El Tratado sobre los Recursos Genéticos en encrucijada entre la biopiratería y los derechos de lxs agricultores

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Por undécima vez desde su ratificación, el Órgano Rector del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (TIRFAA) se reúne para evaluar su funcionamiento y el estado de su aplicación.

La reunión, que se inauguró en Lima el pasado 24 de noviembre, cuenta con la participación de delegadxs de 155 países, además de observadores de organizaciones de agricultores, ONG, el mundo académico y la industria de las semillas. Las organizaciones de agricultores y pueblos indígenas, representadas por el Comité Internacional de Planificación para la Soberanía Alimentaria (CIP), participan con una delegación de 14 personas procedentes de Perú, Guatemala, Malí, Francia, Australia, Nueva Zelanda, México e Italia.

Están en juego  cuestiones de vital importancia para el futuro del Tratado y su propia razón de ser. Este acuerdo internacional, aprobado en 2001, se creó con el objetivo de garantizar un fácil acceso a las semillas de 64 especies vegetales de especial interés para la seguridad alimentaria, conservadas en los bancos de genes de los países contratantes.

Estas colecciones de recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura (RFAA), que actualmente suman alrededor de 2,6 millones de muestras, fueron originalmente conservadas, reproducidas y suministradas (o recolectadas) por agricultores de todo el mundo. Representan una enorme fuente de biodiversidad agrícola, cuyo código genético contiene los conocimientos tradicionales de quienes las cultivaron, adaptándolas a los territorios, las condiciones climáticas y las presiones bióticas.

El acceso facilitado a esta red de bancos de genes e institutos de investigación, conocida como el Sistema Multilateral (MLS), requiere la firma de un contrato (Acuerdo de Transferencia de Material – ATM). Lxs investigadores públicos o industriales que tengan la intención de utilizar estos recursos para desarrollar nuevas variedades están obligados a no patentar los recursos genéticos obtenidos del Sistema Multilateral, sus partes y componentes. El acceso facilitado a estos recursos debe garantizarse siempre, mientras que los derechos de propiedad intelectual lo restringirían, violando el artículo 12.3d del Tratado.

Sin embargo, las semillas extraídas del Sistema Multilateral pueden contribuir al desarrollo de variedades comerciales privatizadas que no restringen el acceso a los RFAA originales. En este caso, las empresas que utilizan recursos genéticos de este espacio «común» deben devolver una parte de sus beneficios a un Fondo de Distribución de Beneficios (BSF) gestionado por el Órgano Rector del Tratado. Los fondos recaudados deben utilizarse para financiar proyectos locales de conservación de la agrobiodiversidad.

Sin embargo, esta arquitectura nunca ha funcionado. Si bien el acceso se ha utilizado ampliamente, con  7 millones de transferencias de recursos genéticos registradas hasta 2025, no hay contribuciones correspondientes. Debido a numerosas lagunas jurídicas y a las diferentes interpretaciones del Tratado, las empresas que han accedido al Sistema Multilateral desde 2009 solo han pagado 800.000 dólares. Otros 36 millones han sido aportados como donaciones por algunos gobiernos y otras instituciones. Los beneficiarios de los proyectos son los bancos de genes y las ONG, mientras que los fondos casi nunca llegan directamente a las organizaciones de agricultores, para quienes es muy difícil solicitar proyectos.

La falta de trazabilidad en la transferencia de semillas que puede producirse tras el primer acceso al Sistema Multilateral es uno de los problemas que hace imposible saber quién debe pagar por el uso del germoplasma recogido y cuándo. Peor aún, no es posible verificar quién está obteniendo patentes sobre los rasgos genéticos de las muestras del MLS que restringirían el acceso a los recursos genéticos que los contienen, en violación del Tratado.

Con la creciente aplicación de la denominada «inteligencia» artificial a las operaciones biotecnológicas, la digitalización del ADN contenido en las formas de vida se ha convertido en una práctica habitual, y las semillas del Sistema Multilateral no son una excepción. Lxs investigadores que las utilizan para su trabajo publican las secuencias de ADN digitales en sus estudios y las suben a bases de datos de acceso libre en Internet, sin ninguna obligación de indicar su origen. Millones de secuencias de ADN digitales, incluidas las correspondientes a recursos físicos gestionados según las normas del Tratado, pueden descargarse y utilizarse para identificar rasgos de interés comercial, creando semillas modificadas patentadas. La reticencia de los países norteamericanos, junto con la Unión Europea, Australia, Japón y Corea, ha bloqueado durante años el reconocimiento de la información sobre secuencias digitales (DSI) como componente de los recursos genéticos, cuya patente está prohibida por el Tratado cuando se incluye en el Sistema Multilateral.

Esta enorme laguna jurídica permite a las empresas eludir las normas del ITPGRFA y patentar sus recursos genéticos basándose en su contraparte digital. Prueba de ello son los  datos publicados por la red de centros internacionales de investigación agrícola (CGIAR). Estas patentes están alimentando la aceleración exponencial de la concentración del mercado de semillas en manos de las principales empresas mundiales, como Bayer-Monsanto, BASF, Syngenta y Corteva.

Por lo tanto, se insta al Órgano Rector del Tratado a resolver esta incompatibilidad entre la biopiratería digital, que está creciendo a medida que se cargan los DSI en bases de datos de acceso abierto, y el derecho internacional. El trabajo realizado por un grupo intersesional de delegados gubernamentales, en el que participó el IPC como parte interesada, ha dado lugar a un conjunto de medidas que deberían mejorar el funcionamiento del Sistema Multilateral. Sin embargo, estas medidas son débiles e insuficientes, y se proponen junto con una solicitud de los países ricos de incluir todos los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura en el MLS reformado, lo que va mucho más allá de la lista de 64 especies que abarca actualmente.

Según estos gobiernos, aumentar la «dotación» del MLS animaría a las empresas a acceder a él con mayor frecuencia y a pagar la tasa correspondiente al comercializar variedades que incorporen ese germoplasma. Sin embargo, sin una prohibición clara (expresada en el ATM y reflejada en la legislación nacional) de patentar los RFAA correspondientes (a lo que se oponen esos mismos países), esto conduciría a una expropiación y privatización masiva de la agrobiodiversidad por parte del sector privado, eludiendo el artículo 12.3d.

Además, los derechos de lxs agricultores a guardar, intercambiar y vender sus propias semillas, reconocidos por el propio Tratado en su artículo 9 y ya violados en muchos países, se verían irremediablemente comprometidos una vez que los rasgos genéticos contenidos no solo en el MLS, sino también en sus «parientes» cultivados en los campos, pasaran a estar sujetos a una patente obtenida por una empresa sobre la información digital correspondiente.

Por lo tanto, el CIP está en Lima con el objetivo de luchar contra la ampliación del MLS a todos los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura contenidos en las colecciones de los bancos de genes, pidiendo que se  prohíban primero a nivel nacional e internacional las patentes sobre los DSI contenidos en estos recursos. Solo entonces, cuando el MLS se haya convertido en un lugar seguro, las organizaciones de agricultores estarán dispuestas a discutir su ampliación.

El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), hermano del Tratado que regula a nivel internacional el acceso y la distribución de los beneficios de los recursos genéticos distintos de los de interés agrícola y alimentario, ha decidido separar la gestión de los DSI de la de los recursos genéticos físicos, creando un fondo voluntario para recaudar el dinero del reparto de beneficios que las empresas usuarias de los DSI «deberían» financiar. Si la normativa internacional no aborda este problema, asistiremos a un aumento de las patentes sobre los DSI de recursos genéticos. El Tratado es hoy el último bastión para construir un enfoque diferente de la regulación de los DSI y el CIP hará todo lo posible para que así sea.

Fuente: La Vía Campesina

Temas: Agroecología, Biopiratería, Semillas

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