Recurso legal contra la patente sobre el Nim, GRAIN

Por GRAIN

La Oficina Europea de Patentes ubicada en Munich realizará el 9 y 10 de mayo un "Proceso Oral" para escuchar los argumentos presentados por las dos partes litigantes en el caso de la patente concedida al Ministerio de Agricultura estadounidense y a la empresa multinacional W.R. Grace sobre un método paracombatir los hongos en las plantas mediante un extracto de semillas del árbol del Nim, vulgarmente conocido como 'paraíso' en lengua castellana.

RECURSO LEGAL CONTRA LA PATENTE SOBRE EL NIM
GRAIN

La Oficina Europea de Patentes ubicada en Munich realizará el 9 y 10 de mayo un "Proceso Oral" para escuchar los argumentos presentados por las dos partes litigantes en el caso de la patente concedida al Ministerio de Agricultura estadounidense y a la empresa multinacional W.R. Grace sobre un método paracombatir los hongos en las plantas mediante un extracto de semillas del árbol del Nim, vulgarmente conocido como 'paraíso' en lengua castellana. Esta audiencia constituye una oportunidad importante para examinar el problema de la BIOPIRATERÍA, es decir, la apropiación de recursos biológicos del Sur y los conocimientos asociados a su manejo y empleo, a través del sistema de patentes.

LOS HECHOS

El 12 de diciembre de 1990 la empresa multinacional agroindustrial W.R. Grace, de Nueva York, y el Ministerio de Agricultura estadounidense, con sede en Washington, registraron una solicitud de Patente Europea ante la Oficina Europea de Patentes (OEP), en base a una solicitud de precedencia presentada por Estados Unidos con fecha del 26 de diciembre de 1989, que comprendía un método para combatir las infecciones fungosas en las plantas mediante un aceite hidrófobo extraído del Nim.

Tras un proceso de estudio sumamente difícil y controvertido, el 14 de septiembre de 1994 se hizo pública la aprobación de la solicitud y la concesión de una patente europea sobre lo que la OEP redujo a:

"Un método para combatir las infecciones fungosas de las plantas, que supone someter a los hongos al contacto con una fórmula de aceite de Nim que contiene 0,1 a 10% de aceite hidrófobo extraído del Nim, sustancialmente libre de azederactina, 0,005 a 5% de un emulsionante surfactante y 0 a 99% de agua".

En junio de 1995, Magda Aelvoet, ministro belga y miembro del parlamento europeo, en nombre de los Verdes en el Parlamento Europeo, Bruselas; la Dra. Vandana Shiva, en nombre del Research Foundation for Science, Technology and Natural Resource Policy, de Nueva Delhi; y la Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Orgánica (IFOAM), con sede en Alemania, presentaron una demanda contra la concesión de esa patente.

Los demandantes presentaron pruebas ante la OEP de que el efecto fungicida de los extractos hidrófobos de semillas del Nim constituye un saber conocido y empleado durante siglos en amplios sectores de la India, tanto en la medicina brahmánica de los vedas para curar enfermedades de la piel, como en las prácticas agrícolas tradicionales de la India para proteger los cultivos amenazados por las infecciones fungosas. Dado que este conocimiento tradicional de la India fue practicado libremente durante siglos, podría suponerse entonces que la solicitud de patente en cuestión carecía de dos de los requisitos estatutarios fundamentales para la concesión de una patente europea, a saber, el requisito de novedad y el de paso creativo (en Estados Unidos, la no obviedad).

Además, los demandantes denunciaron que el método fungicida proclamado en la patente se basa en una única variedad vegetal (Azederaque índico) y, por lo tanto, que su concesión resultaría en el monopolio por lo menos parcial de esa obtención vegetal. Puesto que el Convenio Europeo sobre Patentes (CEP) prohíbe explícitamente el patentamiento de variedades vegetales, los demandantes reclamaron en consecuencia la revocación de la patente.

En sus primeras declaraciones preliminares del 30 de septiembre de 1997, el Tribunal de Diferendos de la OEP sostuvo, en resumen, que parecería que "no es posible mantener la patente actual" en vista de [las pruebas aportadas por los demandantes respecto a] la falta de novedad y paso creativo. Es más, el contenido de la [evidencia adicional presentada por los demandantes] "podría sentar un precedente importante con respecto al paso creativo".

En una segunda declaración preliminar fechada el 15 de junio de 1999, el Tribunal de Diferendos de la OEP sostuvo que la evidencia presentada por los demandantes indicaría que "todos los rasgos distintivos de la concesión actual (de la patente) ya fueron revelados a la luz pública con anterioridad a la presentación de la solicitud de patente, durante pruebas de campo realizadas en los distritos indios de Pune y Sangli" en Maharashtra, India Occidental, en los veranos de 1985 y 1986. El Tribunal de Diferendos sostuvo, además, que otras pruebas suministradas por los demandantes indican que "añadir una cantidad adecuada de emulsionante constituye apenas un procedimiento de rutina para cualquier persona calificada" y, por lo tanto, "se consideraba que la actual materia en cuestión no implicaba un paso creativo".

El abogado de los demandantes durante el Proceso Oral será el Dr. Fritz Dolder, catedrático en derechos de propiedad intelectual, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Basilea, Suiza.

EL ÁRBOL DEL NIM

La denominación botánica del árbol del Nim es 'Azederaque índico', que proviene del nombre persa del árbol, Azad-Darakth, que significa "el árbol libre". Este árbol forma parte de la familia del caoba y es originario del subcontinente indio. Durante el siglo pasado fue introducido en varios países africanos, centro y sudamericanos, del caribe y asiáticos donde ahora prolifera. El Nim es un atractivo árbol tropical de hoja perenne que puede alcanzar treinta metros de altura y dos metros y medio de circunferencia. Sus ramas se extienden formando una corona que llega a tener diez metros de diámetro y cada árbol puede llegar a vivir más de dos siglos.

En la India es donde este árbol es más corrientemente utilizado. Aparece mencionado en textos escritos de más de dos mil años y ha sido utilizado durante siglos en la agricultura como repelente de plagas e insectos, en medicina y veterinaria, en artículos de tocador y cosméticos. También es venerado en la cultura, las religiones y la literatura de la región. La India ha compartido sin egoísmo su "árbol libre" y los conocimientos acerca de su miríada de usos, pero ahora, a través del sistema de patentes, este importante recurso está convirtiéndose en la propiedad privada de un puñado de empresas.

LAS PATENTES SOBRE EL NIM

Al momento de presentarse la demanda contra la patente sobre el Nim, la Oficina Europea de Patentes había concedido sólo cuatro patentes sobre productos del Nim. Hoy ya hay 40 solicitudes de patente sobre el Nim registradas y en distintas etapas de estudio ante la Oficina Europea de Patentes, mientras que en todo el mundo ya se han otorgado 90 patentes, que incluyen concesiones sobre efectos insecticidas y fungicidas, métodos de extracción, fórmulas estables de almacenamiento de uno de sus ingredientes activos, la azederactina, métodos anticonceptivos y otros usos medicinales. La mayoría de los "propietarios" del Nim son empresas multinacionales como la farmacéutica Rohm&Haas y la poderosa W.R. Grace, una de las gigantes del sector de agrotóxicos.

Cabe señalar que ninguna de las patentes sobre el Nim implica productos de la ingeniería genética y que el árbol en sí no ha sido patentado, como tampoco ninguna de sus partes. El caso que será visto el 9 y 10 de mayo se refiere a un proceso simple de extracción hidrófoba en base a semillas de Nim toscamente molidas.

La lista completa de todas las solicitudes de patente sobre el Nim que se encuentran registradas ante la Oficina Europea de Patentes estará disponible durante la conferencia de prensa, pero también puede ser solicitada llamando a alguno de los teléfonos indicados más adelante.

EL ÁRBOL DEL NIM Y LA BIOPIRATERÍA

Las patentes sobre el Nim le reportarán importantes ganancias a los supuestos dueños, pero las comunidades que primero entendieron los usos del Nim y que compartieron ese conocimiento con el resto del mundo no van a recibir ninguna compensación en absoluto. Las patentes sobre el Nim constituyen tan sólo un caso en una larga lista de recursos genéticos autóctonos del Sur sobre los que un puñado de empresas multinacionales, principalmente del Norte, está imponiendo derechos de propiedad intelectual. Este sistema de patentes originado en el Norte no pretende reconocer ni retribuir como inventos los productos de los procesos de innovación comunitaria tales como los que generaron los usos hoy conocidos del Nim. Solamente se juzga que ha ocurrido un "invento" cuando esos usos son descritos en términos de la ciencia y las tecnologías occidentales, en cuyo caso se permite que un "inventor" individual o una serie de "inventores" individuales sean remunerados con los derechos monopólicos de propiedad que hacen que valga la pena poseer una patente. Este es el mecanismo a través del cual se está operando una transferencia masiva de riqueza biológica e intelectual desde el Tercer mundo hacia el Norte.

El fungicida protegido por la patente concedida por el Ministerio de Agricultura estadounidense a la empresa W.R Grace no se puede producir si no existen semillas naturales de Nim. Un efecto directo del monopolio empresarial que ha sido posibilitado por el sistema de patentes sobre el Nim es el aumento asombroso de la demanda de semillas por parte de las empresas dueñas de las patentes. La fábrica que instaló la empresa Grace en India puede procesar hasta veinte toneladas de semillas por día. Casi la totalidad de la semilla que se recoge y que antes estaba a libre disposición de los campesinos y curanderos, es ahora comprada por esa empresa, lo que ha ocasionado un incremento del precio de la semilla del Nim que la hace inaccesible para el común de la gente.

El aceite de Nim utilizado en las lámparas de aceite ya prácticamente no se consigue puesto que los fabricantes locales no consiguen la semilla que constituye su materia prima. Los pobres han perdido acceso a un recurso de vital importancia para su supervivencia, un recurso barato del que antes disponían en abundancia.

En cierto momento se intentó introducir un mecanismo de "consentimiento previamente informado" en la normativa de la Unión Europea sobre "Protección legal de las Invenciones Biotecnológicas", en un esfuerzo por resolver los problemas de la biopiratería. Sin embargo, esa legislación entró en vigencia en julio de 1998 sin que se le hubiera incorporado ninguna de las medidas de protección propuestas. Ahora los esfuerzos se centran en el Convenio sobre Diversidad Biológica como instrumento legal internacional para exigir que las solicitudes de patente sobre recursos biológicos estén obligadas a identificar el origen del material.

LA CAMPAÑA POR EL NIM

El recurso contra la patente sobre el Nim fue inicialmente entablado como una acción en solidaridad con la Campaña por el Nim que había sido lanzada en 1993 por campesinos de la India temerosos ante el hecho de que sus recursos genéticos y conocimientos tradicionales estaban quedando cada vez más en manos de intereses extranjeros a través del mecanismo legal de las patentes. Ellos asemejaban lo que estaba sucediendo a una forma moderna de "cercamiento de los comunes", pero en este caso no eran tierras de usufructo público las que se privatizaban sino conocimientos públicos. Una delegación de campesinos y científicos de la India traerá consigo a Munich un petitorio firmado por 500 mil ciudadanos de ese país que reclaman la revocación de las patentes sobre el Nim.

ORGANIZACIONES QUE APOYAN EL RECURSO CONTRA LA PATENTE SOBRE EL NIM

Research Foundation for Science, Technology and Natural Resource Policy
Magda Aelvoet, Ministro de Protección a los Consumidores, Salud Pública y
Medio ambiente de Bélgica
Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Orgánica (IFOAM)
La bancada de Los Verdes en el Parlamento Europeo
Schweisfurth Stiftung (Alemania)
Kein Patent auf Leben (Munich, Alemania)
La Coordinación Europea 'No Patents on Life!' (Suiza)
A-SEED International (con sede en Amsterdam)
GAIA International (con sede en el Reino Unido)
OXFAM-Wereldwinkels (Bélgica)
OXFAM-Solidarity (Bélgica)
ECOROPA (Francia)
OXFAM-Gran Bretaña
Erklarung von Bern (Suiza)
Keine Patente auf Leben (Coordinación Suiza)
Action Aid (Reino Unido)
Five Year Freeze (Reino Unido)
The Edmonds Institute (EE.UU.)
GRAIN International (con sede en Barcelona)

Además de los tres demandantes oficiales del caso, las siguientes organizaciones aparecieron enumeradas en el recurso legal original como apoyando la acción: Karnakata Rajya Raitha Sangha (India); Red del Tercer Mundo (Malasia); la bancada de Los Verdes en el Parlamento Europeo (Unión Europea); la Coordinación Europea 'No Patents on Life!' (Suiza); Rural Advancement Fund International (Canadá); Cultural Survival (Canadá); The Cultural Conservancy (EE.UU.); The Edmonds Institute (EE.UU.); Institute for Agriculture and Trade Policy (EE.UU.); Washington Biotechnology Action Project (EE.UU.); Rio Grande Bioregions Project (EE.UU.).

POR INFORMES, diríjase telefónicamente a:
del 8 al 10 de mayo: + (49 0)172 896 38 58
antes y después de esa fecha, llame a alguno de los demandantes:
Dr. Asfar Jafri: +9111 696-2589 (India)
IFOAM: +49 6853 5190 (Alemania)
Steve Emmott: +322 284-2026 (Bélgica)

PARTES DE ESTA INFORMACIÓN SOBRE ANTECEDENTES FUERON EXTRAÍDAS DE:

Intellectual Piracy and the Neem Patents, Research Foundation for Science,
Technology and Natural Resource Policy, Dehradun, India, 1993.
Campaign against Biopiracy, Research Foundation for Science, Technology and
Ecology, Nueva Delhi, India, noviembre de 1999.
Estas publicaciones estarán disponibles durante la conferencia de prensa en
Munich, el 8 de mayo. También puede solicitarlas de RFSTE, !-60, Hauz Khas,
Nueva Delhi - 110 016, India
Neem, A Tree for Solving Global Problems, NaturalAcademy Press, Washington
D.C., 1992.

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