Nuevo proyecto de Ley de Desarrollo Agropecuario se discute en la asamblea

Idioma Español
País Ecuador

En febrero de 2026, la Comisión de Soberanía Alimentaria de la Asamblea Nacional aprobó el informe para primer debate del «Proyecto de Ley Orgánica de Desarrollo Agropecuario». Como otras propuestas legales presentadas por la misma Comisión legislativa, y que no han podido ser aprobadas, el objetivo de esta última es modernizar las prácticas agrícolas, privilegiando el agronegocio.

ACCIÓN ECOLÓGICA OPINA

Uno de los temas claves que se trata a lo largo del proyecto de ley es la innovación agrícola, acompañada de transferencia tecnológica y extensionismo rural.

Entre los objetivos está el fortalecer capacidades técnicas productivas, con un rol relevante del INIAP, los centros de investigación públicos, privados y universidades (Art. 35).

Las empresas de venta de insumos agroquímicos se están transformando en proveedoras de servicios de capacitación y extensión, que culminan con la venta de sus productos (digitales y físicos -semillas, fertilizantes, agrotóxicos).

En esta línea, el proyecto de ley habla de agricultura de precisión, que es parte de la agricultura digital o agricultura inteligente; utiliza tecnología de la información, GPS, sensores, drones que se utilizan para dosificar los insumos agroquímicos en las fincas. 

Estos son sistemas diseñados para grandes extensiones y para productores que cuenten con el capital suficiente para cubrir los costos de estas nuevas tecnologías. En realidad, profundizan la agricultura basada en insumos, ahora con la incorporación de herramientas digitales para obtener datos del cultivo, códigos, plataformas móviles, soluciones en la nube.

Impactos ambientales de la digitalización agrícola

La digitalización agrícola es una tecnología que necesita grandes cantidades de agua, energía y materiales (incluidas las llamadas tierras raras). Además, da un mayor control sobre la producción de alimentos a quienes controlan estas tecnologías que son las grandes corporaciones del agronegocio, que ahora han entrado en la era del big data, las corporaciones de insumos agroquímicos (de precisión) y las corporaciones de semillas (por ejemplo, climáticamente inteligentes).

Otra tecnología que podría ser considerada (por ejemplo, en el reglamento), es la edición génica. Un tema que no está explícitamente señalado en la ley, pero sí lo estaba en una versión anterior. A través de articulados relacionados con mejorar la eficiencia productiva y la productividad, podría incluir semillas resultantes de estas nuevas tecnologías de modificación genética.

Este es un conjunto de tecnologías de manipulación genética que usa tecnologías diferentes a los actuales transgénicos. Aunque son genéticamente modificadas, una normativa  [1]  emitida por el gobierno de Guillermo Lasso no las considera así, y por lo tanto no se consideran prohibidas por la Constitución.

Dando una primera vista al proyecto de ley, parecería que se promueve la agroecología, pero el texto es bastante ambiguo porque en algunas partes habla directamente de la promoción de la agroecología, pero en otras menciona a los agroquímicos sintéticos. En relación con los plaguicidas altamente tóxicos y peligrosos, a los contaminantes orgánicos persistentes y otros plaguicidas (Art. 53), se habla únicamente de prevención, control y monitoreo, o que el ente rector promoverá la reducción progresiva (Art. 24). 

La propuesta se completa con la creación de un plan de formación agropecuaria que priorizará tecnologías sostenibles y emergentes como la biotecnología (Art. 40). Para ello, se harán alianzas estratégicas con el sector privado y académico para obtener financiamiento destinado a equipamiento, investigación y mejoramiento agropecuario (Art. 41). ¿Significa esto que el sector privado dará directrices para esta formación?

Las “buenas prácticas productivas” no son inocentes

Aunque el Art. 1 del proyecto de ley en debate dice que esta ley no aborda normas sanitarias y fitosanitarias, de inocuidad y ambientales, el Ar. 48 aborda específicamente temas como la promoción de buenas prácticas productivas prioritariamente a pequeños y medianos productores, agricultura familiar campesina y comunitaria.

Las buenas prácticas productivas han sido desarrolladas por las empresas en contextos productivos “industriales” que sí requieren la aplicación de normas, pues es en ellos donde emergen generalmente las plagas y enfermedades. Por ejemplo, la normativa sobre fumigaciones aéreas establece las distancias a las que se pueden realizar. Aplica sólo a monocultivos extensivos. En el caso de la imposición de instrumental de acero quirúrgico en la producción de quesos, desplaza intencionalmente a la pequeña ganadería. 

En el Ecuador hay 1.672 Unidades Productivas Certificadas con Buenas Prácticas Agrícolas, la gran mayoría son de banano y flores para la exportación. 

Las empresas promueven la adopción de las Buenas Prácticas Agrícolas, que ellas mismas ayudaron a redactar. Bayer tiene un programa de entrenamiento a agricultores sobre buenas prácticas agrícolas, que obviamente le favorece  [2] . Las buenas prácticas agrícolas se aplican sobre todo a productos agrícolas de exportación que están dirigidos a mercados que exigen certificaciones. 

El Art. 50 trata sobre agricultura regenerativa, que trabaja para mejorar la salud del suelo, disminuir la necesidad de insumos, aumentar el rendimiento de los cultivos y suelos que son más resistentes a fluctuaciones climáticas extremas, con menos plagas y patógenos, y mitigación del cambio climático mediante una mayor absorción de dióxido de carbono de la atmósfera. 

Aunque la agricultura regenerativa nace con un enfoque de conservación y rehabilitación de los sistemas alimentarios y agrícolas, la regeneración de la capa superficial del suelo, el aumento de la biodiversidad, la mejora del ciclo del agua y la regulación climática, el concepto ha sido cooptado por las corporaciones. Algunas compañías están desarrollando sellos “regenerativos” que permiten el uso de herbicidas, plaguicidas y fertilizantes de síntesis, prácticas totalmente contrarias a las bases de la agroecología y el modelo regenerativo. Ya hay un banano ecuatoriano para la exportación con certificación de agricultura regenerativa.

Esto se complementa con las propuestas de economía verde (Art. 51), sobre la que pueden hacerse reflexiones similares a la agricultura regenerativa. Es un instrumento de mercado, sobre todo dirigido a las exportaciones. El biocomercio pone en el mercado de exportación bienes que antes no estaban, aumentando la mercantilización de la naturaleza. Esto ayuda a las empresas a acceder a préstamos más baratos, ofrecidos por las “finanzas verdes”.

Cambio energético en el sector agropecuario

El Art. 68 promueve acabar con la dependencia a los combustibles fósiles, fortalecer la competitividad del sector e iniciar una transición energética a través de paneles solares, sistemas de biogás, biocombustibles, pequeñas turbinas eólicas y otras soluciones energéticas sostenibles.

Para ello se quiere involucrar a grandes productores, pero también medianos, pequeños y al sector campesino y comunitario.

¿Y qué pasa con la soberanía alimentaria? La propuesta de ley plantea usar tierras marginales, que o cumplen un papel ecológico importante (aunque no estén incorporadas a la agricultura industrial), o son tierras comunitarias. Para que estas tierras funcionen a la escala que se necesita para reemplazar los combustibles fósiles, deben ser muy productivas. De hecho, el artículo 69 dice que se va a investigar para que se maximicen la eficiencia y productividad de los cultivos energéticos. No es posible hacer esta conversión sin monocultivos a gran escala como sucede con la caña en Brasil, cultivo que cubre más de 8 millones de hectáreas. 

No está claro en este artículo la mención a otras formas de energía (como eólica o solar). ¿Se usarán tierras agrícolas para poner cultivos energéticos?

Es notorio señalar que la primera resolución general dice que “Todo lo concerniente al estímulo, control de la producción y comercialización del banano, plátano y musáceas afines, se regirá por la ley especial vigente”.

ACCION ECOLÓGICA

Referencia:

[1]  Ver el Acuerdo Ministerial 063 de septiembre 2023. De hecho, se ha aprobado semillas de arroz con rasgos provenientes de la edición génica, que podrían ser comercializadas próximamente.

[2]   https://www.baygap.bayer.com/en-us.html

Fuente: Acción Ecológica

Temas: Transgénicos

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