Ante las movilizaciones y represión en Ecuador

"Las medidas tomadas por el paro y el levantamiento han sido marchas, concentraciones y el bloqueo de carreteras. Todas estas medidas han sido pacíficas y tienen como objetivo que el Gobierno escuche las reivindicaciones de la sociedad civil y en particular de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador. A pesar de ello, personas pertenecientes a pandillas violentas afines al régimen han agrediendo a los agentes de la fuerza pública, provocando la represión violenta de la policía y militares a marchas pacíficas. Estas mismas instituciones han reprimido con fuerza y violencia indiscriminada y desmedida a las personas que han estado manifestándose pacíficamente a lo largo del país."

Quito, 19 de Agosto 2015

Dra.
María Clara Martín
Directora de la Sección América Latina del
Alto Comisionado para los Derechos Humanos

Dr. Diego Zorrilla
Coordinador Regional NNUU

Dr.
José Martino
Coordinador Residente Encargado de la ONU en Ecuador
C/C Pedro Vera

Dra. Victoria Lucia Tauli Corpuz Relatora de Pueblos Indígenas
C/C Patricia Borraz Asesora

Dr. Maina Kiai
Relator Especial de la ONU sobre
la libertad de asociación y reunión pacífica

De nuestras consideraciones:

Nos dirigimos a usted por la grave situación que se vive en el Ecuador en relación a los derechos humanos en el marco del paro nacional iniciado el día 13 de agosto y el levantamiento popular iniciado el día 2 de agosto de 2015.

En el contexto de la expansión de la frontera petrolera, del desarrollo de la minería a gran escala, y otros proyectos de alto impacto socio ambiental, y la restricción a los derechos sociales básicos. El Estado ecuatoriano ha violado sistemáticamente los derechos de asociación, libre expresión, derecho a la protesta, derecho a la defensa, derecho al debido proceso, derecho a la auto determinación, entre otros, y se ha criminalizado, amenazado, hostigado y desprestigiado a defensores y defensoras de estos derechos. Dentro de la crisis institucional y de legitimidad en la que se encuentra el régimen, el Gobierno ha propuesto canales de diálogo controlados y restringidos tanto en los temas a tratar como en las personas y organizaciones invitadas al diálogo. Por ello, se convocó a un paro y levantamiento indígena nacional pacífico. Sin embargo, la represión del Estado sobre estas medidas ha sido desproporcionada y varios derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales y en la Constitución han sido sistemáticamente violados.

Las medidas tomadas por el paro y el levantamiento han sido marchas, concentraciones y el bloqueo de carreteras. Todas estas medidas han sido pacíficas y tienen como objetivo que el Gobierno escuche las reivindicaciones de la sociedad civil y en particular de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador. A pesar de ello, personas pertenecientes a pandillas violentas afines al régimen han agrediendo a los agentes de la fuerza pública, provocando la represión violenta de la policía y militares a marchas pacíficas. Estas mismas instituciones han reprimido con fuerza y violencia indiscriminada y desmedida a las personas que han estado manifestándose pacíficamente a lo largo del país.

Hasta el momento, en el marco del paro nacional y levantamiento popular, más de 130 personas han sido detenidas durante las manifestaciones y muchas más heridas por la policía y militares, muchas de ellas menores de edad y personas adultas mayores.

Las personas ha sido detenidas arbitraria e ilegalmente ya que no se encontraban cometiendo ningún delito, como por ejemplo Manuela Picq, periodista y académica franco-brasilera, esposa del Presidente de la ECUARUNARI, Carlos Pérez, y Margoth Escobar, defensora de los derechos humanos, y derechos colectivos y de la naturaleza, de 61 años de edad, que fueron detenidas y golpeadas por la policía sin haber cometido ningún delito. Asimismo, varias personas detenidas y agredidas físicamente nunca fueron puestas a orden de un juez competente, como Salvador Quishpe, Prefecto de la Provincia de Zamora, y Carlos Pérez.

Además, a muchas de las personas detenidas se les ha negado el derecho a un debido proceso. Por ejemplo, a Manuela Picq se le negó el derecho a presentar una acción de protección frente a un juez competente y a Margoth Escobar, que se encontraba hospitalizada por los golpes que le propició la policía, se le transfirió la audiencia judicial al hospital para dictarle prisión preventiva de 30 días.

En los procesos penales iniciados contra muchas de las personas detenidas, se está sistemáticamente haciendo, y el delito de sabotaje y terrorismo, un uso abusivo del derecho penal y se les está acusando de ataque o resistencia, como está tipificado en el artículo 283 del Código Orgánico Integral Penal. El uso abusivo del derecho penal por parte del Gobierno ecuatoriano, en particular como una forma de criminalización de defensores y defensoras de los derechos humanos, ha sido denunciado reiteradamente en instancias internacionales y los hechos más recientes confirman las preocupaciones al respecto.

De forma distintivamente preocupante, cabe señalar que las agresiones contra personas en custodia policial o militar que se han dado, pueden constituir malos tratos, según se entiende en la Convención contra la Tortura, ratificada por el Ecuador, y están absolutamente prohibidos por la Constitución en su artículo 66.3 y el derecho internacional de los derechos humanos. Los atentados contra la integridad personal de una persona privado de su libertad constituye una violación grave a los derechos humanos y el Estado ecuatoriano tiene la obligación de investigar y sancionar a las personas responsables.

En particular, se conoce de agresiones discriminadas contra mujeres en el marco de las protestas y al momento de las detenciones. Es particularmente preocupante que se haya procedido a agresiones físicas a niñas, mujeres adultas mayores, mujeres embarazadas, madres de niños lactantes quienes se encuentran en prisión preventiva por 30 días esperando a ser juzgadas, y que se criminalice a mujeres pareja de defensores de los derechos humanos, derechos colectivos y de la naturaleza. Esto se da en un contexto de criminalización, hostigamiento, amenazas y desprestigio sistemáticos a mujeres defensoras desde hace algunos años. Casos emblemáticos como el de Esperanza Martínez, Paulina Muñoz, Margoth Escobar.

Cabe mencionar que el hostigamiento, la violencia y las agresiones tiene una particular direccionalidad en contra de los pueblos y nacionalidades indígenas, por ejemplo al detener a las mujeres les son arrancadas sus vestimentas tradicionales.

Por otro lado, el día 16 de agosto, por decreto ejecutivo, el Presidente Rafael Correa decretó el estado de excepción en todo el territorio nacional por el aumento de la actividad del volcán Cotopaxi en los Andes centrales. El Decreto 755 le concede poderes extraordinarios como el uso de todos los miembros de la fuerza pública, utilización de fondos públicos, suspensión "de los derechos constitucionales la inviolabilidad de domicilio, de tránsito, de reunión, y de correspondencia" y censura previa de los medios de comunicación, en el exclusivo marco del la emergencia de la erupción del volcán Cotopaxi. No obstante, en el territorio del pueblo indígena Kichwa Saraguro, Provincia de Loja al Sur del país y muy lejos del área de afectación del volcán, la policía y los militares han utilizado dicho Decreto para el allanamiento de viviendas sin orden judicial, es decir violando el artículo 66.22 de la Constitución, de personas que no han participado en las manifestaciones, y detener y golpear a sus ocupantes.

En este sentido, es de excesiva preocupación que las fuerzas armadas se encuentren ejerciendo la fuerza sobre la población civil desde hace ya varios años y en particular en días recientes. Últimamente han actuado en las movilizaciones conduciendo detenciones de civiles, como en la Provincia de Morona Santiago, Pastaza, Orellana, Cañar, Cotopaxi, Azuay, Imbabura, Loja, cuando no se les reconoce esas competencias constitucionales (artículo 158) y ha sido reconocido reiteradas veces en el derecho internacional que las fuerzas armadas no deben realizar labores de seguridad interna del Estado.

Igualmente, el derecho a la protesta pacífica está reconocido en el artículo 66.13, 95, 96, 97, 98 y 99 de la Constitución y en instrumentos internacionales de derechos humanos. Sin embargo, la práctica estatal ha sido el reprimir y criminalizar a personas que hacen un uso efectivo de este derecho, en particular a defensores y defensoras. Los eventos recientes son un ejemplo más de esta violación sistemática a un derecho fundamental en una sociedad democrática.

Por la gravedad de los hechos aquí expuestos se puede concluir que el Estado ecuatoriano está violando sistemáticamente el derecho a la protesta social, el derecho a no ser privado arbitraria o ilegalmente de la libertad, el derecho a no ser sometido a la tortura y otros malos tratos, el derecho al debido proceso, a la libre circulación, además del uso progresivo de la fuerza, está utilizando a la fuerza militar en labores de seguridad interna, está haciendo un uso abusivo del derecho penal y criminalizando a defensores y defensoras de los derechos humanos, derechos colectivos y de la naturaleza. Asimismo, el Estado ecuatoriano se encuentra agrediendo de forma discriminada a mujeres defensoras y desvirtuando los objetivos del Decreto 755 que declara el estado de emergencia nacional.

Por todo lo aquí expuesto, se le solicita urgentemente:

Que condene la violencia desmedida, sistemática y arbitraria con la que el Estado ha agredido y criminalizado a defensores y defensoras y en general a las personas que han participado en el paro y levantamiento indígena.

Que exija al Gobierno ecuatoriano el cese inmediato de todas las agresiones contra los y las participantes en el paro y en particular contra defensores, defensoras, mujeres y pueblos y nacionalidades indígenas.

Que reclame al Gobierno ecuatoriano el respeto de los derechos humanos reconocidos en la Constitución e instrumentos internacionales, en particular el derecho al debido proceso, a la protesta social, a la libre asociación, libertad de expresión, protesta pacífica, libre circulación, a no ser sometido a tortura y otros malos tratos, a no ser detenido arbitraria o ilegalmente.

Que demande al Gobierno el cese del uso abusivo del derecho penal y de la criminalización, hostigamiento, amenazas y desprestigio de defensores y defensoras y de líderes de pueblos y nacionalidades.

Que exhorte al Gobierno a que se restrinja el uso del Decreto 755 que declara el estado de emergencia nacional a su ámbito exclusivo de aplicación, la actividad del volcán Cotopaxi.

Que exija al Estado actúe conforme a sus obligaciones constitucionales e internacionales e investigue y sancione a los y las responsables de todas estas violaciones en el marco de los eventos recientes.

Que soliste al gobierno de Ecuador que cese la militarización contra los pueblos indígenas y sus habitantes.

Que solicite una observación especial al gobierno por los hechos ocurridos en contra de los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas en el Ecuador.

Que se exija al Estado la reparación de los daños causados. Agradecemos su pronta atención a nuestras demandas urgentes.

Atentamente:

Las Mujeres del Levantamiento Nacional

Katy Betancourt

Dirigenta de Mujeres de CONAIE

Carmen Lozano

Dirigenta de Mujer de ECUARUNARI

Catalina Chumpi

Presidenta de COMNAP

Patricia Gualinga
Dirigenta de Relaciones Internacionales de SARAYAKU

Nina Pacari

Consejo Político de Sabios de CONAIE

Blanca Chancosa

Consejo Político de Sabios de ECUARUNARI

Rocío Rosero

Coordinadora de la Coalición Nacional de las Mujeres de Ecuador

Lizi Ernesth

Coordinadora del Colectivo Nosotras

Ivonne Ramos

Saramanta Warmikuna

Ana Cristina Vega

Colectivo Surkuna

Omari Yeti

Dirigente de Territorios de las mujeres Huaorani

Maria Ushigua

Presidenta de la comuniada Sapara de Llanchama Cocha

Sisa García Parra

Mujeres de Frente

Liseth Coba
Revista Feminista Flor del Guanto

Elizabeth Arauz

Foro de Salud

Virginia Gómez de la Torre

Frente de Mujeres por los derechos sexuales y reproductivos

Ena Santi

Dirigenta de Mujeres de Sarayaku

Christiane d´ Espinay

Concha Batukeada

Norma Bayas

Josefina Lema

Pueblo Otavalo

Zoila Castillo

Dirigenta de Territorios Cuenca Bobonaza

Rosa Calosama

Manuela Loja

Castro Margarita Armijos

Carmen Guatemal

Tamia Lema

María Andrade

Vicenta Minga

Hilda Santi

Lizy Guayasamin

Belén Páez

Nidia Arrobo

Pueblo Indio

Ines Cotacachi

Lilian Herrera

Esperanza Martínez

Yasunidos

Paulina Muñoz

Ecuador Decide

Aurora Donoso

Ivonne Yánez

Gabriela Ruales

Yasunidos

Carla Kalapaki

María Paz Ordoñez

Estefi Altamirano

Coordinadora Juvenil por la Equidad de Género

Carla Vega

Dolores Garcés

Judith Flores

Mujeres Populares y Diversas

Grace Guerra

María José Plaza

Lotty Andrade

Antonela Calle

Yasunidos

Fuente: Oilwath

Temas: Criminalización de la protesta social / Derechos humanos

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