Una ley para la privatización de la semilla

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Hoy la semilla campesina e indígenas puede ser intercambiada o vendida libremente, pero un proyecto de ley intenta cambiar esa práctica milenaria con la excusa de la calidad y el control. Según la OCDE casi el 90% de las semillas que utilizamos en Costa Rica no están sujetas a mecanismos de certificación, por ser en su gran mayoría semillas locales, nativas y criollas.

En la práctica se trata de un mecanismo de restricción de uso de las semillas, una privatización de esta práctica ancestral que ha hecho posible la agrobiodiversidad existente y que se encuentra en extinción por la homogeneización de la agricultura industrial. Se trata del proyecto bajo el título: “Ley sobre la Producción y control de calidad en el Comercio de semillas”, expediente 21087.

Según la Red de Coordinación en Biodiversidad “ese texto fue construido sin ningún tipo de participación de organizaciones campesinas, ecologistas o indígenas, y tampoco ha sido consultado a representantes de estos sectores como parte de su trámite legislativo”.

Por su lado la Red de Mujeres Rurales mediante una carta enviada a la Comisión de Asuntos Agropecuarios de la Asamblea Legislativa este proyecto de ley “no parte de una visión integral de la agricultura y el papel de la diversidad de las semillas”. Para ellas “quien controla las semillas controla la agricultura, controla la producción de alimentos y controla la alimentación del mundo y concentra el poder.”

Según la Oficina Nacional de Semillas en nuestro país el negocio de importación de simientes o semillas reporta transacciones de hasta USD$ 36 millones anuales repartidas entre 104 empresas con permisos para vender semillas certificadas, pero solamente 8 compañías controlan el 53% de todas las variedades disponibles comercialmente.

Diversos colectivos y organizaciones le han hecho saber a los diputados que esta ley está hecha para proteger a un sector agroindustrial de producción y comercialización de semillas. Pero además está diseñada para ir en contra de los intereses de la mayoría de la población.

Para la Red de Mujeres “La ley puede provocar una verdadera persecución a las personas campesinas o indígenas que realizan una labor de mucho valor para la humanidad, conservar las semillas, y para conservarlas deben reproducirlas". Esto debido a que se plantean penas e infracciones contra las personas que intercambian semillas locales cuando estas representan una amenaza comercial para las empresas.

Sumando a todo lo anterior es especialmente grave la falta de participación de los pueblos indígenas en un tema que les afecta directamente y es obligatorio consultarles tal como señala el convenio 169 de la OIT.

Según la Asociación De Desarrollo Indígena Bribri Talamanca (ADITIBRI) en una carta enviada a la Comisión de Agropecuarios aseguro que: “hemos mantenido nuestras semillas, intercambiado y reproducido con prácticas milenarias”.

Para ADITIBRI la forma de conservación, reproducción y producción son propias de los pueblos indígenas, prácticas inclusive antes de la fundación de la República, en este caso, se refiere al convenio 169 OIT indicando, los Estados deberán reconocer y proteger los valores y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales propios de dichos pueblos. La ADITIBRI aseguran que no han sido informados ni consultados y que este proyecto es contrario a las prácticas tradicionales y costumbres de su pueblo y solicitan archivar dicho proyecto de ley.

Hace más de quince años se ha venido intentando aprobar distintos proyectos de ley relacionados con el tema que tienen serias implicaciones para la agricultura campesina e indígena, así como para el cumplimiento de las obligaciones del país en el marco del Tratado de Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura de la Organización Mundial para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la “Declaración de los derechos campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales” de las Naciones Unidas votada favorablemente por Costa Rica el 20 de noviembre de 2018.

El proyecto de ley expediente n°21087 excluye a las comunidades indígenas y campesinas de los espacios de decisión en materia de semilla. Tanto en la Junta Directiva de la Oficina Nacional de Semillas (ONS), como en la Comisión Nacional de Recursos Fito-Genéticos (CONAREFI), no toman en cuenta a ninguna organización o instancia que pueda defender los derechos de las personas que cultivan la tierra.

Por otra parte, crea un marco de competencia desleal ya que los únicos que podrán venderle al Estado costarricense semillas para las distintas instituciones que tienen programas de asistencia y extensión serán las empresas que logren certificar las semillas. Es decir, que estarían en desventaja pequeñas y medianas empresas que quieran comercializar semillas.

Fuente: Bloque Verde

Temas: Derechos de propiedad intelectual, Semillas

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