Comunidad Mapuche se opone a la creación de un área protegida argentina

Idioma Español
País Argentina

La comunidad Las Huaytekas solicita el apoyo de las comunidades y organizaciones mapuche y no mapuche para enfrentar este nuevo atropello al Pueblo Nación Mapuche. Nuevamente el Estado hace la vista a un lado sin querer reconocer nuestros derechos como pueblo preexistente, implementando leyes que sabemos muy bien las consecuencias que traen con ella: el despojo de nuestras tierras ancestrales; la nueva conquista encubierta de los recursos naturales; la muerte lenta de nuestra espiritualidad y cultura y la invasión a nuestros lugares ceremoniales

Comunicado público

La Comunidad Mapuche Las Huaytekas (Personería Jurídica, resoloción Nº 287/05) del paraje Los Repollos, ejido municipal de El Bolsón, provincia de Río Negro, hace de público conocimiento la postura adoptada frente a la ley de Declaración de Área Natural Protegida denominada "Cipresal de las Huaytekas", sancionada por la Legislatura de Río Negro el pasado 29 de diciembre.

Al respecto manifestamos que:

El área que la provincia pretende "conservar" a lo largo de la ladera del Cordón Serrucho no está emplazada en tierras fiscales sino sobre el territorio de nuestra comunidad, la cual pertenece a un pueblo originario preexistente a la conformación de los estados modernos (según consta en la Constitución Nacional artículo 75, inciso 17); Convenio Internacional Nº 169 de la OIT, Constitución de Río Negro artículo 42, en la ley integral del indígena Nº 2287 de la provincia)

Con el afán de proteger, los señores legisladores no sólo intentan despojarnos de nuestro bosque sagrado "las huaytekas", lugar donde tenemos el “rewe”, sino que además pretenden apoderarse de los campos que ancestralmente venimos ocupando las familias Córdoba, Barría-Ñancunao, Palma, Aravena y Oyarzo-Buchile, abarcando de esta manera una superficie superior a las mil hectáreas.

Por otro lado dicen los legisladores en sus fundamentos "que a priori se retire el ganado que pastorea en la zona". Al respecto decimos que la actividad ganadera es la principal fuente de subsistencia de quienes desde siempre vivimos en el lugar. Preguntamos: ¿Con qué recursos el gobierno de Río Negro o el Municipio de El Bolsón pretende reemplazar esta fuente tradicional de subsistencia? ¿Con un plan social de 150 pesos, tal vez? También dicen los ideólogos de la citada ley que "el área presenta marcados disturbios antrópicos, en consecuencia de la tala y el ramoneo vacuno". Como comunidad indígena preguntamos: ¿Quiénes provocaron esos disturbios antrópicos? ¿Acaso no fue el propio gobierno a través de la Ley Forestal Nº 757 sancionada en 1972, la cual refleja claramente en su espíritu los intereses económicos encubiertos a través de los planes de forestación y reforestación con fines comerciales a nivel industrial? Dichos planes se implementaron a costa de la tala rasa de millones de árboles nativos, tales como coihue, lenga, radal, maitén , ciprés, ñires y otros. ¿Acaso no fue el gobierno el autor exclusivo de la plantación de las ciento de hectáreas forestadas con pino que hoy rodean nuestro bosque sagrado, cuyos renovales avanzan descontroladamente atacando además el resto de bosque nativo que nos queda?

¿No es el gobierno el único responsable de la mayor amenaza de muerte que sufre la biodiversidad en este lugar, al instalar aquí una especie tan dañina como lo es el pino que desertifica el suelo y desvía las napas de agua? También podemos asegurar que el avance indiscriminado de la política winca con sus alambres, su comercio y avaricia ha sido el principal y único depredador de las fuerzas y recursos naturales. Además debemos dejar en claro que jamás fuimos consultados a pesar de que la Unión Mundial de la Naturaleza (UICN) sostiene como directriz de Áreas Naturales Protegidas que para la declaración de las mismas se debe indefectiblemente "consultar previamente" al establecimiento de las áreas a las comunidades indígenas insertas o lindantes.

En tal sentido preguntamos: ¿el Área Protegida "Río Azul-Lago Escondido" a quién protege? ¿Al bosque nativo o al Lewis? En dicho lugar los intereses del magnate no fueron afectados, muy por el Contrario: el área protegida rodea su propiedad. ¿Y por qué, sí se atreven a privarnos de nuestra libertad a los originarios de estas tierras, encerrándonos con mentiras en un área protegida?¿Será tal vez que desconocen el Convenio Mundial de Biodiversidad que reconoce que son los pueblos originarios los únicos capaces de convivir armoniosamente con la naturaleza y por ende que es indispensable que éstos sean los principales actores en las decisiones de los recursos naturales y sustentables ya que, está comprobado a nivel mundial que donde existen asentamientos indígenas se conserva intacta la mayor riqueza de la biodiversidad?

La conservación del bosque de Las Huaytekas ha estado ancestralmente regida por nuestra filosofía y espiritualidad. Allí tenemos nuestro “rewe” donde convergen las fuerzas o “pu newen” que emanan de la “ñuke mapa” (madre tierra) y es allí donde a través de nuestro “mapudungún” (idioma de la tierra), nos comunicamos con ellas y reafirmamos día a día y año a año nuestro compromiso de cuidado y protección de todas ellas.

Por eso sostenemos que crear un área protegida en territorio ancestral mapuche es absurdo, pues tal como se expresa anteriormente, éste ya está protegido por nuestras propias leyes espirituales. Por todo esto hoy más que nunca la comunidad Las Huaytekas reafirma su compromiso con la tierra y sostiene que con la sanción de esta ley, el gobierno ha violado toda la legislación indígena existente haciendo caso omiso y pasando por encima de todo derecho, pues a través de esta ley la provincia pretende:

* Apoderarse de nuestro territorio.

* Despojarnos de nuestras costumbres, espiritualidad, cultura.

* Y principalmente desplazarnos del territorio que tradicionalmente usamos y ocupamos.

Por lo tanto, nos negamos rotundamente a la creación de dicha área y exigimos la derogación de esta ley inconstitucional.

¡¡¡ Marichiayulan !!! (diez veces nunca jamás aceptaremos la usurpación de los estados)

La comunidad Las Huaytekas solicita el apoyo de las comunidades y organizaciones mapuche y no mapuche para enfrentar este nuevo atropello al Pueblo Nación Mapuche. Nuevamente el Estado hace la vista a un lado sin querer reconocer nuestros derechos como pueblo preexistente, implementando leyes que sabemos muy bien las consecuencias que traen con ella:

* El despojo de nuestras tierras ancestrales.

* La nueva conquista encubierta de los recursos naturales.

* La muerte lenta de nuestra espiritualidad y cultura.

* La invasión a nuestros lugares ceremoniales.

Es por esto y por mucho mas que debemos enfrentar a este Estado opresor y a sus leyes arbitrarias y racistas. No debemos ser como los gobernantes blancos que ignoran los derechos de las comunidades. Si debemos actuar sin discursos sino con hechos. El apoyo que tenemos que dar a la comunidad Las Huaytekas es por la defensa de nuestro territorio. Es para defender al bosque de Las Huaytekas, a nuestro “Rewe”, a los “Pu Newen”, a nuestra filosofía, a nuestro arte, a nuestra forma de ser y de vivir. Sólo de esta forma podremos romper las cadenas que nos quieren imponer. Es por eso que las “pu lamuen ka pu peñi” solicitan su apoyo. No debemos dejarlos solos. A si como no debemos dejar solos a ningún mapuche que lucha.

Anexo jurídico

* La Constitución Nacional en su art, 75, inc. 17 establece la preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios a la formación de los estados modernos. " Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derechos a una educación bilingüe e intercultural, reconocer la personería jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano, ninguna de ellas será enajenable, , transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones."

* Asimismo el Convenio Internacional 169 de la OIT reconoce el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan los pueblos originarios.

* En tal sentido la constitución provincial establece en su art. 42 que el Estado debe reconocer al indígena como signo testimonial y de continuidad de la cultura aborigen, asegurando el disfrute, desarrollo y transmisión de su cultura, la propiedad inmediata de la tierra que posee y respeta el derecho que tiene a organizarse.

*Además la Ley Integral del Indígena 2287 prescribe en su capítulo III, de la Propiedad de la Tierra en sus artículos 11, 12 y 13 que se reconoce la propiedad de la tierra "cuya actual posesión detentan los pobladores y/o comunidades indígenas existentes en la provincia", y que deben respetarse los "derechos vinculados a la tradicional posesión previos a la provincialización", en los casos de "usurpación u otros vicios de la posesión y /o adquisición del dominio en perjuicio de las comunidades indígenas" se podrán hacer las denuncias pertinentes exigiendo se respeten los derechos de los mapuche.

* Ley 757, Ley forestal de Río Negro:

El espíritu de la misma refleja claramente intereses económicos y privados mencionando en su artículo primero un encubierto interés provincial "en la defensa, mejoramiento, ampliación y aprovechamiento de la riqueza forestal"; "... la promoción de la forestación y reforestación de todas las áreas aptas de su territorio y el aprovechamiento integral de la madera dentro del ámbito de la misma." (artículo tercero); "… la forestación que promueve esta ley se orienta a la formación de bosques de especies maderables y productoras de fibra para la industria. El fomento de la radicación de industrias que tiendan al aprovechamiento integral de la madera, se hará con el recaudo de estimular el establecimiento de las plantas en los lugares de producción de la madera." (artículo sexto)

* Carta Orgánica Municipal de El Bolsón. Artículo 128: "Se declaran reservas fiscales a perpetuiad con fines de protección del medio ambiente , recreativos y/o paisajísticos : las zonas actualmente delimitadas, la que la costumbre acredita como tales y en especial la loma del medio, los cerros Piltriquitrón, Lindo, Hielo Azul y Perito Moreno, el bosque comunal de El Guadal, las cataratas Escondida, de Mallín Ahogado y de la Virgen, el bosque denominado Ciprés de las Huaytekas, el lago Escondido y las superficies circundantes a los nacimientos de las cuencas hídricas. El gobierno municipal debe proceder a la delimitación física y legal de estas reservas”.

Fuente: MapuExpress

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