Brasil: Justicia suspende deforestación de floresta de araucaria

La Justicia Federal de Santa Catarina suspendió ayer la autorización de la deforestación en el área de la usina de Barra Grande, que queda en las márgenes del Río Pelotas, entre los estados de Santa Catarina y Rio Grande do Sul

Adital - Sin embargo, hoy por la mañana, los operarios continuaban con el corte de los árboles bajo la protección de efectivos policiales.

Por la mañana, cerca de 100 empleados contratados por el consorcio de la Empresa Energética Barra Grande S.A. (Baesa), responsable por la obra, reiniciaron el trabajo de deforestación de 6 mil hectáreas de mata atlántica ubicada en el área a ser inundada pora reservorio. La operación de los funcionarios fue escoltada por un gran aparato de la policía militar. Los manifestantes acampados en el lugar, sabiendo del despacho preliminar judicial, decidieron no permitir la continuidad de la tala de la floresta y expulsaron a los operarios. Los agricultores acampados denunciaban hace mucho tiempo los grandes problemas de la región, y entre ellos destacan: en la cuestión social de las 1.500 familias damnificadas, la empresa reconoció solamente mil, y de estas, apenas 350 fueron consideradas damnificadas por los criterios de la empresa. En la cuestión ambiental, además del gran fraude que ocultó la existencia del área de mata atlántica, la tala de la floresta está ocurriendo en primavera, período de reproducción de animales y de pájaros, lo que viene a comprometer la fauna de la región.

Según Eloir Soares, pequeño agricultor damnificado por la obra, "el pueblo está preparado para una larga jornada de lucha". Ayer, realizaron una asamblea y decidieron permanecer en el lugar. El campamento continúa por tiempo indeterminado, según André Santori, damnificado por la obra, "el pueblo continúa entusiasmado y la decisión de los agricultores es continuar en permanente proceso de movilización. El despacho preliminar diferido por el juez ya es una victoria para el pueblo damnificado, sin embargo todos los problemas sociales y ambientales todavía no fueron resueltos, y es por ese motivo que el campamento continúa".

La decisión

El juez de la 3ª Jurisdicción Federal de Florianópolis, Osni Cardoso Filho, suspendió los efectos de la Autorización de Supresión de Vegetación nº 12/2004, de la presidencia del Instituto Brasilero de Medio Ambiente y de Recursos Naturales Renovables (Ibama), y determinó al órgano que no conceda ninguna otra licencia que autorice la deforestación del área para constituir la cuenca de inundación de la Usina Hidroeléctrica Barra Grande, entre Anita Garibaldi (SC) y Pinhal da Serra (RS).

La decisión acata el pedido de despacho preliminar de la Red de Organizaciones No Gubernamentales de la Mata Atlántica y de la Federación de Entidades Ecologistas de Santa Catarina, que demandaron mediante acción civil pública al Ibama y a la contratista Baesa. El Ibama fue intimado por la decisión sobre el final de la tarde del martes 26.

El Ibama tampoco puede, de acuerdo con el despacho preliminar, emitir la Licencia de Operación de la Usina. La falta de cumplimiento de la decisión judicial acarreará al Ibama el pago de una multa por valor equivalente a los R$ 500 mil, sin prejuicio de la inmediata averiguación de responsabilidades criminales. El pedido de las ONGs para la paralización de las obras de la usina será analizado por el juez después de las respuestas de los acusados. Todo esto no es definitivo, pues todavía cabe la apelación ante el Tribunal Regional Federal de la 4ª Región (TRF4).

El juez aceptó las alegaciones de las ONGs, de que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), realizado por la empresa, ?partió de informaciones completamente disociadas de la realidad del lugar, sin diagnóstico razonable del compromiso ambiental por la pretensión de construir una usina hidroeléctrica?.

Según el despacho preliminar, el EIA no declaró la existencia de vegetación primaria y vegetación secundaria en estado avanzado de regeneración, que cubre más del 50% del área, registrando al contrario, la presencia de vegetación secundaria arbórea, que cubriría la mayor área, equivalente a 6.917 hectáreas. ?Si el licenciamiento ambiental del cual resultaron la concesión de la licencia previa y de la licencia de instalación tuvo como fuente de información un estudio ambiental que no cumplió sino formalmente su finalidad, todo el procedimiento está completamente viciado?, afirmó el magistrado.

Cardoso Filho resaltó que, en sus informaciones preliminares, ?el Ibama ratifica, no la posibilidad, pero sí la certeza de daño ambiental, que lo califica como significativo?. El juez señaló además que el organismo ambiental admitió que el EIA no hizo ninguna referencia a la existencia de parte de remanentes de bosque mixto primario (araucaria) y en avanzado estado de regeneración en el área de inundación del reservorio de la usina.

El Ibama afirmó que celebró con la empresa, con la participación del Ministerio Público Federal (MPF), Abogacía General de la Unión, Ministerio de Medio Ambiente y Ministerio de Minas y Energía, un término de compromiso para disminuir el impacto derivado de la supresión de los remanentes forestales, partiendo del principio de que es irreversible que el emprendimiento todavía en marcha sea puesto en operación. Según el magistrado, el término ?encuentra, mientras tanto, justificativa en la concepción restricta de que las piedras puestas una a una por la mano humana nunca pueden ser retiradas del lugar, en nombre del supuesto desarrollo?.

Para el magistrado, del lado contrario está el patrimonio nacional, inalienable, con utilización restricta en los términos de la ley. Cardoso Filho destacó que, quien vea las fotos adjuntadas al proceso, ?dirá que el derribamiento de todos los árboles en la región, la muerte de los animales que la habitan, el rompimiento de la cadena alimenticia de los seres vivos, por ejemplo, no encontrarán ninguna compensación?.

El argumento de que el abastecimiento de energía es indispensable para evitar nuevos riesgos en el suministro, no legitima, según el juez, ?el procedimiento aparentemente ilícito hasta aquí tolerado?. Para Cardoso Filho, ?el equilibrio de las cuestiones relacionadas al consumo de energía eléctrica pasa por innumerables soluciones plausibles; éstas invariablemente no son satisfactorias cuando el mal es realizado en desfavorecimiento del medio ambiente?, concluyó.

El magistrado determinó, finalmente, el envío de la copia de la decisión al Ministerio Público Federal (MPF), para apreciación de acontecimiento de ilícito penal, una vez que el Ibama está privado de conceder, por fuerza de una preliminar concedida en acción civil pública juzgada en el 2000, cualquier autorización para explotación o corte selectivo de especies clasificadas como amenazadas de extinción en la Mata Atlántica, ?muchas de estas probablemente presentes en el área indicada en la Autorización de Supresión de Vegetación nº 12/2004?.

ADITAL, Internet, 28-10-04

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