En Venezuela el Gobierno ordena quemar plantas transgénicas

El Ministro del Ambiente le ha ordenado a la Universidad de Los Andes incinerar plantas transgénicas de lechosa, producto de una investigación entre el CONICIT y la ULA.

Texto del Oficio Librado por el M.A.R.N.R.
Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales Renovables
OFICIO N. 001338
Fecha: 28 SEP 2000

Dr. Manuel Dagert
Director del Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico (CDCH)
Universidad de Los Andes (ULA)

Por medio de la presente, me dirijo a usted con la finalidad de notificarle que según decisión de fecha 22-08-2000 del Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales Geog. Jesús Arnaldo Pérez (anexo copia constante de 1 folio útil), basado en el Principio de Precaución contenido en el Convenio de Diversidad Biológica y en la Ley de Diversidad Biológica, se ordena a los investigadores responsables del proyecto en el cual se obtuvieron plantas de lechosa transgénicas, las cuales fueron establecidas en campos del FONAIAP, Sector El Estanquillo, San Juan de Lagunillas, jurisdicción del Municipio Sucre, del Edo. Mérida, la incineración de las plantas presentes en la parcela, previa preservación de los frutos en condiciones de estricta contención en su laboratorio, los cuales no podrán ser objeto de nuevos ensayos sin la autorización de la oficina Nacional de Diversidad Biológica, adscrita a este Ministerio.

El proceso de incineración debe ser realizado por los mismos investigadores que adelantan el proyecto, previa indicación a esta Dirección Estadal Ambiental, la fecha y hora, a fin de que funcionarios adscritos a la misma, presencien y verifiquen el cumplimiento de la presente decisión; de igual manera debe levantarse un acta que deje constancia de la referida actuación.

Para la ejecución de tal decisión se le otorga un lapso no mayor de ocho (8) días contados a partir de la notificación del contenido del presente oficio.

Sin otro particular al cual hacer referencia,

Atentamente,

Ing. For. José Francisco Molina Rodríguez
Director (E) Estadal Ambiental - Mérida

PUNTO DE CUENTA PRESENTADA AL: CIUDADANO MINISTRO
POR: DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA NACIONAL DE DIVERSIDAD BIOLOGICA
FECHA: 22-08-2000.
ASUNTO: INFORME VINCULADO AL USO DE TRANSGÉNICOS EN EL ESTADO MÉRIDA

Proposición:

Se somete a la aprobación del ciudadano Ministro la decisión de esta Oficina Nacional de Diversidad Biológica relacionada con la experimentación en campo de especies de transgénicas de la especie Carica Papaya, la cual se encuentra contenida en el informe que se anexa.

Relación:

Procesada la denuncia relacionada con la liberación de transgénicos al ambiente, realizada la inspección y levantado el informe correspondiente, se concluye que, de acuerdo con "el principio de Precaución" contenido tanto en el Convenio de Diversidad Biológica como en la misma Ley y a fin de garantizar la paz social, se debe ordenar a los investigadores responsables del Proyecto que procedan a la incineración de las plantas experimentales presentes en la parcela, previa preservación de los frutos obtenidos, los cuales no podrán ser objeto de nuevos ensayos sin la autorización de la Oficina Nacional de Diversidad Biológica.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Diversidad Biológica, dicha incineración deberá ser realizada de acuerdo a los lineamientos contenidos en el referido proyecto y en presencia de funcionarios del Ministerio del Ambiente, quienes deberán levantar el Acta correspondiente, ello considerando que para el momento de inicio de los experimentos no estaba en vigencia la Ley de Diversidad Biológica y dado el principio de irretroactividad de la Ley no es posible la apertura de Procedimiento Administrativo Sancionatorio.

Dada la situación actual en el estado Mérida relacionada con la experimentación de transgénicos, se recomienda aprobar la solicitud. Información remitida por Jorge Rafael Leal, ten.noisiveurt@rotsart

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