Cascomi e INREDH

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"Las servidumbres mineras ubicadas en Tundayme están interpuestas en el territorio colectivo de la Comunidad Amazónica de Acción Social Cordillera del Cóndor Mirador (Cascomi) que habita el lugar históricamente. Esta servidumbre al estar en un territorio colectivo debió ser consultada, es decir, el Estado debió realizar la consulta previa, libre e informada como establece el numeral 7, del artículo 57 de la Constitución del Ecuador. Sin embargo, no lo realizó y por ende este proceso de servidumbre es inconstitucional."

Ecuador: Las falacias de la Arcom sobre Tundayme