De un vistazo y muchas aristas: primero la semilla

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Foto de Paula Cruz.

Esta vez, dedicamos nuestra sección a entender algunos aspectos de la urgencia corporativa por acaparar las semillas: su perfil, su producción, su “protección”, su propiedad intelectual, su utilización, su intercambio, su identidad. Todo empezó en los años ochenta con la oleada de control internacional por parte de gobiernos y corporaciones. Según ellos, decidieron “proteger” las semillas para la alimentación y la biodiversidad silvestre: las variedades de plantas, animales y seres que crecen en bosques, praderas y desiertos. En realidad, ahora lo entendemos, comenzaba una disputa. 

Las corporaciones buscaron controlar las llaves de la reproducción de la vida: las semillas y los materiales vegetativos que permitieran producir alimentos a nivel industrial y en gran cantidad. Buscaron acabar con la agricultura independiente. Quisieron controlar igualmente los materiales vegetales para producir medicamentos, fragancias, combustibles y otros derivados.

También se establecieron convenios sobre los saberes tradicionales, los objetos del diario vivir y hasta los símbolos culturales que distinguen a cada pueblo originario o población local.

Aquí compartimos algunos acontecimientos que van configurando la pugna actual por las semillas:

La Organización de Agricultura y Alimentación de Naciones Unidas (conocida como FAOadoptó en 2001 el documento conocido como Tratado Internacional de Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación (TIRFAA) que entró en vigencia en 2004: un acuerdo firmado por casi todos los países para el manejo y control de las semillas.

En 1992 se firmó el Convenio de Diversidad Biológica que, según sus objetivos, no sólo habría de proteger a todos los seres vivos promoviendo su adecuado aprovechamiento, sino que establecía reglas para que los pueblos y las comunidades recibieran una “distribución justa y equitativa” por su utilización. Peroadoptar el CDB, somete a los países firmantes a las reglas de juego del comercio mundial, disparejas por naturaleza. La soberanía de los Estados sobre sus recursos biológicos se transforma en un mito, ya que ésta se vería muy limitada por algunas cláusulas. Realmente es una trampa hueca proponer una supuesta “distribución justa y equitativa de los beneficios de los recursos genéticos”, y hace que uno se pregunte: ¿tenemos que darles acceso pleno a lo que es nuestro y, después de que ustedes lucren a sus anchas, lo repartirán “justa y equitativamente”?, ¿a quién? ¿Cómo se define el sujeto que posee esos recursos? Supuestamente el Protocolo de Nagoya (PN), parte del CDB, se encargaría de concretar el acceso a los recursos genéticos y la supuesta participación justa y equitativa de beneficios. Con el CDB la biodiversidad ya no sería un legado o “patrimonio” de la humanidad sino un “recurso” bajo la soberanía de cada Estado. Quien investigara ya no podría entrar como “Pedro por su casa” para obtener los materiales deseados. Se requerirían “permisos de acceso” por parte de los Estados y hacer contratos. Extraer nuevos recursos de un país rico en biodiversidad y llegar a un producto industrial sería un proceso lento. Los costos y sobre todo las ganancias sólo podrían asegurarse con derechos de propiedad intelectual (DPI).

Colectivo de Semillas (Grupo Semillas, Red de Coordinación en Biodiversidad y GRAIN), para la Alianza Biodiversidad “Convenio de Diversidad Biológica y Protocolo de Nagoya”, por publicar...

Vietnam se unió a UPOV en 2006. Hoy es el niño símbolo para lo que UPOV quisiera alcanzar en Asia y, a menudo, es sede de intercambios para países como Tailandia e Indonesia que están tratando de armonizar sus leyes con UPOV.

Antes de unirse a UPOV, casi 100% del mejoramiento de semillas del país estaba en manos del sector público. Diez años después, la industria de semillas en Vietnam está muy consolidada, con ocho compañías que dan cuenta de 80% del mercado del país. La mayoría son compañías semilleras transnacionales, como Syngenta, Monsanto y la japonesa Sakata. Como resultado, los agricultores en pequeña escala enfrentan un nada fácil desafío cuando tratan de distribuir su propia producción de semillas.

En el Delta del Mekong, donde está localizada la mitad de la producción de arroz del país, la mayoría del mejoramiento de semillas es realizado por pequeños agricultores. Los agricultores se organizan ellos mismos en lo que ellos llaman “clubes de semillas” para producir y distribuir semillas entre ellos mismos. En 2008, se vio que en el Delta había unos 300 clubes de semillas operados por agricultores, suministrando más del 16% de las semillas locales de arroz (mientras que sólo el 3.5% proviene del sistema formal). Las semillas de las nuevas variedades de arroz producidas por los agricultores son más diversas, más baratas y permiten destinar ingresos para el  sustento y les brindan habilidades. Bajo la ordenanza de semillas de Vietnam de 2004, los agricultores que produzcan cultivos comestibles no necesitan certificación para distribuir o vender sus semillas, aunque tienen que garantizar, por sus propios medios, la calidad de las semillas.

GRAIN, “Asia bajo la amenaza de UPOV 91”, 11 de diciembre de 2019 www.grain.org/es/article/6375

¿Qué implica que las variedades de semillas locales, criollas y campesinas tengan que registrarse y certificarse?

Si una persona campesina quiere vender o intercambiar una de las muchas semillas que puede tener en su parcela tendría queregistrarse o inscribirse como persona productora de semillas. Registrar la variedad o las semillas. Para esto, se requiere ponerle un nombre a la variedad de semilla a registrar (denominación propia). Que la semilla cumpla con ciertos requisitos, como que sea homogénea, estable (que al reproducirse siga siendo igual a la anterior y supuestamente con las mismas características) y distinguible (diferente a otras). Estos requisitos pueden cumplirlos las semillas industriales pero no las variedades criollas o campesinas. Se exije que cumpla con otras características que se conocen como de “valor agronómico o de uso” por ejemplo, tamaño, resistencia a la sequía, color.

Sólo una vez cumplidos todos estos requisitos, la Oficina de Semillas podrá extender el certificado correspondiente y la semilla podrá comercializarse. Si no se cumplen estos requisitos, una persona no podría comercializar legalmente sus semillas, y el Servicio Nacional de Certificación de Semillas (Senasem) podría multarla. Además, Senasem podría inspeccionar, remover, muestrear o retener semillas en cualquier etapa del proceso de producción.

No se sabe cuánto costarían estos trámites, o a cuáles empresas habría que contratar para superar esos procedimientos. Pero además, la práctica histórica de compartir, intercambiar y enriquecer colectivamente las semillas, sin necesidad de inscribirlas en ningún registro ni de pedir permiso al gobierno para hacerlo, se convertiría en un delito.

Red de Coordinación en Biodiversidad de Costa Rica. “Un proyecto de ley amenaza a las semillas, 3 de julio de 2018.

En los años sesenta surgió el llamado Convenio UPOV(de la Unión para la Protección de las Obtenciones Vegetales), que protege a los “innovadores” más que a los depositarios ancestrales de las semillas y los cultivos. Este convenio tuvo poco éxito hasta que fue impuesto con el apoyo de los tratados de libre comercio en los años noventa.

Hoy crece la presión sobre los países de Asia para que se integren a la UPOV o, al menos, pongan en práctica las reglas conocidas como UPOV 91 (nombradas así por el año en que fueron modificadas la última vez). Esto ocurre tanto en conversaciones comerciales bilaterales, como aquéllas entre la Unión Europea e India (TLC UE-India), o en las negociaciones regionales encaminadas a concretar la Asociación Trans Pacífica (TPP) o la Asociación de Cooperación Económica Integral Regional (mejor conocida como RCEP por sus siglas en inglés).

El TPP —firmado en 2016 por Australia, Brunei, Chile, Nueva Zelanda, Perú, Singapur, Vietnam, Japón y Malasia, ubicados en la zona de Asia y el Océano Pacífico—, indica que los miembros pueden continuar excluyendo plantas y animales de sus leyes de patentes, como lo permite la OMC, pero deben unirse a UPOV 91 y conceder derechos de obtentor sobre invenciones “derivadas de plantas”. Los gobiernos de Tailandia, Filipinas e Indonesia han expresado su interés en unirse también a este acuerdo comercial. Las negociaciones que se han filtrado, entre 2014 y 2015, muestran que Japón y Corea del Sur presionan fuerte por un acuerdo que obligue a los signatarios a unirse a UPOV. En Asia, sólo Australia, China, Japón, Nueva Zelandia, Corea del Sur, Singapur y Vietnam son miembros de UPOV. Esto podría significar que India y otros ocho países del Sudeste asiático tendrían que aceptar y eliminar o restringir severamente los derechos de los agricultores de guardar, producir e intercambiar semillas. Fue tal la resistencia y presión de las organizaciones campesinas y de varios grupos de la sociedad civil que esta disposición fue eliminada del texto de la negociación. Poco después, India se retiró de las conversaciones por completo.

Esto evidencia un contexto de negociaciones bilaterales donde es inevitable que UPOV sea parte de las presiones. Esto es especialmente cierto en las negociaciones que involucren a gobiernos europeos como los de la Unión Europea, el Reino Unido post Brexit y la Asociación Europea de Libre Comercio. ¿Cuál es la situación actual, en terreno, a medida que los países son presionados para unirse a UPOV y poner fin a la práctica de  guardar de semillas en los campos?

GRAIN, “Asia bajo la amenaza de UPOV 91”, 11 de diciembre de 2019 www.grain.org/es/article/6375

Según un nuevo informe de la Comisión Europea, los derechos de propiedad intelectual que se infringen en todo el mundo les cuestan a las firmas europeas miles de millones de euros en dividendos perdidos y ponen en riesgo miles de empleos. El documento Report on Protection and Enforcement of Intellectual Property Rights (IPR) in Third Countries identifica tres grupos de “terceros países” en los que la Unión Europea debe enfocar su acción: China, India, Indonesia, Brasil, Ecuador, Malasia, Nigeria, Arabia Saudita y Tailandia.

Por primera vez se dedica un anexo a la protección y medidas de cumplimiento de los derechos de las variedades de plantas. Esto lo justifica la Comisión Europea por la importancia de “proteger” variedades en el contexto de los desafíos ambientales, y por el alto índice de incumplimiento de los derechos de propiedad intelectual. Según el informe muchas de las variedades de la Unión Europea cuentan con una pobre protección y sufren “abusos en los terceros países, lo que ocasiona importantes pérdidas económicas para los obtentores europeos y la pérdida de incentivos para ulteriores investigaciones e inversiones en esta área”.

El informe subraya que los obtentores europeos enfrentan problemas de protección y cumplimiento agrupados del modo siguiente: “falta una legislación relativa a los derechos a variedades vegetales (pues o no concuerdan con la versión 1991 del Convenio UPOV o hay ausencia de membresía UPOV); dificultad para instrumentar procedimientos administrativos eficaces por parte de las autoridades nacionales designadas; y ausencia de un sistema eficaz para recaudar regalías y hacer cumplir las medidas de protección nivel judicial y administrativo”.

New European Comission Report on Protection and Enforcement of Intellectual Property Rights (IPR) in Third Countries, Commission Staff Working Document, 20 de enero de 2020.

Sólo es cuestión de tiempo para que China se incorpore oficialmente a UPOV 1991

 Esto tendrá serias consecuencias para los países que participan en conversaciones comerciales con China, o aquellos que forman parte de la iniciativa de la Franja y la Ruta, pues es muy probable que Beijing exija a los otros países adherir a UPOV 1991.

De acuerdo al censo de China de 2010, la mitad de la población reside en áreas rurales. El país tiene una rica historia de campesinos y campesinas que guardan y resiembran sus semillas. Pero con la creciente industrialización de la agricultura y la promoción de los híbridos, las variedades tradicionales están siendo reemplazadas por las semillas comerciales. China es el mercado de semillas más grande del mundo, con casi 12 millones 500 mil toneladas de semillas sembradas al año.

Con su regulación de protección de variedades vegetales del país, de 1997, China permite a los agricultores guardar y reutilizar las variedades protegidas, sin pagar derechos de uso, con la condición de que las utilicen en la propia finca. Los agricultores no pueden intercambiar o vender estas semillas. En 2013, se modificó ligeramente la regulación que protege variedades vegetales. En 2015, se revisó una ley de semillas más amplia y ahora incorpora la regulación de protección de variedades vegetales de 2013.

En 1999, China se adhirió al Convenio UPOV de 1978. Pero desde que esta nueva ley de semillas entró en vigencia, China ha estado bajo presión por parte de las compañías semilleras para que se actualice a UPOV 1991. Al mismo tiempo, se fusionaron varias de las principales semilleras, lo que incluye la compra de Syngenta —la tercera compañía de semillas más grande del mundo— por parte de ChemChina. Rara vez China ha visto una oposición abierta a una estrategia corporativa patrocinada por el Estado. No obstante, esta fusión tuvo la oposición de parte de cientos de personas que consideraban que el acuerdo conduciría a la siembra de organismos modificados genéticamente en todo el país, socavando la agricultura china y su soberanía alimentaria.

Según una encuesta de la Universidad Agrícola de China, más y más agricultores chinos compran semillas en el mercado en vez de usar semillas guardadas. Hoy China tiene 4 mil 300 compañías de semillas certificadas, y las 50 principales representan 35 % del mercado nacional. Conforme el sector comercial toma el control, el precio de las semillas sube. Los agricultores que comparten o intercambian semillas de variedades vegetales protegidas, en violación a la ley, rara vez son demandados porque no pueden pagar las multas. Pero, recientemente, se propuso considerar como delito penal el no respetar los derechos de los fitomejoradores. Ahora se busca simplificar los procedimientos para que sean sometidos a juicio más agricultores que vendan semillas ilegalmente.

GRAIN, “Asia bajo la amenaza de UPOV 91”, 11 de diciembre de 2019 https://www.grain.org/es/article/6375

¿Qué decía el dictamen que intentaba modificar la ley de semillas de Argentina?

1. Permite que se reconozca como “creación fitogenética u obtención vegetal” al material vegetal obtenido por descubrimiento, lo que convalida la posibilidad de apropiación de las semillas criollas y nativas. Las semillas agrícolas no puede ser “descubiertas” pues todas son creación colectiva de los pueblos. Cualquier semilla presentada como descubrimiento ha sido robada a alguna comunidad campesina o indígena que la desarrolló. La Ley intenta legalizar la biopiratería, es decir, el robo de la naturaleza.

2. Refuerza el poder de policía que el Instituto Nacional de Semillas (Inase) tiene para velar por los intereses de las empresas. Ante cualquier pedido de las empresas que consideren que están siendo vulnerados sus derechos de propiedad intelectual, el instituto podrá acceder a cualquier cultivo o producto de la cosecha en cualquier lugar en que se encuentre, y disponer de la toma de muestras en cualquier etapa de la cadena de producción. Propone una composición del Inase en la que la mayoría de sus integrantes son del sector privado. Incluso la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE), sindicato que siempre ha defendido los intereses patronales, es un apoyo central de la política privatista de este Instituto. Así, el Estado y el sector privado son socios en detrimento del derecho de uso propio de los agricultores.

3. Para los controles, establece que el Inase tiene la “facultad exclusiva de fijar los umbrales mínimos de detección de tecnología que habilitarán la percepción de cargos por derechos de propiedad intelectual”. Esto posibilitaría que se le reclame derechos de propiedad intelectual a un productor cuyo campo fue contaminado con transgénicos por el polen de otro productor, si el Inase fijara bajos “umbrales mínimos de detección de tecnología”.

4. Cambian el Derecho de Uso Propio de los Agricultores por el Derecho de Obtentor como eje de la agricultura argentina. El proyecto explicita que el titular del derecho de una variedad protegida podrá requerir el pago correspondiente a quien reserve y utilice semilla para su uso propio en cada propagación o multiplicación posterior. Salvo, para el caso de los considerados “agricultores exceptuados”: productores de agricultura familiar inscriptos en la Renaf (Registro Nacional de la Agricultura Familiar), pueblos originarios y quienes se encuentren en los parámetros de facturación que la normativa fija para la categoría de micropyme. El proyecto NO exceptúa del pago de Derechos de Propiedad Intelectual a ningún productor que produzca materias primas o alimentos a partir del cultivo de creaciones fitogenéticas. [nota de Biodiversidad: el dictamen finalmente perdió estado parlamentario el 10 de diciembre de 2019, pero compartimos su análisis porque es aplicable a otras tantas leyes de semillas que se intentan imponer].

Multisectorial contra la Ley Monsanto de Semillas, “Las organizaciones populares de Argentina dicen ¡No a la Ley Bayer-Monsanto de Semillas, 21 de noviembre de 2019. biodiversidadla.org

En 2019, se desarrolló en India un intenso debate acerca de las disposiciones sobre los derechos
 de los agricultores

PepsiCo India presentó una demanda legal contra once agricultores de Gujarat que sembraron variedades protegidas de papa de PepsiCo y vendieron el producto sin pagar derechos. La compañía quería que los agricultores pagaran por daños un monto entre los 28 mil y 140 mil dólares. Esto provocó una enorme reacción y PepsiCo retiró sus demandas.

Durante el enfrentamiento legal, grupos de la sociedad civil descubrieron que el gobierno estaba buscando alinear algunas disposiciones de la ley con UPOV 91 y unos pocos meses más tarde publicó un borrador de proyecto de ley de semillas 2019 para ser debatido. Analizando el texto, parece haber una presión creciente sobre el gobierno de India para ingresar a UPOV o cumplir con sus disposiciones, con tal de capturar el mercado semillero, de rápido crecimiento en el país, ubicado en 4 mil 100 millones de dólares en 2018.

En forma semejante a China, la industria semillera de India tiene también grandes ambiciones y pretende expandirse en el sur y el sudeste asiático. La Asociación Nacional de Semillas de India señaló: “El gobierno de Modi debería encabezar la creación de un sistema universal, basado en los derechos de los obtentores, con tal de proteger los derechos comerciales de nuestros obtentores”. Debido a que India está ahora (re)iniciando negociaciones comerciales con Estados Unidos y la UE, quienes a  menudo exigen a sus socios comerciales hacerse miembros de UPOV, las organizaciones campesinas y de la sociedad civil están en alerta máxima.

GRAIN, “Asia bajo la amenaza de UPOV 91”, 11 de diciembre de 2019 www.grain.org/es/article/6375

Desde la exposición de motivos se invoca como argumento el “brindar certeza jurídica a la propiedad intelectual de las innovaciones y la investigación y la transferencia de tecnología en materia de variedades vegetales”, haciendo “necesaria la adopción de las disposiciones del Acta de 1991 de la UPOV conforme a las realidades de nuestro país”. La parte punitiva viene cuando afirma: “es indispensable fortalecer las sanciones por violaciones a la ley para reducir la piratería de semillas, el uso de semilla ilegal y el engaño y el daño a los agricultores causados por estos efectos”. Propone además sanciones económicas graves y requisar las semillas supuestamente infractoras.

Esto llanamente significa que buscan criminalizar toda aquella semilla que no tenga certificaciones, registros, facturas. Buscan cercar los bienes comunes de tal suerte que si se cuenta con variedades campesinas de uso común (las que supuestamente no tienen que ver con la LFVV ni con la reforma propuesta o que estarían protegidas), al no poder demostrar su procedencia (en los términos establecidos por sus propias regulaciones), pueden ser calificadas de “piratas” y como tal sancionar a quien las utilice, aunque sean los verdaderos cultivadores ancestrales de tales semillas.

Así, contrariamente a lo expresado en la exposición de motivos, estas reformas abren las puertas a la privatización y expropiación de la biodiversidad nativa agrícola y silvestre de México.

En el texto de la iniciativa los partidarios de la privatización de las semillas afirman que las variedades de uso común no se pueden privatizar porque no se conceden derechos de propiedad sobre lo que no es “distinto” o “nuevo”, sobre lo que no se ha “reclamado”. Insisten en que las variedades “notoriamente conocidas” no califican para privatizar.

Pero lo “notoriamente conocido” no se refiere a lo que la gente común o los campesinos conocen, sino a lo que la industria semillera, los institutos o los funcionarios de la propiedad intelectual reconocen. Entonces todo aquello no reconocido por ellos puede ser privatizado. En este galimatías del pensamiento y a nivel jurídico nos quieren enredar.

Se pretende establecer derechos de propiedad intelectual, derechos de obtención, para reclamar como propiedad todas aquellas variedades que supuestamente “obtuvieron” los laboratorios de las empresas. Pero todo lo que ellas hacen está basado en lo que han venido haciendo campesinas y campesinos del mundo entero por generaciones y generaciones en conversaciones colectivas permanentes y siempre cambiantes. Que un puñado de empresas hayan decidido proteger lo que ellas dicen haber “obtenido” es siempre un robo y no les da derecho a intentar criminalizar todo lo que caiga fuera de su registro y certificación.

Red en Defensa del Maíz, “No a la privatización de las semillas, no a la Ley de Variedades vegetales”, biodiversidadla.org, 29 de noviembre de 2019

Al igual que otros países asiáticos, Indonesia también enfrenta grandes presiones para unirse a UPOV

 Campesinas y campesinos se preocupan de que UPOV solamente reconozca y promueva la homogeneidad en las semillas y, en consecuencia, también en homogenizar los modos del cultivo. Esto trae aparejada la erosión genética y la vulnerabilidad al ámbito del campesinado. Si se le compara con los cuatro países de la Asociación Europea de Libre Comercio, Indonesia tiene mayor biodiversidad en sus cultivos y sistemas de agricultura. Campesinas y campesinos temen también que los cambios necesarios para cumplir con UPOV 1991 aumenten la criminalización de los agricultores que simplemente mejoran y comparten sus propias semillas. Aun sin UPOV, los campesinos de Indonesia ya luchan por tener la posibilidad de criar y distribuir sus semillas.

En Indonesia, entre 2003 y 2010, cuando menos 14 agricultores fueron demandados por compañías semilleras multinacionales por, supuestamente, infringir sus derechos de propiedad intelectual sobre semillas. En el caso de PT BISI, una subsidiaria de Charoen Pokhpand de Tailandia, los agricultores fueron arrestados y algunos tuvieron que estar meses en prisión, a pesar de la falta de evidencia por parte de la compañía. En casi todos los casos, los agricultores no tenían representantes legales para acompañarlos en las cortes y la mayoría de ellos no entendía por qué estaban siendo acusados por lo que ellos y sus familias han hecho por mucho tiempo.

Tras estas demandas legales, una coalición de campesinos, grupos de la sociedad civil y abogados llevaron el caso a las cortes constitucionales en septiembre de 2012, argumentando que la ley de cultivos vegetales trataba de manera injusta a los campesinos  y quienes mejoran variedades, cual si fueran grandes empresas comerciales. La corte dictaminó que tres artículos de la ley eran, de hecho, inconstitucionales. Esta decisión significó que los campesinos ya no tendrían la necesidad de un permiso del gobierno para recolectar, producir su propia semilla y distribuirla.

GRAIN, “Asia bajo la amenaza de UPOV 91”, 11 de diciembre de 2019 www.grain.org/es/article/6375

¿Quiénes tomaron las decisiones a nombre de cada país en los pactos y convenios de semillas?

Por supuesto no fueron ni representantes de los pueblos originarios ni del campesinado; tampoco los ecologistas ni los grupos de mujeres o la población en general. Son los representantes de los gobiernos quienes acuerdan y deciden. Los documentos que discuten recogen las posiciones e intereses de las corporaciones que controlan la economía global; no son públicos sino hasta que ya fueron “cocinados”.

Es necesario enterarnos qué dicen tales acuerdos pactados en nuestro nombre sin que lo sepamos. Tenemos que entender cómo defender nuestros territorios y todo lo que en ellos existe incluyendo culturas y saberes. Con sus cuidados, aprovechamiento, y convivencia comunitaria.

Es importante aclarar que los pactos, sean convenios, tratados o acuerdos, al ser ratificados por los Estados adquieren un rango superior a las leyes nacionales, sólo por debajo de las constituciones y a veces igualados a algunas de éstas. Cualquier ley nacional o reglamento que se le oponga debe reformarse para adaptarse. Entre la gran cantidad de acuerdos y regulaciones surgieron pactos relacionados directamente con los llamados recursos biológicos:

TIRFAA está relacionado con las especies domesticadas, afirma proteger las colecciones de biodiversidad agrícola de 64 especies, pero en realidad es un instrumento que legaliza la biopiratería de estos bienes comunes, por parte de los “fitomejoradores” y las transnacionales.

También el Convenio de la Unión Internacional de Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV) que estableció los privilegios de los agricultores tecnificados, acomodados, y de las corporaciones: los “derechos de los fitomejoradores”, de los supuestos “innovadores”. La versión 1991 elimina el derecho de los agricultores a guard-ar e intercambiar semillas privatizadas, e incluso las ancestrales por considerarlas “piratas”.

Colectivo de Semillas (Grupo Semillas, Red de Coordinación en Biodiversidad y GRAIN), para la Alianza Biodiversidad “Pactos internacionales que someten los bienes comunes de la biodiversidad”, por publicar

Tailandia adoptó una ley de protección de las variedades vegetales en 1999 para cumplir con la OMC

 La ley se diseñó a partir de la UPOV, pero deja más libertad para los agricultores. Se les permite resembrar semillas de variedades protegidas que se guarden de una temporada a otra, pero solamente en sus propias tierras. Esto significa que no se permite ningún intercambio o venta. Para algunos cultivos, hay una limitación en la cantidad de semillas que se puede resembrar. Y existe una regla: que los fitomejoradores deben compartir las ganancias con la fundación Plant Varieties Protection Fund, operada por el Estado. Se dice que la ley permitió a la multinacional tailandesa Charoen Pokphand, junto con las corporaciones globales de semillas como Monsanto, Cargill y Pioneer, ganar control sobre el mercado, en particular sobre las semillas de maíz, pero también de otros cultivos anuales.

Pese al creciente control corporativo, muchos campesinos  y grupos campesinos son capaces de producir semillas de arroz y maíz de buena calidad para su propio uso y para sus colectivos. Algunos agricultores han creado empresas de semillas comunitarias. Un movimiento llamado “Freedom Seeds”, creado en 2011 por la Red de Agricultura Alternativa [Alternative Agriculture Network], es capaz de producir 100 toneladas anuales de variedades de arroz jazmín y tradicional. Cada año, antes de que comience la temporada de siembra del arroz, Freedom Seeds lleva a cabo un intercambio de semillas de manera que los campesinos puedan comprar, vender o intercambiar semillas. Otra empresa comunitaria de semillas, Praaw Farmer Seeds Enterprises, creada hace 20 años por un agricultor en Chiang Mai, es capaz de producir híbridos de maíz de alto rendimiento que actualmente tienen un 10% del mercado de semillas de maíz. Estas empresas de semillas comunitarias han mostrado que las comunidades pueden obtener valor de sus habilidades como agricultores. La producción de semillas es una buena oportunidad para la diversificación de los ingresos en las áreas rurales.

En 2017, el Departamento de Agricultura de Tailandia propuso silenciosamente una modificación a la ley de 1999 para alinearse con  UPOV 91, luego de intentos anteriores sin éxito, debido a la fuerte oposición. De acuerdo a BioThai y Alternative Agriculture Network, el borrador del proyecto de ley podría violar los derechos campesinos y aumentar el control monopólico por parte de las compañías de semillas, porque podría extender la duración de la protección para las nuevas variedades, del plazo actual de 12-17 años a 20-25 años. También podría abolir el artículo que permite a la gente resembrar semillas protegidas en su propia finca, lo que podría imponer penas criminales a la infracción. La enmienda de borrador también eximiría del requisito de compartir ganancias de las nuevas variedades vegetales que no están basadas en material tailandés.

Hasta ahora el proyecto de ley no se ha aprobado. Aún hay mucho debate acerca de si esto dañará al campesinado y si llevará hacia un mercado de semillas monopólico en Tailandia.

GRAIN, “Asia bajo la amenaza de UPOV 91”, 11 de diciembre de 2019 www.grain.org/es/article/6375

Estamos ante un ataque a toda forma de semilla pública o del uso propio de campesinas y
 campesinos sin pasar por las empresas

También es un ataque feroz a quienes utilizan semillas mejoradas, o a quienes mezclan con sus variedades y que sacan semilla mejorada para la próxima cosecha (sean pequeños o medianos). Dificultará aún más el trabajo de los productores nacionales, encareciendo las semillas y obligándolos a comprar más de las transnacionales, exactamente al contrario de lo que afirma esta iniciativa de reforma a la Ley Federal de Variedades Vegetales (LFVV) en su argumentación.

Además, la iniciativa establece sanciones punitivas a quienes no cumplan, y que sea el propio Estado que vigile y haga cumplir que todas y todos los agricultores de México se sometan al yugo de la propiedad intelectual sobre semillas de las transnacionales..

La reforma propuesta es explícita en adherirse a los planteamientos de lo que se conoce como Acta de la Unión para la Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV) en su versión 91, que ya es parte sustancial de todos los tratados de libre comercio puesto que con ella las empresas semilleras buscan monopolizar la producción y comercialización de las semillas. Siendo que México es el país que más ha firmado TLC, se prepara entonces el advenimiento del nuevo Tratado de Libre Comercio de América del Norte, hoy rebautizado T-MEC, un acuerdo que se hizo a espaldas de campesinas y campesinos y sin consultar a nadie.

La reforma quiere abrir la puerta de las nuevas tecnologías (con su cauda de derechos de propiedad intelectual adicionales) cuando al definir el mejoramiento se incluyen la “técnica o conjunto de técnicas y procedimientos, incluyendo los últimos avances y herramientas tecnológicas, que permiten desarrollar y obtener una variedad vegetal distinta, homogénea y estable; quedan incluidas dentro de este proceso las que utilizan el conocimiento preciso de la relación entre el genotipo y fenotipo de las plantas y las herramientas de la biología molecular, que permiten desarrollar una nueva variedad vegetal, equivalente o indistinguible de las variedades que pueden desarrollarse utilizando técnicas convencionales de mejoramiento vegetal”. Todo esto va más allá de lo que incluso pide la propia UPOV 91 y los tratados de libre comercio.

Tenemos que defender las semillas, creación milenaria colectiva, campesina, indígena, legado que los pueblos brindan a la humanidad. Permitir que sean las corporaciones las que impongan sus restricciones es permitir un robo descomunal que tarde o temprano nos dejará en manos de quienes hoy nos arrebatan las semillas y ya buscan arrebatarnos la existencia.

Desde la Red en Defensa del Maíz llamamos a rechazar esta reforma a la LFVV y a impugnar la aberración jurídica que implica UPOV.

Red en Defensa del Maíz, “No a la privatización de las semillas, no a la Ley de Variedades vegetales”, biodiversidadla.org, 29 de noviembre de 2019

La Revolución Verde hizo estragos: su base fue una agricultura de semillas “estandarizadas”,
 híbridas o “mejoradas”, monocultivos, plaguicidas, maquinaria agrícola y ganadería extensiva

Este enfoque agropecuario arrasó con las áreas tropicales y bosques en su mayoría cuidados por pueblos originarios y comunidades campesinas. Era un hecho que desaparecían muchísimas especies y había despojo de tierras.

Entonces, desde empresas y centros de investigación, con la ayuda de organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales, dijeron avanzar propuestas (que resultaban ambiguas) para detener los estragos (porque eran remiendos de sus propios estragos).

Pero tenían que guardar al menos parte de esa biodiversidad que ellos mismos estaban desapareciendo o acaparando, sobre todo en las áreas tropicales donde se halla el origen de la mayor parte de las plantas que sirven de alimento a todo el mundo, y sus parientes silvestres —base de su renovación. No se les puede arrasar sin enormes consecuencias. No debía morir la gallina de los huevos de oro.

Además, esas áreas podrían surtir nuevos productos industriales, medicamentos, perfumes y jabones derivados de plantas y animales. En su lógica requerían “descubrir” nuevos fármacos e “inventar” otros, derivados de la bioprospección y la biopiratería que llevaba siglos ocurriendo.

Mas había que regular esas actividades y así surgió la idea de establecer un convenio internacional, el futuro Convenio de Diversidad Biológica (CDB), que resolviera la aparente contradicción de conservar sin dejar de usar la biodiversidad.

El CDB, fue entonces un convenio diseñado para intentar proteger la biodiversidad y al mismo tiempo ver en qué términos utilizarla. Lograr estos primeros objetivos requería dos tipos de conocimiento: el tecnológico y el tradicional.

Por lo pronto, el conocimiento tecnológico, del que habían salido las pautas de la Revolución Verde y después la biotecnología moderna, debería ser “protegido” con derechos de propiedad intelectual (DPI).

Colectivo de Semillas (Grupo Semillas, Red de Coordinación en Biodiversidad y GRAIN), para la Alianza Biodiversidad “Convenio de Diversidad Biológica y Protocolo de Nagoya”, por publicar.

La UPOV compromete la libertad de los agricultores y campesinos en relación a sus semillas y
consolida aún más la industria de las semillas

Siendo la guarda de semillas y la distribución informal de semillas una práctica todavía común entre muchas comunidades de Asia, unirse a UPOV 91 sería catastrófico, porque conduce a la criminalización de quienes laboran el campo simplemente por realizar sus prácticas cotidianas: guardar, mejorar y compartir semillas.

Proteger las semillas campesinas contra la privatización y el control monopólico de las corporaciones es una lucha continua, que es cada vez más difícil ante los varios acuerdos de libre comercio que imponen reglas de propiedad intelectual más estrictas. Quienes promocionan UPOV no están buscando otra cosa más que reemplazar las semillas campesinas por variedades comerciales uniformes.

Es absolutamente importante enfrentar los acuerdos comerciales y de inversión que presionan a los países de Asia [y del mundo] a unirse a UPOV o seguir sus reglas. La buena noticia es que la oposición a estos tratados crece día a día. Las batallas actuales muestran varias lecciones aprendidas. La más importante es que debemos unir las manos entre los movimientos  campesinos, de comunidades indígenas y activistas de derechos alimentarios junto con otros sectores para detener la corporativización y retomar el control sobre nuestras semillas y cultivos.

GRAIN, “Asia bajo la amenaza de UPOV 91”, 11 de diciembre de 2019 www.grain.org/es/article/6375

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Temas: Agricultura campesina y prácticas tradicionales, Derechos de propiedad intelectual, Semillas

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