CIDH: los Estados tienen la obligación de evitar y sancionar los discursos de odio

Idioma Español
País Guatemala

La entidad Interamericana señaló que el informe recuerda el compromiso que los Estados adoptaron al momento de ratificar la Convención Americana de Derechos Humanos. 

En el marco del 195 Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se presentó en la ciudad de Guatemala el informe temático “Discurso de odio en la Convención Americana de Derechos Humanos: alcance del artículo 13.5 y recomendaciones”. 

La presentación estuvo a cargo del segundo vicepresidente de la CIDH, José Luis Caballero; el relator especial para la Libertad de Expresión, Pedro Vaca; Raquel de la Cruz de Artigo 19 de Brasil y Florencia Reggiardo del Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). 

El informe desarrolló el artículo 13.5 sobre la libertad de pensamiento y de expresión. El comisionado José Luis Caballero dijo al presentarlo que el sistema interamericano no tiene una declaración o informe temático específico sobre el discurso de odio. 

“Si uno de los elementos centrales sobre el discurso de odio es la existencia del deber de sancionar estas acciones, entonces, el punto de partida a nivel normativo en el sistema interamericano se encuentra justamente en el artículo 13.5 de la Convención que estipula la prohibición por ley de toda apología en la defensa del odio, que constituya, incite a la violencia u otra acción ilegal contra cualquier persona o grupo de personas por ningún motivo, inclusive por razón, color, religión u origen de nacionalidad”, señaló el experto de la CIDH. 

El relator Pedro Vaca explicó que el informe no busca establecer una definición sobre el discurso de odio y las obligaciones de los Estados. “Lo que el informe sí hace es recuperar el compromiso de los Estados de denunciar esa apología del odio, de justificarlo y que hace una incitación a la violencia”, señaló.

El informe temático se convierte en una herramienta valiosa porque pone sobre la mesa que las manifestaciones del discurso de odio están relacionadas con relaciones históricas y estructurales que se conectan con nuestro pasado de colonialismo y esclavitud, resaltó de la Cruz.

Florencia Reggiardo señaló que los Estados tienen la obligación de evitar y sancionar los discursos de odio a partir de legislaciones armonizadas con acuerdos internacionales. “Lo primero es el principio de legalidad; el principio de prevención que tiene que proteger el derecho y que tiene que tener un papel activo de proteger; el principio de necesidad que tiene un récord de seguridad que no perjudique; y por último, la proporcionalidad, que se tiene que ponderar otro tipo de sanciones y el derecho penal debe ser la última instancia”, aseguró. 

El informe sobre Discursos de odio es una de las últimas actividades de la CIDH en el marco del 195 Periodo de Sesiones en Guatemala, en donde aprovecharon para visitar a los presos políticos como los dirigentes indígenas Luis Pacheco, Héctor Chaclán y el exfiscal Stuardo Campo.

Fuente: Prensa Comunitaria

Temas: Criminalización de la protesta social / Derechos humanos

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