Brasil publica normas sobre identificación de transgénicos
Tras casi un año de espera, Brasil cuenta ahora con instrumentos legales que establecen las reglas de identificación de transgénicos, así como las competencias y los procedimientos a ser adoptados por los órganos fiscalizadores
5.abril/2004 - Brasil ? Adital ? El Decreto 4.680, del 24 de abril de 2003, conocido como decreto del rotulado, se ha convertido en ley desde la semana pasada con la publicación en el Diario Oficial de la Unión.
El rotulado de transgénicos debe ser aplicado, por ahora, para los productos de soya de la cosecha 2003 y 2004. Ningún otro alimento transgénico está liberado en escala comercial en el país, conforme con la Ley de Bioseguridad. Alimento humano o animal con ingredientes transgénicos de maíz, canola, soya importada o cualquier otro producto con organismos genéticamente modificados, venidos del exterior, aunque rotulado, no podrán ser comercializado.
El signo de los productos transgénicos, la letra "T" envuelta por un triángulo, debe figurar en el panel principal del embalaje, la parte que se queda vuelta directamente para el consumidor cuando el producto está en las góndolas. Debe además estar en destaque y en contraste de colores que aseguren la correcta visibilidad.
Los alimentos hechos con base a soya con los granos colectados en 2003 están exentos de presentar el símbolo desde que la empresa compruebe a través de factura comercial u otro documento aceptado por las autoridades que la soya usada es alienada, es decir, producida sin tecnología transgénica. Sin embargo, y de acuerdo al Decreto, estos productos deberán traer en los rótulos la información: "puede contener ingredientes producidos a partir de soya transgénica" o "puede contener soya transgénica".
Para los alimentos producidos a partir de la primera cosecha transgénica legal del país (2003/2004), el texto legal obliga el rotulado de los que contienen más de 1% de ingredientes transgénicos en la composición. Las multas pueden ser de R$ 200,00 hasta R$ 3 millones en los casos de infracción. Los productos sin identificación también podrán ser confiscados.
El área de actuación de cada órgano fiscalizador también está definida. La fiscalización de campo deberá estar a cargo de los fiscales del Ministerio de Agricultura. En las industrias, el control será hecho por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa). En el comercio, cabrá a los organismos de defensa de los consumidores estaduales y municipales emprender la fiscalización. Según la Agencia Brasil, el Ministerio de la Agricultura tendrá R$ 3,4 millones para fiscalizar el cultivo y la comercialización de productos transgénicos.
Si embargo, la fiscalización de los transgénicos no depende solamente de recursos y disposiciones legales. "Hace falta decisión política y disminuir la burocracia", afirma Magnolia Said, del Esplar, entidad que integra la Campaña Brasil Libre de Transgénicos. "Dotación presupuestaria para los órganos fiscalizadores hay, y el gobierno ya podría haber estado monitorizando la cuestión de los transgénicos desde el año pasado, pero esto no ocurrió", comenta. Otra organización perteneciente a la campaña, el Instituto de Estudios Socioeconómico (Inesc), promete divulgar todavía este mes de abril una investigación sobre el uso de los recursos destinados en 2003 para la fiscalización de los transgénicos.
ADITAL, Internet, 5-4-04