Ecuador: ¿Cómo llegó a ser el norte de Esmeraldas territorio libre de minería?

Idioma Español
País Ecuador

"El Estado ecuatoriano es el responsable de la reparación integral de los territorios donde siguió operando la minería ilegal, dado que fue la indiferencia de las instituciones públicas y el , incumplimiento de las medidas cautelares que lo permitieron."

El contexto:

Que la zona norte de Esmeraldas goce de una gran biodiversidad no es novedad, pues se encuentra ubicada dentro del gran biocorredor conocido como Choco Darién[1]. Este territorio se extiende desde Panamá hasta la región tumbesina del noroccidente de Perú y es hogar de pueblos campesinos, indígenas y negros, quienes han convivido con los bosques y han podido beneficiarse de agua pura y alimentos sanos. Esto ha sido benéfico para quienes habitan este lugar porque el bosque y los ríos han permitido que nunca falte agua pura ni alimentos sanos.

Sin embargo, esta situación cambió con la llegada de los madereros en la década de 1980 que empezaron a destruir el bosque. Esto abrió el camino para que plantaciones de palma y la minería artesanal ingresen a la zona con facilidad. A causa de las actividades extractivas, tan solo ¼ de las zonas boscosas permaneces intactas.

En 2011, luego de décadas de verse afectados por la destrucción de los bosques y la contaminación de las fuentes de agua generados por la actividad minera en los cantones de Eloy Alfaro y San Lorenzo de la provincia de Esmeraldas, 89 comunidades de afrodescendientes organizadas exigieron un alto a la contaminación generada por la minería dentro de su territorio a través del pedido de medidas cautelares ante un juzgado de San Lorenzo.

Con apoyo de la Defensoría del Pueblo, las comunidades demostraron que las cuencas y microcuencas del Río Santiago están contaminadas. De acuerdo a los mismos estudios, existe un alto porcentaje de coliformes en las muestras y los niveles de aluminio, arsénico y hierro superan los límites permisibles aprobados en la legislación ambiental ecuatoriana. De hecho, es alarmante. El aluminio supera 4000 veces el límite aceptado.

Antes de la minería, las poblaciones tenían una relación cercana con el río, de ahí se proveían de alimentos y de agua pura para sobrevivir. Desde la llegada de la minería, los pobladores empezaron a tener problemas en la piel, enfermedades gastrointestinales, enfermedades del sistema neurológico, así como muchos animales han muerto y los bosques se han enfermado. La señal es clara: el agua que fluye por el cauce de estos ríos NO es apta para el consumo humano. El 92% de la población total de ambos cantones (aproximadamente 75 mil personas), se ve afectada por la contaminación.

Del total de población impactada significativamente, el 41% de los afectados son niños de 0 a 14 años, (más de 27 mil personas); y más de 17mil personas son mujeres en edad fértil, con reales peligros de afectación.

La contaminación minera y por los cultivos de palma aceitera, en la zona norte de Esmeraldas, es una violación flagrante del derecho humano al agua y a la soberanía alimentaria[2], como dice en el Art.12 y 13 de la Constitución del Ecuador:

  • Art. 12.- El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
  • Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.

Para las poblaciones rurales de la zona, su fuente cotidiana siempre fue el río pues no tenían acceso a un agua potable de calidad. Sin embargo, al ser el río el sumidero de contaminación minera y de residuos de palma aceitera, sus aguas ya no son puras y actualmente representan una amenaza a la salud humana y de otros seres vivos debido a que los elementos que componen estas sustancias son tóxicos.

En lo social, la presencia de las mineras en la zona ha creado una sensación de inseguridad e intimidación por parte de sus trabajadores, y en especial de los guardias armados. Esta violencia pone a las mujeres en mayor situación de vulnerabilidad. De hecho, dentro del estudio de evaluación social y ambiental realizado en el 2012 por el PRAS[3] se identifica como problemas estructurales el aumento del trabajo sexual en áreas cercanas a las mineras; el aumento de embarazos en adolescentes y de violencia sexual.

Medidas cautelares para un territorio libre de minería

Las medidas cautelares propuestas por el Juez de San Lorenzo en el 2011 están encaminadas a proteger a las 89 comunidades de daños irreparables que puedan ocasionarse al consumir agua extremadamente contaminada.

Son seis las medidas cautelares explicadas en la siguiente tabla:

Institución pública involucrada Dictamen del juez
1 Ministerio de recursos no renovables y la Ministerio de Minería Suspender y revocar las concesiones mineras que estén operando al momento dentro del territorio hasta que exista una reparación integral de los ecosistemas contaminados.
2 Ministerio del Ambiente, SENAGUA y Secretaría Nacional de Riesgo Evaluación ambiental dirigida a determinar el grado de afectación que se estaría generando debido a la explotación minera en los ríos, sus afluentes y esteros.
3 Ministerio de Salud Pública brigadas médicas hasta las zonas afectadas por la contaminación minera generada en los Cantones San Lorenzo y Eloy Alfaro de la provincia de Esmeraldas, realización de diagnóstico, e intervención de salud adecuada
4 Gobiernos Municipales de los Cantones San Lorenzo y Eloy Alfaro De manera urgente e inmediata con la dotación de agua para las comunidades afectadas por la contaminación.
5 Ministerio de Minería Se ordena la total y absoluta paralización de la actividad minera ilegal, que se ha venido dando en los Cantones San Lorenzo y Eloy Alfaro.
6 Defensoría del pueblo supervisora de las medidas cautelares
7 Todas las instituciones nombradas anteriormente De no acatar con las disposiciones del juez, las autoridades serán sancionadas según dispone el Art. 30 de la ley Orgánica de garantías jurisdiccionales y control constitucional.

Medidas cautelares ¿prohibición u oportunidad?

Pese a que las medidas cautelares están vigentes desde el 2011, y se han realizado otras acciones legales en el pasado, las autoridades han hecho caso omiso a la orden del Juez. Durante este tiempo se otorgaron concesiones mineras, pese a la prohibición explícita existente, la minería ilegal continúa explotando oro, ha aumentado la contaminación de los ríos y la deforestación de los bosques persiste.

Existe dentro de este territorio mucha presión por parte de empresas o personas quienes promueven la minería, apoyados por los GAD cantonales que desconocen la existencia de los daños ambientales y a la salud señalados en las medidas cautelares, así como la obligatoriedad de cumplir con las medidas cautelares.

Según el estudio del PRAS de 2012, menos del 20% de la población de ambos cantones se beneficia directamente de la actividad minera, un porcentaje bajo frente a los daños a la salud que afecta a más del 92% de la población, especialmente niños y mujeres.

El 4 de junio de 2018, en la audiencia para evaluar el cumplimiento de las medidas cautelares, se demandó mayor compromiso por parte de instituciones públicas involucradas. Los representantes de las comunidades de Esmeraldas, celebraron el nuevo dictamen del juez que amplía las medidas cautelares y esperan que se cree una hoja de ruta entre las instituciones públicas y la comunidad para enfrentar de forma integral este problema.

Consideramos que ahora mismo, el cumplimiento de las medidas cautelares es un reto y, al mismo tiempo,una oportunidad para toda la población de San Lorenzo y Eloy Alfaro, pues la reparación integral de los ecosistemas representa fuentes de empleo, el recuperar un medio ambiente sano, limpio y además reconstruir el tejido comunitario.

Las mineras, que durante años se beneficiaron económicamente de la extracción de oro, por orden del juez tendrán que utilizar parte de sus ganancias en reparar el daño que realizaron en los ecosistemas. En muchos casos el daño ambiental es irreversible, y en otro muy costoso.

El Estado ecuatoriano es el responsable de la reparación integral de los territorios donde siguió operando la minería ilegal, dado que fue la indiferencia de las instituciones públicas y el , incumplimiento de las medidas cautelares que lo permitieron.

Para más información: gro.acigolocenoicca@atserof

Notas

[1] El Chocó biogeográfico cubre 187.400 km2. En él se encuentra un alto endemismo de plantas vasculares (9.000 especies), aves (830 especies, 10,2% son endémicas), mamíferos (235 especies, 25,5% son endémicas), anfibios (350 especies, 60% son endémicas).

[2] Otros derechos violentados como son: a la salud, a la integridad física y al ambiente sano.

[3] Estudio PRAS-PUCESE 2012 del Programa de Remediación Ambiental y Social (PRAS) del Ministerio de Ambiente

Fuente: Acción Ecológica

Temas: Minería

Comentarios