8° edición ISDS en números: impactos de las demandas de arbitraje de inversores contra Estados de América Latina y el Caribe
Este informe presenta una sistematización y análisis de las estadísticas de las demandas arbitrales iniciadas por inversores extranjeros contra los Estados de América Latina y el Caribe (ALC) en el marco de tratados internacionales de protección de inversiones. Los datos relevados abarcan hasta el 15 de octubre de 2025. Además se ofrece un análisis de los impactos de estas demandas.
Durante los años 90, los países de América Latina y el Caribe (ALC) firmaron cientos de tratados internacionales que protegen a la inversión extranjera y otorgan a los inversores derechos sin precedentes, incluyendo el de demandar a los Estados ante tribunales internacionales cuando consideran que sus ganancias han sido afectadas de alguna manera por las acciones de los gobiernos. Los países de la región tenían la expectativa de que la firma de estos Tratados Bilaterales de Protección de Inversiones (TBI) fueran decisivos en la atracción de inversión extranjera. Sin embargo, más de 30 años después, la evidencia muestra que los TBI han estado lejos de ser un instrumento que contribuya a atraer inversiones, y mucho menos, a promover el desarrollo. Por el contrario, han tenido efectos nocivos para los países de la región.
Los impactos negativos de los TBI siguen siendo poco conocidos y debatidos, tanto en los ámbitos políticos y parlamentarios como en la sociedad civil, la academia y los movimientos sociales. Este informe busca visibilizar los costos sociales y monetarios que generan el sistema de protección de inversiones y los arbitrajes internacionales como mecanismo de resolución de disputas entre inversores extranjeros y Estados.
La explosión en el número de demandas
Las demandas inversor-Estado se han multiplicado en las últimas dos décadas: de un total de 6 casos conocidos bajo tratados en 1996, se pasó a 1401 casos conocidos hasta finales de 2024. De ese total, los países de América Latina fueron demandados en 399 ocasiones hasta el 31 de diciembre de 2024, lo que representa un 28,5% de las demandas inversor-Estado conocidas a nivel mundial. Al cierre de este informe (15/10/2025), los países de la región habían recibido 20 demandas adicionales, alcanzando un total de 419 casos a mediados de octubre de 2025.
¿QUÉ ES EL MECANISMO DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS INVERSOR – ESTADO?
El mecanismo de solución de disputas inversor-Estado, conocido como ISDS por sus siglas en inglés (Investor-State Dispute Settlement), permite a los inversores extranjeros, principalmente grandes empresas transnacionales y fondos de inversión, demandar a los Estados ante tribunales de arbitraje internacionales si consideran que las leyes, las regulaciones, las decisiones judiciales u otras medidas tomadas por el Estado violan las protecciones que tienen bajo un tratado. Los casos son normalmente decididos por tres árbitros, frecuentemente abogados/as, que ejercen la profesión desde el sector privado y con un fuerte sesgo pro-inversor. El mecanismo ISDS ha generado numerosas críticas desde el ámbito académico, profesional y de la sociedad civil, entre las que destacan:
• La falta de transparencia en los procedimientos arbitrales.
• La ausencia de imparcialidad y de independencia de los árbitros.
• Los laudos pueden ser ejecutados en cualquier parte del mundo.
• El costo de un arbitraje inversor-Estado es mayor que un juicio en cortes nacionales.
• Es un sistema unilateral: el inversor es el único que puede iniciar una demanda.
• Las víctimas de los abusos de las empresas transnacionales no disponen de ningún mecanismo parecido para acceder a la justicia.
Los países demandados
De los 42 países de ALC, 23 ya han sido demandados en el sistema internacional de arbitraje, lo que representa más de la mitad de los países de la región.
Argentina, Venezuela, México, Perú y Ecuador son los países más demandados de la región. Entre los cinco suman 257 demandas, lo que equivale a casi ⅔ del total de demandas contra los países de ALC.
DEMANDAS VÍA CONTRATOS: EL CASO DE HONDURAS
El mecanismo ISDS no fue incluido solamente en los TBI y en los TLC con capítulos de protección de inversiones. En los últimos años, algunos países también accedieron a incluirlo en los contratos firmados de modo directo con corporaciones para la explotación de, por ejemplo, hidrocarburos, minas o incluso el manejo del sistema energético. También algunos países lo incluyeron en sus leyes nacionales, lo cual amplía el derecho de usar el mecanismo ISDS a los inversores de cualquier parte del mundo. Este último es el caso de Honduras, El Salvador y recientemente Argentina con el Régimen de Incentivos a Grandes Inversiones (RIGI).
Hasta el año 2023, Honduras casi no había enfrentado demandas ISDS. Pero ese año se dispararon los casos y en solo 12 meses el país recibió cinco demandas, siendo así el segundo país más demandado ante tribunales de arbitraje de ALC en ese año. En total, Honduras ha recibido 12 demandas ISDS en base a tratados con protección de inversiones, seis en base a contratos y tres en base a su Ley para la Promoción y Protección de la Inversión de 2011.
Un boom de demandas durante la última década
La primera demanda de un inversor contra un Estado de ALC, basada en un tratado de protección de inversiones, se registró en 1996 contra Venezuela. Desde entonces, la cantidad de demandas ha aumentado de manera sostenida y alcanzó su primer punto máximo en 2003, principalmente debido a la crisis de la Convertibilidad en Argentina, que implicó una devaluación de la moneda, la pesificación, el congelamiento de tarifas de servicios públicos y la renegociación de contratos de concesión. De las 25 demandas registradas en 2003, 20 corresponden a Argentina.
Desde entonces, la cantidad de demandas ha seguido en ascenso. Mientras que entre 1996 y 2006 se registraron 91 demandas, en la última década (2014-2024) el número total ascendió a 212. Esto implica un incremento de más del 133% en la cantidad de demandas. El año 2023 marcó un récord histórico en ALC, con 28 demandas, 11 de ellas contra México. Esto ocurrió porque aún era posible recurrir al capítulo de protección de inversiones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), cuyo plazo de vigencia finalizó en julio de 2023, tres años después de su sustitución por el Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC). El T-MEC es una versión modificada del TLCAN que limita el arbitraje inversor-Estado entre México y los Estados Unidos a ciertos sectores, mientras que entre Estados Unidos y Canadá, por un lado, y entre Canadá y México por otro, lo elimina por completo.
Es importante resaltar que, además de las demandas presentadas por los inversores en centros arbitrales, existen decenas de amenazas de demandas ISDS. No son pocos los casos en los que los gobiernos decidieron retroceder en medidas planificadas para no tener que enfrentarse a las demandas multimillonarias. Un ejemplo de esta práctica, conocida como enfriamiento regulatorio, o regulatory-chill, es la amenaza de la farmacéutica Novartis contra Colombia en 2016, cuando el gobierno buscó declarar el medicamento Glivec- utilizado para tratar cáncer sanguíneo como de interés público y limitar el monopolio de producción del gigante farmacéutico, con el fin de permitir que la competencia con los genéricos redujera el precio del fármaco. Ante la amenaza de una demanda ante un tribunal de arbitraje, el gobierno colombiano decidió retroceder con la medida.
Ganadores y perdedores del arbitraje
En el arbitraje de inversiones, los Estados han sido los grandes perdedores. De las 419 demandas conocidas contra países de ALC, en 268 ocasiones existió una resolución del caso (ya sea por laudos del tribunal o por acuerdo entre partes). De las 268 demandas resueltas, el inversor salió beneficiado en casi dos tercios de los casos.
Es importante tener en cuenta que, en el sistema de arbitraje internacional, los Estados siempre pierden, ya que las demandas implican millones de dólares en gastos de defensa y de proceso. Incluso en casos donde los tribunales de arbitraje fallan a favor del Estado, es común que este deba desembolsar millones de dólares en la contratación de firmas de abogados que pueden cobrar hasta 1.000 dólares por cada hora de asesoramiento. Por ejemplo, solo hasta 2013, Ecuador llevaba gastados 155 millones de dólares en su defensa y en los costos del arbitraje. En la demanda de Freeport-McMoRan v. Perú, el tribunal rechazó los reclamos de la empresa minera estadounidense, aunque ordenó que las partes pagaran sus costos, lo que en el caso de Perú implicó casi 7 millones de dólares gastados en su defensa. En una decisión reciente de una demanda originada en la crisis argentina de 2001 y que data de 2002 (AES vs. Argentina), Argentina no tuvo que afrontar solo sus propios costos – de 3,5 millones de dólares –, sino casi 16 millones correspondientes a los gastos de la empresa estadounidense, además de un laudo de 716 millones de dólares.
De hecho, en los casos en que el fallo favorece al inversor, es común que el tribunal obligue al Estado a pagar los costos del arbitraje del inversor. La demanda de Perenco contra Ecuador es otro ejemplo claro de esta práctica: en ese caso, el Estado tuvo que pagar 23 millones de dólares al inversor.
- Para descargar el informe completo (PDF), haga clic en el siguiente enlace:
Este informe fue realizado por el equipo de investigadoras del TNI: Bettina MÜLLER y Luciana GHIOTTO.
Diseño: Mauricio TARDUCCI.
Edición del texto: Lucia VICENTE.
Fuente: Transnational Institute (TNI)
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