Perú: tierras ancestrales en peligro

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País Perú

Decreto legislativo facilita venta de tierras de las comunidades indígenas y campesinas

Como parte del paquete de leyes exigidas por el tratado de libre comercio (TLC) con EEUU antes que entre en vigencia el 1 de enero del 2009, el Ejecutivo —haciendo uso de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso— aprobó el 20 de mayo el Decreto Legislativo 1015 que reduce la proporción de integrantes de las comunidades campesinas e indígenas que deberán votar para vender o concesionar sus tierras en la sierra y la selva.

El objetivo del decreto —que unifica los procedimientos de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y la selva con las de la costa—, es "promover y facilitar la inversión privada en dichas tierras comunales".

Para ello establece que para que "comuneros no poseedores y terceros" puedan hacerse de las tierras comunales, "el acuerdo de la Asamblea General de la Comunidad requerirá el voto a favor de no menos del 50% de los comuneros posesionarios con más de un año".

El dispositivo deroga el artículo 11º de la Ley 26505 de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas, que exigía la votación de los dos tercios (66.6%) de los miembros de la comunidad para la venta de sus tierras.

Es más, ahora no se requiere la mitad del total de comuneros posesionarios, sino de los reunidos en asamblea, con lo cual se corre el riesgo de que una minoría pueda tomar una decisión que afecte a toda la comunidad.

La tierra para empresas extractivas

Laureano del Castillo, abogado e investigador del Centro Peruano de Estudios Sociales (CEPES), dijo en entrevista a La Revista Agraria que "usando la delegación de facultades para modificar la legislación se están cambiando las condiciones para que las comunidades puedan disponer de sus tierras. Pero no se entiende cómo ello las beneficiará cuando, ahora, una minoría puede tomar decisiones trascendentales sobre la tierra, el activo más importante de las comunidades hoy".

Tanto el presidente Alan García como el sector empresarial saludaron la medida al decir que "no hay que poner condiciones diferentes a los de la costa, porque son mestizos, y diferentes a los indios de la sierra, pues es una forma de racismo selectivo".

La norma tiene que ver con un artículo de García publicado en octubre del año pasado en el conservador diario El Comercio, el más importante del país, titulado "El síndrome del perro del hortelano" en el que señala que "existen verdaderas comunidades campesinas, pero también comunidades artificiales que tienen 200,000 Ha en el papel pero sólo utilizan agrícolamente 10,000 Ha y las otras son propiedad ociosa, de 'mano muerta', mientras sus habitantes viven en la extrema pobreza y esperando que el Estado les lleve toda la ayuda en vez de poner en valor sus cerros y tierras".

García agrega en su artículo que "para que haya inversión se necesita propiedad segura, pero hemos caído en el engaño de entregar pequeños lotes de terreno a familias pobres que no tienen un centavo para invertir, entonces aparte de la tierra, deberán pedirle al Estado para fertilizantes, semillas, tecnología de riego y además precios protegidos. Este modelo minifundista y sin tecnología es un círculo vicioso de miseria, debemos impulsar la mediana propiedad, la clase media de la agricultura que sabe conseguir recursos, buscar mercados y puede crear trabajo formal".

La Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas (CAOI) precisó en un comunicado que el decreto "desconoce el requisito del quórum reglamentario que exigen todas las normas legales".

La CAOI advirtió sobre el grave riesgo que corren las comunidades "porque las empresas extractivas que invaden territorios comunales pueden apropiarse 'legalmente' de esas tierras amañando 'asambleas'".

Acción de inconstitucionalidad

La Defensoría del Pueblo manifestó que existen vicios de inconstitucionalidad en el decreto y que vulnera el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales, ratificado por el Perú en 1993.

El Convenio 169 especifica que "los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.

La Constitución peruana establece que "las comunidades campesinas y las nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono".

El decreto igualmente contraviene el derecho a consulta para obtener el consentimiento libre e informado de los pueblos indígenas, reconocido por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada el 13 de setiembre del 2007 e impulsada por países con importante presencia indígena como Guatemala, México y Perú.

La Defensoría señala que el decreto "debilita la protección reforzada que da la Constitución a la tierra indígena como bien comunal al permitir que la disposición sobre las tierras comunales recaiga sobre una minoría y se realice en una asamblea simple", agregando que las comunidades tienen "una menor protección que la que tienen los accionistas de una persona jurídica".

Considera que "la disposición de las tierras comunales sólo debería realizarse con el voto aprobatorio de la mayoría absoluta de los comuneros", es decir, más del 50% de los comuneros inscritos, no únicamente de los asistentes a la asamblea.

Según la Confederación Nacional Agraria (CNA) y la Confederación Campesina del Perú (CCP) existen unas 5,680 comunidades campesinas en la sierra y más de 1,300 en la selva que poseen el 76% de las tierras cultivables. Sus dirigentes anunciaron que se recolectarán firmas, junto con otras organizaciones como la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), para presentar una acción de inconstitucionalidad contra el decreto.

Noticias Aliadas, Internet, 11-6-08

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