Argentina: Grupo de Apoyo al Juicio contra Ledesma y Estado Pcial. de Jujuy por contaminación

"Como Grupo de Apoyo al juicio de referencia, nos place continuar la comunicación con ustedes, en procura de criterios y esfuerzos comunes para conseguir una sentencia en la más alta instancia judicial que condene a la empresa por su prolongada acción contaminante y al Estado de Jujuy por su aquiescencia con aquel delito de incidencia colectiva"

Buenos Aires, diciembre de 2006

REF.: “AMPARO: ASOCIACION CIVIL CODESEDH C/ LEDESMA S.A.A.I y ESTADO PROVINCIAL”

Estimados amigos y compañeros:

Como Grupo de Apoyo al juicio de referencia, nos place continuar la comunicación con ustedes, en procura de criterios y esfuerzos comunes para conseguir una sentencia en la más alta instancia judicial que condene a la empresa por su prolongada acción contaminante y al Estado de Jujuy por su aquiescencia con aquel delito de incidencia colectiva. Dividimos este mensaje en tres partes, a saber:

a- Breve reseña del juicio
b- Detalles del voto en disidencia del Dr. Héctor Tizón
c- Pasos hechos y propuestas para seguira

a- Breve reseña del juicio

Como recordarán, Olga Arédez presentó un recurso de amparo que fue recusado por los acusados apenas conocieron la muerte de nuestra querida compañera, ocurrida el 17 de marzo de 2005. Inmediatamente el Dr. Norberto Liwski representante CODESEDH –Comité para la Defensa de la Ética, la Salud y los Derechos Humanos- presentó nuevo recurso. Una vez que la Cámara hizo lugar a la presentación del Amparo, la querella solicitó varias pericias:

- Estudio epidemiológico completo- Demostración del empleo del Método Ritter (para un tratamiento adecuado de las montañas de bagazo o rezago de caña)- Estudio sobre suelo y aire para investigar la presencia de actinomices

El estudio epidemiológico nunca se realizó en la zona de Ledesma; la pericia presentada por la perito Leonor Carrillo, con fecha 05 de octubre de 2005 permite deducir que no hay contaminación, contradiciendo su propio estudio de 1988 (visible en página web) en el que demuestra que el 16, 7% de la población aledaña a losIngenios de Jujuy (Ledesma) padece bagazosis. La pericia habla de utilización del Método Ritter, pero no se expide sobre si está bien o mal aplicado. Sobre el necesario estudio de suelo y aire, la experta escribe: “ Para determinar la presencia de esporas de Thermoactinomyces y su incidencia sobre la calidad del aire, debiera residir en las inmediaciones de la fábrica con el fin de muestrear con distintas direcciones e intensidades de viento, para luego con la información meteorológica que provea el número de días en que hubo viento y cuáles fueron su dirección e intensidad, y evaluar la exposición promedio anual a los esporos de estos microorganismos si fueran hallados. Por vivir en las proximidades de la ciudad de San Salvador de Jujuy, me veo imposibilitada de realizar tal análisis” , dando así una de las muestras de falta de rigor del dictamen y una claudicación ética manifiesta.

La Cámara Civil y Comercial de San Pedro de Jujuy dictó sentencia en contra de la amparista, en fecha 16 de diciembre de 2005. CODESEDH apeló esa sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Jujuy, el cual resuelve en el mes de noviembre de 2006 una sentencia que, con voto dividido, rechaza el recurso de amparo. Pero tanto CODESEDH, como el Grupo de Apoyo no nos damos por vencidos. A fines de noviembre se ha presentado Recurso Extraordinario ante el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Jujuy. Una vez aceptado, el caso pasará a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

b- Detalles del voto en disidencia del Dr. Héctor Tizón

El cuarto ministro, Dr. Tizón –conocido, en otro aspecto, como uno de los mejores escritores argentinos-, fundamenta con hondura y conocimiento de bibliografía jurídica su voto en disidencia a favor de la parte actora. Citamos sus frases referidas a varios puntos de su fundamentación, atenida, según nuestro criterio, al daño real producido por la empresa y no a meros procedimientos de forma–que parecen haber sido decisivos para los demás jueces- :

- “(...) los nuevos daños requieren nuevas respuestas legales y de esa forma brindar una adecuada respuesta desde la perspectiva jurídica”
- “(...) así como ha ido evolucionando el papel del Juez y de la Justicia, el concepto de daño también se ha tornado más amplio, hasta abarcar por ejemplo aquellos que se llaman ´daños generacionales´
- “El daño ambiental en el caso que nos ocupa es sensible a las narices de cualquier persona que se desplace por la región, y de allí que es menester recomendar a las autoridades provinciales y municipales que no abdiquen del derecho y el deber que emana de la manda constitucional de proveer al bienestar general y afianzar la justicia]”
- “El bien jurídico a proteger está por encima de normas adjetivas determinadas y la finalidad de la justicia no puede verse mediatizada sino atender a la más amplia protección de los derechos cobijados por la Constitución de la Nación y de la Provincia, normas pro cierto superiores a los meros ordenamientos procesales. Por todo ello voto por el acogimiento del recurso interpuesto y en consecuencia para que se haga lugar a la demanda deducida (...) atento a la complejidad y lo novedoso de la materia a tratar”

c- Pasos hechos y propuestas para seguir

CODESEDH ha sido apoyado por varias presentaciones de Amicus Curiae (Amigos del Tribunal, con argumentaciones que sostienen científicamente las pretensiones de la parte actora): las del Defensor del Pueblo de la Nación, SERPAJ –Servicio Paz y Justicia-, CELS –Centro de Estudios Legales y Sociales-, FARN –Fundación Ambiente y Recursos Naturales. Asimismo la Federación Argentina de Colegios de Abogados ha ofrecido su apoyo institucional, a través de la Comisión de Derechos Humanos.

Además de los trámites y trajines surgidos como consecuencia de la presentación judicial, se realizó un Seminario sobre Derechos Humanos. Marco Jurídico Internacional. Memoria, Verdad y Justicia en San Salvador de Jujuy el pasado 7 de abril, organizado por SERPAJ, CODESEDH y el Colegio de Abogados de Jujuy, con presencia de importantes juristas y defensores del medio ambiente y de derechos humanos.

Se apoya, asimismo, a más de 1000 ex trabajadores del Ingenio que buscan el beneficio de jubilación por cese laboral anticipado debido a las condiciones de insalubridad del trabajo y los efectos en su salud. Desatendido su reclamo durante años por la empresa, se presentaron ante la Superintendencia Nacional de Riesgos del Trabajo, la que hasta ahora los apoya y considera que la presentación de los trabajadores deberá fortalecerse con nuevos estudios médicos.

Los miembros del Grupo de Apoyo al Juicio consideramos llegado el momento de “nacionalizar” la existencia de este juicio, debido a varias razones:

- Ha crecido enormemente la conciencia de la opinión pública sobre la defensa del medio ambiente sano
- La papeleras sobre el Río Uruguay son futuras; Ledesma y muchas otras empresas ejercen su práctica contaminadora desde hace años ... alguna de ellas quizá siglos
- Nuestro país vive actualmente dentro de un estado de derecho. Con fallas y demoras, pero con derecho. Tratados nacionales e internacionales avalan el intento de hacer cesar la contaminación y castigar a los empresarios contaminantes y los estados prescindentes de sus propios deberes.
- Una sentencia nacional favorable a la amparista o una recomendación internacional contra la acción contaminadora son más posibles si hay una opinión pública favorable a la consecución de tales sentencias.

Les pedimos, por todos estos motivos, que difundan lo más posible la existencia de este juicio y su posible derrotero. Será para bien de todos.

Los saludamos cordialmente, en nombre del Grupo de Apoyo al Recurso de Amparo contra Ledesma S.A.A.I. y Estado provincial.

María Adela Antokoletz - Ricardo Arédez - Elsa Oshiro - Daniel Enzetti - Elsa Pavón

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