El vacío legal detrás de la “administración temporal” que Estados Unidos plantea sobre Venezuela

Idioma Español
País Venezuela

La afirmación de que un país puede ser “administrado temporalmente” por otro no existe en el derecho internacional vigente. No aparece en la Carta de las Naciones Unidas ni forma parte de los mecanismos reconocidos de seguridad colectiva establecidos tras la Segunda Guerra Mundial. Aun así, esa fue la premisa sobre la que Estados Unidos justificó la operación militar ejecutada en Venezuela durante la madrugada del 3 de enero de 2026.

Bajo ese argumento, el gobierno del presidente Donald Trump anunció la captura y el traslado fuera del país del presidente venezolano Nicolás Maduro y de su esposa, Cilia Flores, y sostuvo que Washington asumirá un rol directo en la conducción del país durante un periodo de transición aún no definido. La operación incluyó ataques aéreos y acciones militares en Caracas y en los estados de Miranda, Aragua y La Guaira, según confirmaron agencias internacionales.

Más allá del despliegue militar, el anuncio abrió una controversia de fondo. El debate no se limita al destino político o judicial de Maduro, sino a la legalidad de una intervención unilateral que combina el uso de la fuerza, procesos penales en tribunales extranjeros y la pretensión de ejercer control administrativo sobre un Estado soberano sin autorización multilateral.

Desde Washington, Trump presentó la operación como una acción de “seguridad y justicia internacional”. En declaraciones públicas, afirmó que el gobierno estadounidense ha imputado a Nicolás Maduro y a Cilia Flores en el Distrito Sur de Nueva York por cargos que su administración califica como narcoterrorismo, conspiración para importar cocaína y delitos vinculados a armas de guerra.

Las imputaciones fueron anunciadas por la fiscal general Pamela Bondi como parte de investigaciones que, según el Departamento de Justicia, se desarrollan desde hace varios años. Hasta el momento, no existe una resolución judicial firme ni una condena emitida por tribunales estadounidenses, y los procesos se encuentran en fase preliminar.

En el mismo pronunciamiento, Trump señaló que su administración evalúa una “reorganización” de sectores estratégicos de Venezuela, incluido el petrolero, con eventual participación de empresas estadounidenses, y advirtió que Washington contempla escenarios adicionales si considera que la situación lo requiere.

La línea oficial fue respaldada por el secretario de Estado Marco Rubio, quien presentó la operación como una acción combinada de seguridad nacional y aplicación de la ley. Desde su perspectiva, la captura de Maduro no se limita a la remoción de un líder político, sino que busca impedir la continuidad de redes criminales y supervisar un periodo de transición bajo control estadounidense. En ese mismo marco, Trump descartó cualquier coordinación con la oposición venezolana y negó haber tenido contacto con María Corina Machado, a quien descalificó públicamente como una figura sin respaldo suficiente para liderar un proceso de transición.

En el plano del derecho internacional, especialistas han señalado que la Carta de las Naciones Unidas establece como principios fundamentales la igualdad soberana de los Estados y la prohibición del uso o la amenaza de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier país. Incluso en los supuestos de amenazas a la paz, las medidas coercitivas solo pueden ser autorizadas por el Consejo de Seguridad y bajo un esquema colectivo. La figura de una “administración temporal” impuesta unilateralmente por un Estado no está contemplada en el sistema multilateral vigente.

En Caracas, el gobierno venezolano calificó lo ocurrido como una agresión militar, declaró estado de emergencia y anunció planes de movilización. En las horas posteriores a la operación, altas autoridades señalaron que no existía certeza pública inmediata sobre el paradero del presidente y de su esposa, y exigieron pruebas de vida.

Más tarde, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, afirmó que Nicolás Maduro fue trasladado a la ciudad de Nueva York tras su captura durante la operación militar, donde, según su gobierno, permanecería bajo custodia federal en el marco del proceso penal anunciado por el Departamento de Justicia. La vicepresidenta ejecutiva Delcy Rodríguez afirmó que las autoridades venezolanas perdieron contacto con el presidente y con Cilia Flores tras la operación, calificó el traslado como un secuestro y una violación de la soberanía nacional, y reiteró que Venezuela no reconoce jurisdicción de tribunales extranjeros sobre su jefe de Estado. Rodríguez anunció además que el gobierno recurrirá a instancias multilaterales para denunciar lo ocurrido.

La reacción internacional fue inmediata. El secretario general de la Organización de las Naciones Unidas, António Guterres, expresó preocupación y advirtió sobre un precedente peligroso. Venezuela y Colombia promovieron una reunión urgente del Consejo de Seguridad, donde el eje del debate se ha centrado en la legalidad de la acción estadounidense. Para numerosos gobiernos y expertos, la invocación de delitos transnacionales no habilita la sustitución de un gobierno ni la administración directa de un Estado soberano.

Dentro de Estados Unidos, la operación también abrió un frente de cuestionamientos políticos. Legisladores como la congresista Norma Torres calificaron la acción de ilegal y temeraria, señalando que el presidente no cuenta con autorización del Congreso para una intervención de esta magnitud y advirtiendo que se pone en riesgo a personal militar estadounidense al margen de los controles constitucionales.

En América Latina, las posiciones han sido diversas, pero con un predominio de rechazo a la intervención. Brasil, México, Colombia y Chile llamaron a una salida política y al respeto del derecho internacional, mientras otros gobiernos expresaron respaldo a la remoción de Maduro. Guatemala se sumó a los llamados a cesar las acciones militares y alertó sobre una posible escalada regional.

Más allá de los procesos judiciales anunciados y de la correlación de fuerzas que se configure en las próximas horas, el punto central permanece abierto. La pretensión de ejercer una “administración temporal” sobre Venezuela no tiene reconocimiento en el derecho internacional contemporáneo. Lo que está en juego no es únicamente el futuro político del país sudamericano, sino la vigencia de un orden global diseñado para impedir que la fuerza militar de un Estado se traduzca en gobierno sobre otro.

Fuente: Prensa Comunitaria

Temas: Criminalización de la protesta social / Derechos humanos

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