Carta al embajador de Canadá sobre el TLC con Ecuador

Foto: Tomada de Americalatinasintlc.org

Organizaciones sociales ecuatorianas impulsan una carta abierta al embajador de Canadá donde denuncian que el Tratado de Libre Comercio que se pretende firmar entre ambos países viola la constitución.

En la carta al diplomático canadiense explican que el TLC incluye un capítulo de protección de inversiones que incorpora el mecanismo de solución de controversias inversor-Estado, que está expresamente prohibido por el artículo 422 de la Constitución de 2008. En Ecuador la prohibición constitucional no permite ceder soberanía, una cuestión que fue ratificada en la reciente consulta popular de noviembre de 2025.

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A continuación reproducimos la carta de organizaciones ecuatorianas:

Señor Embajador:

Quienes suscribimos esta carta expresamos nuestra sorpresa ante el anuncio sobre una inminente firma del TLC con Ecuador en el primer trimestre de este año, pues el capítulo de Inversiones en este tratado incluye el arbitraje internacional para la resolución de controversias inversor-Estado (ISDS, por sus siglas en inglés). Firmar el tratado en estas condiciones significará violar la Constitución de Ecuador que en el artículo 422 prohíbe ceder soberanía jurídica a instancias de arbitraje internacional en controversias contractuales o comerciales entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas. Por lo tanto, su vigencia carecerá de valor jurídico.

La Constitución del Ecuador fue aprobada mediante votación popular en septiembre de 2008 y ratificada en la consulta popular de noviembre de 2025; además, en el referéndum de abril de 2024 la mayoría de la población votó NO al arbitraje internacional. Es decir, no hay lugar a duda sobre cuál es la decisión de la mayoría de la población ecuatoriana en relación a este tema que involucra soberanía, democracia y participación social.

Si entra en vigencia, será un instrumento que da mayores ventajas a Canadá: más reducción de aranceles a sus productos, privilegios para sus inversiones (trato nacional, nación más favorecida, acceso a compras públicas, entre otras) impactando negativamente en la pequeña y mediana producción -mientras se favorece al poderoso sector agroexportador del Ecuador-. Si se menciona a las Mipymes, a las Mujeres y a los Pueblos indígenas es para maquillar un acuerdo que a más de inconstitucional es ilegítimo, se negocio a puerta cerrada, sin debate público, y sin evaluar el impacto que tendrá en los derechos humanos y de la naturaleza.

El interés prioritario para Canadá está en el sector minero. Sus empresas son desde hace tiempo denunciadas por violar derechos humanos, como ocurrió con Copper Mesa, que contrató paramilitares para contener la oposición comunitaria en Íntag. Actualmente también enfrentan conflictos en los territorios donde se entregaron concesiones sin consulta previa.

La minería trae daños irreversibles a las zonas de recarga hídrica, contamina el agua -imposibilitando las actividades agropecuarias-, expone a desastres por la instalación de piscinas de relaves. Y como si esto no fuera suficiente, la protesta social surgida para la defensa de garantías constitucionales como el derecho al agua, la soberanía alimentaria, salud, sistemas productivos locales, es reprimida por la fuerza pública, dejando hasta ahora un saldo de personas gravemente heridas y cientos de casos de judicialización a defensores y defensoras de derechos.

Una eventual vigencia del tratado provocará la expansión de la frontera minera, mayor violencia hacia las comunidades y sus organizaciones, y presiones para que nuestra Constitución -que reconoce derechos de los pueblos, derechos de la naturaleza, la consulta popular de iniciativa ciudadana, entre otros- se adapte a las exigencias del tratado.

Son evidentes los esfuerzos oficiales por flexibilizar el control ambiental en el sector minero y aumentar la protección a los proyectos mineros con el uso de la fuerza pública, buscando inhibir la protesta social. Al mismo tiempo, se dejan sin protección los territorios donde avanza la minería en manos de grupos delincuenciales.

También nos preocupa la insistencia en explotar el proyecto minero Loma Larga, irrespetando el pronunciamiento mayoritario de la ciudadanía a favor del agua en las consultas populares vinculantes de Girón (2019) y Cuenca (2021), así como la marcha del Quinto Río, en Cuenca, el 16 de septiembre de 2025, que exigió de manera unánime que Kimsacocha No se Toca.

Preocupaciones como estas ya fueron planteadas a la Embajada de Canadá en Ecuador en marzo de 2024 y meses más tarde fueron presentadas en Canadá por mujeres dirigentes y lideresas de la Conaie, la nacionalidad Shuar y comunidades de Kimsacocha, ante parlamentarios, funcionarios gubernamentales, periodistas y ONG que defienden derechos humanos.

Lo que ocurre en el Ecuador con los proyectos mineros canadienses es observado internacionalmente: sindicatos canadienses han expresado su preocupación por los impactos en territorios de pueblos indígenas y por la inclusión del arbitraje internacional en el TLC con Ecuador, a pesar de esar prohibido en la Constitución ecuatoriana; así mismo, diversas organizaciones sociales y personas de Ecuador, Canadá y otros países se han pronunciado frente a las irregularidades cometidas por las empresas mineras y la criminalización de defensores del agua y los territorios.

En 2014, el grupo de trabajo sobre Minería y Derechos Humanos en América Latina presentó a la CIDH el informe Impacto de la minería canadiense en América Latina y la responsabilidad de Canadá a partir del estudio de 22 proyectos mineros en Argentina, Chile, Perú, Colombia, Panamá, El Salvador, Guatemala, Honduras, México. El informe revela impactos ambientales, desplazamientos forzados, división de comunidades y fractura del tejido social, criminalización de la protesta social, afectaciones económicas, muertes violentas y heridas graves a opositores a los proyectos y a trabajadores de las minas, vulneraciones a la salud, adquisición fraudulenta de la propiedad. En otras palabras, la minería canadiense responde a un patrón de violencia e impactos que sigue vigente.

Canadá cuenta con directrices como las de Voces en Riesgo, que son herramientas para que las misiones diplomáticas canadienses apoyen a defensores y defensoras de los derechos humanos.

Por su parte, el Ecuador cuenta con una Constitución que aporta para la construcción de una nueva forma de convivencia ciudadana orientada al buen vivir, el sumak kawsay, respetando los derechos humanos y de la naturaleza, no su destrucción. Esta Constitución, ratificada por la ciudadanía en la consulta popular de noviembre de 2025, tiene entre sus artículos el 422, que prohíbe el arbitraje internacional. ¿Acaso Canadá se plantea firmar un TLC violando la Constitución del Ecuador?

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Fuente: Bilaterals

Temas: TLC y Tratados de inversión

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