Reserva de la biosfera del Sur Este de Nicaragua en peligro por concesión minera

Idioma Español
País Nicaragua

Nicaragua no ha tenido buenas experiencias con la explotación minera, actividad que ha provocado deterioro ambiental, y ha causado daños irreparables en la salud de miles de trabajadoras y trabajadores, cuyos derechos laborales han sido violentados. Sin embargo, para algunos gobiernos municipales, esta realidad no tiene importancia

Miembros del Comité de Desarrollo Municipal (CDM), de la Comisión Ambiental Municipal (CAM) y la Sociedad Civil Organizada (SCO) han denunciado ante la Sala de lo Contencioso de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), al Gobierno Municipal de Nueva Guinea, por otorgarle a la Empresa Minerales de Nicaragua S.A. (MINESA), el permiso para exploración y explotación minera a cielo abierto.

El 31 de marzo de 2004, MINESA solicitó ante la Dirección General de Recursos Naturales del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC), una concesión minera por un período de 25 años, en un lote denominado San Antonio, con un total de unas 23 mil 69 hectáreas.

Leyes violentadas

Luis Umaña, fiscal de la Junta Directiva de la Sociedad Civil Organizada (SCO), expresó que el aval de opinión emitido por el Concejo Municipal, como condición para que el Consejo Regional Autónomo apruebe la concesión minera, no fue consultado previamente con la población, según lo demanda las Leyes de Municipios (Ley 40 y 261).

"Se ha violentado la Ley 475 de Participación Ciudadana, la cual faculta a todo gobierno a hacer consultas a los ciudadanos, por lo tanto, solicitamos información más amplia, a fin de emitir opinión en relación a la viabilidad, beneficio o perjuicio que esta actividad pueda traer al municipio de Nueva Guinea" expresó Umaña.

De igual forma, el fiscal de la SCO afirmó que el alcalde de Nueva Guinea, Julio Quintanilla Jarquín, emitió un pronunciamiento el siete de marzo del 2005, en el cual rechaza cualquier concesión para exploración y explotación minera, que haya sido avalada por el Gobierno de la Región Autónoma del Atlántico Sur.

El 07 de marzo de 2006, los demandantes (Luis Umaña, Elba Rivera, Abel Rivera y Roger Cabrera), reclamaron al Gobierno Municipal de Nueva Guinea por haber aprobado la concesión minera, asimismo, por la violación a los acuerdos que se firmaron con la Asamblea General y la Junta Directiva de la SCO.

Ambiente y Recursos Naturales en peligro

El Municipio de Nueva Guinea, forma parte de la Reserva de la Biosfera del Sur este de Nicaragua, posee una extensión de 18,340 Km2, representa el 14% del territorio nacional que alberga gran biodiversidad de flora y fauna.

"El suelo de Nueva Guinea es arcilloso y ácido, por ser un trópico húmedo, la descomposición de las hojas, elementos orgánicos y la humedad le favorece con una capa fértil, lo cual, lo hace productivo. Sin embargo, el desarrollo de la minería perjudicaría nuestro ambiente, al convertir el suelo en trópico seco" explicó Umaña.

Umaña argumentó, que la explotación minera cambiaría por completo el clima, el tipo de vegetación, la biodiversidad, flora y fauna, produciría despales, porque dicha actividad se va a realizar a cielo abierto. Además de afectar la productividad de los suelos y el desplazamiento de la población y actividades económicas que son generadoras de mayores ingresos.

"El Gobierno Municipal de Nueva Guinea con este tipo de acciones, está induciendo a la degradación socio-ambiental que afectará a más de 120,000 habitantes de la zona. En el caso del vital líquido, como en el municipio llueve constantemente, cuando el cianuro se riegue por la tierra; esta lo va absorber y se contaminarán las aguas subterráneas" expresó Luis Umaña.

El miembro de la SCO instó al alcalde de municipio y a su gobierno a que respeten los artículos 60 y 102 de la Constitución Política de Nicaragua, el cual garantiza el derecho de los ciudadanos a habitar en un ambiente sano, así como la obligación del Estado de preservar y cuidar el ambiente y los recursos naturales.

De igual forma, hay que respetar los artículos 106 y 109 de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, que prohíben la exploración y explotación de estos recursos en áreas protegidas.

Por ra.moc.oohay@04soicalapodla
Periodista Miembro de REDCALC

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