Declaración del Tribunal Permanente de los Pueblos en defensa de las semillas

El Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP), reunido en sesiones preliminares en la ciudad de Cartago, Costa Rica entre el 19 al 21 de enero de 2026, ha sido convocado por un conjunto amplio y diverso de organizaciones campesinas, indígenas y redes comunitarias vinculadas a la defensa de las semillas. 

EL TRIBUNAL PERMANENTE DE LOS PUEBLOS ABRE PROCESO DE DEFENSA DEL DERECHO DE LOS PUEBLOS A LAS SEMILLAS

Desde el Colectivo de Semillas, conformado por diversas organizaciones de América Latina, hemos promovido y acompañado procesos y encuentros por visibilizar la urgencia de defender una relación entre pueblos y comunidades con sus cultivos y semillas fundamentales que no tenga restricciones y que reconozca la integralidad ontológica  inmemorial de los pueblos con sus cultivos. Tanto que puede afirmarse que “no hay pueblos sin semillas ni semillas sin pueblos”.

Durante varios meses de conversaciones con el Tribunal Permanente de los Pueblos, hemos solicitado su compañía e interlocución, para iniciar un proceso de defensa de esa relación de los pueblos con sus semillas. “En el reconocimiento de la urgencia de defender la libertad responsable de usar y cuidar nuestras semillas campesinas, indígenas, en todo el mundo, base de nuestros sistemas alimentarios y nuestra subsistencia, reconociendo plenamente la relación que guardan pueblos y conglomerados desde el principio de los tiempos con sus cultivos, con sus semillas, siendo que es fundamental para su existencia como pueblos y para el futuro de la biodiversidad en nuestro planeta”.

El tribunal escuchó un conjunto de casos el 19, 20 y 21 de enero de 2026 en el Centro Nacional Especializado en Agricultura Orgánica del Instituto Nacional de Aprendizaje en Cartago, Costa Rica. Luego de las audiencias, el Tribunal Permanente de los Pueblos emitió una declaración donde indica: Por todo lo oído y documentado en estas sesiones, el Tribunal verifica que los hechos denunciados se inscriben plenamente en el área de su competencia en materia de derechos de los pueblos, bienes comunes y violencias estructurales”.

Por lo anterior, un conjunto amplio y diverso de organizaciones iniciaremos un proceso de presentación de casos y elementos probatorios frente al Tribunal Permanente de los Pueblos, mediante el cual documentaremos tanto la importancia de las semillas campesinas para la vida de los pueblos, como los ataques cada vez más agresivos contra el derecho de los pueblos campesinos a cuidarlas, sembrarlas y compartirlas. Este es un proceso al que invitamos a presentar sus casos a otras organizaciones dedicadas a la defensa de las semillas campesinas, de los pueblos del campo, de la soberanía alimentaria y de la Madre Naturaleza.

- Para descargar la campaña del Colectivo de Semillas en PDF, haga clic en el siguiente enlace:

Para mayor información sobre los procesos de participación, por favor escribir a:

Ramón Vera-Herrera,  constelacion50@gmail.com

Colectivo de Semillas

Marzo 2026

DECLARACIÓN DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE LOS PUEBLOS EN DEFENSA DE LAS SEMILLAS

El Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP), reunido en sesiones preliminares en la ciudad de Cartago, Costa Rica entre el 19 al 21 de enero de 2026, ha sido convocado por un conjunto amplio y diverso de organizaciones campesinas, indígenas y redes comunitarias vinculadas a la defensa de las semillas. Esa convocatoria no constituye un gesto simbólico ni una apelación retórica. Es un llamado a examinar, con rigor y sentido de realidad, un campo de conflictos donde la vida cotidiana de comunidades enteras se encuentra atravesada por decisiones económicas, técnicas y normativas que se presentan como inevitables, pero que son, en verdad, opciones políticas.

Las organizaciones comparecientes representan a pueblos y poblaciones que sostienen un vínculo ancestral, cotidiano e íntimo con la tierra, las semillas y las prácticas agroecológicas. No se trata únicamente de una relación productiva o de un saber instrumental. En sus relatos, la semilla aparece como memoria material y como futuro, como forma de continuidad cultural, de tecnología viva, acumulada durante siglos de selección, cuidado, intercambio y crianza mutua como práctica comunitaria. La agroecología invocada en estos encuentros es un modo de vida y un modo de conocer. 

El Tribunal toma nota de que ese vínculo no se agota en la identidad sino que tiene consecuencias directas sobre la subsistencia vital, salud, autonomía alimentaria y manejo de la biodiversidad. 

En el curso de las sesiones, las organizaciones han relatado con elocuencia una serie de problemáticas que incluyen conflictos por tierra y territorio, presiones regulatorias, criminalización de prácticas tradicionales de intercambio de semillas, imposición de registros, condicionamientos comerciales, dependencia tecnológica, exposición a paquetes químicos y degradación ambiental. El Tribunal reconoce que, en apariencia, muchos de estos conflictos adoptan formas regionales y locales —distintas normas, distintas agencias, distintos lenguajes administrativos — pero que sin embargo, su análisis permite convertir esa dispersión en una lectura sistemática. Bajo la diversidad de escenarios, emergen mecanismos comunes reconocibles, repetidos y, por lo tanto, estructurales.

En consecuencia, el Tribunal entiende que, al menos, los siguientes mecanismos están presentes —con variaciones locales — en la totalidad de los reclamos examinados:

a) Violencia explícita y coerción territorial.

En numerosos testimonios aparece una violencia directa en forma de amenazas, hostigamientos, desalojos, desplazamientos inducidos, persecución selectiva de liderazgos, y prácticas de intimidación que funcionan como propagadores de miedo. Esa violencia no siempre adopta la forma de un evento único. Con frecuencia se vuelve un clima recordatorio de que la permanencia en el territorio puede ser castigada. Para el Tribunal, esta dimensión es central porque constituye un instrumento que acompaña la transformación material del territorio y el quiebre de la vida comunitaria.

b) Lobby ubicuo y captura de decisiones públicas.

El Tribunal reconoce la existencia de un mecanismo persistente de presión política y económica —ubicuamente presente, con rasgos generales similares — ejercido por grandes empresas nacionales y transnacionales sobre gobiernos de todo signo, al menos durante las últimas tres décadas. Esta presión adopta formas diversas que incluyen promesas de inversión, amenaza de desabastecimiento, litigios estratégicos, financiamiento indirecto, puertas giratorias entre agencias estatales y empresas, producción de informes “técnicos” como argumento de autoridad, y construcción de marcos narrativos que fijan lo “realista” y descalifican lo “imposible”. El patrón se adapta a cada Estado, a cada coyuntura y a cada régimen político, pero conserva su función esencial que es orientar el diseño normativo y la política pública hacia la expansión de un modelo que concentra beneficios y disemina costos.

c) Vaciamiento de justicia en la arquitectura legal formal.

El Tribunal observa que, en muchos escenarios, las leyes formales, las reglamentaciones locales y los tratados de libre comercio operan como instrumentos vaciados de contenido sustantivo de justicia. No porque la forma jurídica carezca de valor en sí misma, sino porque, en estos conflictos, la legalidad aparece con frecuencia como una cáscara vacía que confiere apariencia de regularidad mientras desplaza el debate democrático y convierte la obediencia en principio rector. Se legisla y se reglamenta para ordenar el mercado, no para proteger la vida; para estandarizar, no para reconocer diversidad; para facilitar la circulación de mercancías, no para custodiar bienes comunes. En ese marco, el derecho deja de ser un límite al poder y se vuelve una tecnología de subordinación.

d) Concentración de beneficios y socialización compulsiva de riesgos.

El Tribunal reconoce un patrón económico-jurídico repetitivo que es la concentración del beneficio en manos de pocos actores quienes controlan genética, insumos, licencias, logística y acceso a mercados pero que se acompaña simultáneamente de la socialización de riesgos sanitarios, ambientales y sociales sobre poblaciones amplias. Las ganancias se privatizan mientras que los efectos adversos se distribuyen. La contaminación, la degradación de suelos, la pérdida de biodiversidad, la incertidumbre epidemiológica, el endeudamiento, la dependencia tecnológica, el éxodo rural y la erosión cultural se presentan como cuestiones ajenas al modelo/paquete, es decir, como daños que no se deben computar en la contabilidad de quienes se benefician. El Tribunal entiende que esta asimetría no es incidental sino más bien el modo de funcionamiento del sistema denunciado.

e) Invisibilización sistemática mediante fragmentación y exigencias probatorias subvertidas.

Un mecanismo común identificado en estas sesiones consiste en tratar cada daño como un episodio aislado, a cada comunidad como caso desconectado, y a cada conflicto como un pequeño espacio sin vínculo con el patrón general. A ello se suma la exigencia de pruebas de causalidad en escenarios donde el Estado no produce datos, donde las exposiciones son crónicas y multicausales, y donde los afectados carecen de recursos para financiar vigilancia ambiental o sanitaria independiente. La consecuencia es el tornar invisible el proceso de daño e invertir la carga de lo demostrable. 

f) Nutrida representación de mujeres y daño agravado.

El Tribunal evidenció en los relatos una nutrida representación de mujeres entre las personas directamente afectadas por estos procesos, especialmente en lo que concierne a la custodia cotidiana de semillas, la reproducción de prácticas alimentarias, el cuidado comunitario y la transmisión de saberes. Esta nutrida representación no es un dato accesorio sino que implica una afectación diferencial. El daño, por tanto, no es solo económico o territorial sino también una violación adicional por su impacto específico sobre la vida de las mujeres. 

Por todo lo oído y documentado en estas sesiones, el Tribunal verifica que los hechos denunciados se inscriben plenamente en el área de su competencia en materia de derechos de los pueblos, bienes comunes y violencias estructurales.

En consecuencia, el Tribunal solicita a las organizaciones promotoras que remitan a la Secretaría General una hoja de ruta del procedimiento que proponen seguir. 

Durante el proceso venidero, el Tribunal considerará indispensable que las comunidades y organizaciones sostengan un deber de cuidado probatorio y político, preservando y aportando, en la medida de sus posibilidades, registros verificables de hechos (en forma de testimonios, documentos, fotografías, mapas, actas, datos locales) siempre resguardando la integridad y seguridad de quienes declaran. 

Dado que las organizaciones promotoras provienen de regiones y tradiciones distintas, y que esa diversidad es una fortaleza de este proceso, el Tribunal alienta a mantener la coherencia colectiva pero sin suprimir su diversidad interna, asegurando formas de deliberación dentro de las comunidades que permitan y alienten el pluralismo. 

- Para descargar la Declaración Final en PDF, haga clic en el siguiente enlace:

Fuente:  Tribunal Permanente de los Pueblos

Temas: Defensa de los derechos de los pueblos y comunidades, Saberes tradicionales, Semillas

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