híbridos se pierde en la segunda generación, por lo que el agricultor tiene que volver a comprar semillas cada año. En cuanto a la manipulación genética, las empresas están desarrollando nuevas variedades que les permite controlar la expresión genética, para producir semillas estériles (semillas Terminator).

El control a través de la propiedad intelectual es un mecanismo jurídico que en muchos casos es difícil de monitorear, pero las empresas han organizado métodos sofisticados para conseguirlo, como se verá más adelante. Hay dos formas de reconocer propiedad intelectual sobre las semillas: los derechos de obtentor y las patentes. Los derechos de obtentor están controlados por la Unión de Protección de Obtentores Vegetales (UPOV). Hay dos actas UPOV. El Acta UPOV 1978 confiere menos derechos a las empresas que el Acta UPOV 1991, pues reconoce dos princi pios: a) el privilegio de los agricultores para guardar semillas para su propio uso; y b) la excepción de los fitomejoradores, es decir que ellos pueden usar semillas registradas para usarlas en programas de mejoramiento genético. El Acta UPOV 1991 reconoce derechos de propiedad intelectual sobre variedades esencialmente derivadas de aquellas registradas, por ejemplo, por mutaciones espontáneas.

Hasta inicios de 1990 casi ningún país del Tercer Mundo reconocía ningún tipo de Derechos de Propiedad Intelectual (DPI) sobre las semillas. Las presiones ejercidas por EEUU han hecho que varios países adopten legislación sobre protección de variedades vegetales.

En EEUU se reconoce patentes sobre plantas, pues desde 1985 la oficina de patentes amplió el ámbito de la protección de patentes para incluir plan tas y animales no humanos, incluyendo semillas, planta, partes de plantas, genes, características genéticas y procesos biotecnológicos. Las presiones de EEUU siguen para que los países amplíen en ámbito de la propiedad intelectual en sus legislaciones. Hoy lo hacen a través de los tratados de libre comercio. En materia de derechos de obtentor, EEUU pretende ampliar la protección a: 1) actos de propagación de todas las variedades de plantas; 2) uso comercial de plantas ornamentales; y 3) partes de esas plantas como material de propagación. En materia de patentes EEUU quiere que se reconozcan patentes sobre plantas, animales, procesos esencialmente biológicos y secuencias génicas y el material que contiene esas secuencias.

Las firmas comerciales usan sus patentes para buscar una posición en el mercado y ganar o bloquear competidores en el desarrollo de nuevas tecnologías. La aplicación de derechos de propiedad intelectual sobre las semillas y otras formas de vida ha causado una serie de cuestionamientos por las implicaciones que tendrán en la agricultura. A continuación se presentan algunos ejemplos de cómo se están aplicando los derechos de propiedad intelectual, especialmente patentes, sobre variedades transgénicas en varios países.

El cobro de regalías en Argentina

En este país los derechos de propiedad intelectual sobre las semillas se ejercen a través de los derechos del obtentor. En la ley argentina se reconoce el privilegio del agricultor. Los agricultores pueden guardar semillas protegidas por derechos de propiedad intelectual para volver a sembrar sus tierras. Aunque no se permite el intercambio de esas semillas con otros agricultores, en la práctica esto es algo que no se puede controlar. Y la soya es un cultivo donde es muy fácil guardar semillas para volverla a plantar el siguiente año. Los agricultores consideran que es una práctica normal, pues ya pagaron por la semilla la primera vez.

Monsanto nunca patentó la soja RR en el país. Hay que señalar que la patente de la soya RR, cubre también al gen RR, porque en EEUU, así como en otros pocos países del mundo, se reconocen patentes sobre los genes. Este no es el caso de la Argentina, y aunque la empresa no está en condiciones de imponer la patente sí puede impedir la importación de la soya RR en aquellos países donde tiene registrada la patente. Si esta idea prospera, los productores pagarían al momento de vender su cosecha, incluidos los productos derivados de soya como el aceite, y los exportadores actuarían como agente de retención para la compañía biotecnológica. Este es el modelo que ya funciona en Brasil.

Monsanto no cobra regalías iguales en todos los países:

- En EEUU dice cobrar 14 dólares/tonelada de soja RR;
- En Brasil, se habla de 7 dólares, con posibilidades de incremento;
- En Argentina planea pedir US$ 3/tonelada, pero según algunos sectores, la pretensión de Monsanto es de cobrar US$ 7/tonelada;
- En Paraguay se acaba de negociar unas regalías de US$ 3/tonelada, cifra que se incrementará a US$ 6 en cinco años.

Para tener una idea de la magnitud de lo que está por detrás de las pretensiones de Monsanto, hay que señalar que por cada dólar por tonelada que se pague como regalías, la multinacional recibirá 34 millones de dólares anuales (sin que los agricultores hayan comprado semillas de Monsanto).

Las empresas biotecnológicas requieren variedades adaptadas a las condiciones del país, para insertar en ellas, los transgenes patentados. Para esto, ellas han accedido al material genético que ha sido generado a través de programas de investigación pública, y esperan seguir teniendo libre acceso a este material, libremente. Monsanto ha usado variedades públicas argentinas, y espera hacerlo en el Brasil. Esto nos lleva a analizar la presión que están sufriendo varios países para que regulen el acceso a recursos genéticos. Las empresas quieren acceder, ya sea al material público o al que está en manos de las comunidades indígenas y campesinas a través de contratos de acceso, donde se reconozca alguna dádiva, pero donde no se contemple la posibilidad de compartir derechos de propiedad intelectual. Esto significa un problema para las comunidades que han usado y conservado estas variedades, pues al entrar en este tipo de contratos, pierden control sobre sus recursos genéticos.

Monsanto y su patente en Brasil

Brasil es el segundo productor de soya a nivel mundial, con el potencial de convertirse en el primero, si se concretan los planes de expandir los cultivos hacia los estados amazónicos. Es por lo tanto un excelente objetivo para Monsanto. Durante la campaña de siembra de 1998 esta empresa tenía ya lista las semillas de soya RR para ser sembradas en Brasil, pues ya contaban con la aprobación del Consejo Nacional de Biotecnología, cuando dos organizaciones (Greenpeace e IDEC) lo impidieron interponiendo un recurso legal. Hasta el momento, la siembra de transgénicos en Brasil no se ha legalizado a través de una ley sino únicamente a través de Medidas Provisionales otor gadas por el Presidente Lula, ante hechos consumados, pues desde 1998 Monsanto ha estimulado el ingreso ilegal de soya RR al Brasil, especialmente desde Argentina. El Estado más afectado por la contaminación genética es el Estado de Río Grande del Sur, a pesar de que se declaró libre de transgénicos. Monsanto estaba sembrando para el futuro. Inmediatamente después que se aprobó la medida provisional (2004), Monsanto demandó que se le pague las regalías por el uso ilegal de las semillas genéticamente modificadas de soya RR en el Brasil. Se calcula que el 30% de la soya sembrada en Brasil es RR, y la producción del 2003 fue de 49,6 millones de toneladas, lo que significa cifras muy interesantes para Monsanto, en términos de regalías.

El modelo de cobranza de las regalías para Brasil es el mismo que en Argentina, es decir, una vez que la soya llega a su destino final en el exterior. En el 2003 se cobró regalías sólo en los Estados de Río Grande del Sur y Santa Catarina. En el 2004, el cobro de las regalías se extendió a los estados de Bahía, Maranhão, Tocantins y Piauí. En el 2003, los soyeros pagaron regalías por R$ 10/tonelada; en el 2004, las regalías se duplicaron a R$ 20/tonelada.

También en Paraguay

Se calcula que el 60% de la soya producida en Paraguay es genéticamente modificada. La Asociación de Exportadores de Granos y Aceites del Paraguay llegó este mes a un acuerdo con Monsanto sobre las regalías de las semillas de soya RR. Los productores van a pagar inicialmente US$ 3 por cada tonelada métrica de soya a Monsanto. Luego de 5 años, la tasa se incrementará a US$6 tonelada.

Monsanto se ha comprometido a invertir en el mejoramiento de la calidad de las variedades de soya existentes en Paraguay; es decir, introducir el gen RR en variedades adaptadas al medio ambiente paraguayo, y desarrolladas en ese mismo país, posiblemente con fondos públicos, y posteriormente patentadas por Monsanto. Monsanto va a probar las nuevas variedades en los próximos años. Hay que señalar que la producción de soya RR en Paraguay es ilegal, no porque los agricultores no están pagando regalías, sino porque las variedades GM no han sido aprobadas1. Al igual que en Brasil, Monsanto permitió y estimuló la introducción ilegal de semillas GM al Paraguay para que una vez que estén establecidas, la empresa empiece a cobrar regalías en base a las exportaciones. Paraguay es el cuarto exportador de soya a nivel mundial, y espera producir 3,9 millones de toneladas en la zafra 2004-05.

Las maniobras de Monsanto en EEUU

En EEUU los agricultores tampoco están libres de las maniobras de Monsanto. La empresa ha sembrado el pánico en el campo estadounidense. Tiene un ejército de espías asegurándose que los agricultores no están infringiendo sus patentes. Este es el caso de Kem Ralph quien estuvo en la prisión 4 meses por infringir una patente de Monsanto. El tuvo además que pagar US$ 2,9 millones. De acuerdo al juez, Ralph le ha hecho perder a Monsanto US$ 803.402 en regalías. La corte triplicó este valor, y añadió los costos legales, los gastos prejudiciales y los intereses, por US$ 527.321. Luego la corte ordenó a Ralph a reembolsar a Monsanto US$ 104.506 por los costos en los que incurrió la corte en investigar "las mentiras de Ralph".

El argumento de Ralph fue que Monsanto mantiene un monopolio ilegal sobre las semillas de soya y algodón, pues controla el 80% de las semillas de estos dos cultivos usados en EEUU. Además, el nunca firmó un contrato con Monsanto. Como él, muchos agricultores de ese país enfrentan casos judiciales por lo que ellos consideran un derecho: guardar semillas. Los agricultores argumentan que las semillas tienen unos 50.000 genes, y que esto les da derecho de guardar las semillas. Monsanto dice tener derechos sobre las semillas, porque ha incorporado 1 ó 2 genes.

Además de las regalías, los agricultores tienen que pagar un impuesto tecnológico. Para soya el costo es de US$ 6,25 por tonelada, suficiente para sembrar un acre. Pero para algodón el costo es de US$ 23, casi tres veces más que el valor de la semilla.

Al momento Monsanto tiene 10 casos relacionados con agricultores que han guardado las semillas. Varios cientos de casos ya han sido resueltos a favor de Monsanto.

Contaminación genética y DPI

Los casos vistos hasta ahora se refieren a acciones que está llevando a cabo Monsanto con agricultores que voluntariamente están sembrando cultivos transgénicos. Mucho más escandaloso es el caso de Percy Schmeiser, cuyos cultivos de canola fueron contaminados con polen transgénico RR, por las implicaciones que podría tener esta decisión sobre todos los campesinos del mundo, cuyos campos pueden ser contaminados, pues la tecnología de Monsanto es una tecnología incontrolable.

Como en el caso de Argentina, Monsanto no había reclamado derechos sobre toda la planta, porque la legislación sobre patentes del Canadá no lo permite, pero cree tener derechos sobre toda la planta, porque sus genes están presentes en los cultivos de Schmeiser. Con este precedente, la empresa está en capacidad de amenazar legalmente a todos los agricultores por infringir sus patentes, simplemente porque cualquier pedazo de su finca puede ser el huésped de genes patentados no deseados.

¿Qué pasa con los derechos de un dueño de tierra que no tiene obligaciones contractuales con Monsanto, pero que sus plantas son infectadas con genes patentados? ¿Qué prevalece, la propiedad sobre la tierra o la propiedad intelectual de las patentes? ¿Porqué alguien que no tiene ninguna relación contractual con Monsanto tiene que estar obligado a asumir el 100% de los costos y la responsabilidad para mitigar los daños de genes patentados incontrolables? La decisión de los jueces está obligando a todo agricultor, aun cuando no han firmado ningún contrato con Monsanto, a aceptar responsabilidades legales si denuncia que ha sido víctima de contaminación genética. Esto significa que el mismo principio puede aplicarse a cualquier agricultor, a cualquier persona de campo, que siembre cualquier cultivo del que se haya desarrollado variedades GM.

¿Puede un solo evento de contaminación, convertir a los campesinos que guardan semillas contaminadas en delincuentes? Aparentemente sí. La única forma que tienen los agricultores de resolver sus problemas de responsabilidad penal es por medio de destruir sus propias semillas; todas, porque no hay manera de que los agricultores puedan distinguir entre semillas contaminadas y no contaminadas (en el caso de las semillas resistentes al herbicida Roundup, esto podría determinarse aplicando el herbicida a las plantas y ver cuales son resistentes).

Otras dudas. ¿Quién es el dueño de una planta que contiene más de un gen inadvertido? Ese tipo de plantas ya existen. ¿Qué podría pasar si nacen naturalmente sin haber sido sembradas plantas de soya, algodón o maíz transgénico entre los cultivos convencionales? ¿Quién es el responsable cuando las semillas transgénicas llegan como contaminantes en un saco de semillas de semillas convencionales?

Los campesinos mexicanos, cuyas variedades de maíz han sido contaminadas con distintos tipos de transgenes están en una posición muy peligrosa. Todas las empresas que tienen transgenes patentados relacionados con el maíz, no sólo van a exigir el pago de regalías por sus genes, sino que pueden enjuiciar a los campesinos por infringir sus patentes. Esto es teóricamente posible, si se usa el precedente de Schmeiser. Y por añadidura, todos los campesinos del mundo se verán en la obligación de destruir sus propias semillas, para no infringir una patente, y así evitar ser enjuiciados penalmente.

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Juez suspende royalties a Monsanto

El tribunal de Justicia de Rio Grande del Sur concedió eximir a la cooperativa de agricultores Tritícola Mista Campo Novo, con sede en Campo Novo a pagar royalties a la multinacional Monsanto por el uso de semillas transgénicas. Según el juez Victor Barcellos, el derecho intelectual no puede ser extendido a toda la producción, dado que la cooperativa está protegida por la Legislación de Protección de Cultivares (ley 9456/97) que preve indemnización en caso de uso de material genéticamente modificado "tan sólo a lo que atañe a material de reproducción de la planta, no se extiende, por evidente, a toda la producción de soja".

La cooperativa reúne cerca de 8.000 productores de 18 municipios del noreste gaúcho . Campo Nuevo comenzó a indemnizar a la empresa en la zafra 2003/04.

El abogado de la cooperativa afirmó que lo que se intenta es provocar una discusión sobre la ilegalidad de ese cobro y que los productores sólo aceptan pagar royalties al momento de la compra de la semilla.

Fuente: Dimetri do Valle, de la Agencia Folha en Curitiba

Referencias

- Agrolink, Internet, 5-5-03
- Agência Carta Maior, 6/11/2003
- Clark, A. 2004. So, who really won the Schmeiser Decision? Dept. of Plant Agriculture, University of Guelph, Guelph, ONTARIO ( CANADA).
- Economic Research Service. Sitio web accesado en octubre 2004.
- Europe Academies. Science Advisory Council Genomics and Crop Plant Science in Europe. May 2004.
- Gazeta Mercantil, 02/09/2004. Monsanto dobla valor de royalties
- Johnson, E. 2004. Paraguay soy producers close to Monsanto royalties deal. Dow Jones & Co, US. 14 Oct. 2004
- King, J. Heisey, P. 2003. Ag Biotech Patents: Who is Doing What? Amber Waves. The Economics of Food, Farming Natural Resources, and Rural America. USDA.
- Service. May 6, 2003
- Prestes, S. September 21, 2004 GM soybean controversy: 90% of Rio Grande do Sul harvest will be GM. Agência Brasil.
- Riveras, I. "Monsanto Brazil seeks royalties for illegal RR soy" Reuters News
- Planters Take on Monsanto Over Seed Fees and Sometimes Go to Jail. Sep. 26, 2004. GENET
- UPOV, 2003. Access to Genetic Resources and Benefit Sharing. Respuesta a una notificación del CBD.

Nota

[1] Ver en Biodiversidad 43 el artículo "En Paraguay ¡Los transgénicos son ilegales!".

La autora es integrante de Acción Ecológica, Ecuador. Este artículo ha sido extractado del boletín 116 de la Red por una América Latina Libre de Transgénicos (RALLT); por la versión completa, contactarse con ten.yoh@ovarbe

Publicado por: Revista Biodiversidad, sustento y culturas N° 44

Comentarios

02/06/2007
Sobre el articulo, por Pauli Cocco
Muy bueno el artículo, estoy llevando a cabo un proyecto de investigación sobre como los derechos de patentes sólo benefician a las empresas y como eso redunda en cuentiosos beneficios para ellas por las regalías que produce este fenómeno. El artículo ha ayudado mucho aportando información interesante. Gracias por ello!