Corte Constitucional frena guerra química contra el campesinado

Saludamos fallo que revoca permiso ambiental a las aspersiones con glifosato y ordena proteger derechos fundamentales a la participación y la consulta previa de comunidades.

Mediante la sentencia T-413 de 2021, la Corte Constitucional ordenó dejar sin efecto el permiso ambiental para el retorno de las aspersiones con glifosato, al confirmar que los trámites adelantados por el Gobierno Nacional para imponer el uso de este peligroso agrotóxico vulneraron los derechos fundamentales de las comunidades de 104 municipios en 14 departamentos a la consulta previa y a la participación. 

La decisión acumuló las acciones de tutela de un grupo de cacaoteros del municipio de Policarpa Nariño, junto con aquella que suscribimos alrededor 93 accionantes pertenecientes a organizaciones de derechos humanos, ambientales, asociaciones campesinas, organizaciones indígenas y afro de distintas regiones del país. Asimismo, esta acción contó con distintas coadyuvancias y el respaldo de muchas más organizaciones sociales.

Saludamos esta decisión y destacamos que, en lo que respecta al derecho a la consulta libre, previa e informada, la Corte reconoció los argumentos de quienes interpusimos la tutela, que consideramos que la expedición de la Resolución 001 del 10 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior, desconocía la existencia y afectación de los pueblos étnicos presentes en municipios donde se llevarían a cabo las aspersiones y su derecho a participar en las decisiones que les afectan reconocido constitucionalmente y en tratados internacionales de derechos humanos como el Convenio 169 de la OIT. 

A través de la citada decisión, el Ministerio del Interior había resuelto que no le era exigible a la Policía Nacional garantizar la consulta en el trámite del permiso ambiental general para el retorno de las aspersiones, bajo el argumento de que los territorios étnicos estaban “excluidos” de las aspersiones. Luego de revisar el material probatorio, la Corte arribó a “una conclusión diametralmente opuesta” a la del ente de Gobierno, pues en efecto, determinó la existencia de  eventuales afectaciones directas a comunidades étnicas dado que dicho traslape con territorios indígenas sí se presenta y para la Corte “no existe duda alguna de que así es”.

Igualmente, la Corte dejó sin efectos la Resolución 0694 del 14 de abril de 2021 mediante la cual la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA- había concedido a la Policía Nacional la aprobación del permiso ambiental general para el regreso de las aspersiones. Esto por desconocer el derecho a la participación de las comunidades rurales que resultarían directamente afectadas tras las audiencias virtuales y semipresenciales que se impusieron en medio de la pandemia COVID-19. 

La sentencia reconoce que esta modalidad virtual no es un medio idóneo para garantizar la participación activa y eficaz de esas comunidades, pues privilegió a un limitado grupo de ciudadanos y ciudadanas que se encontraban principalmente en los cascos urbanos donde se celebraron los espacios presenciales. A su vez, la Corte señaló que la participación por redes sociales no permite establecer si las personas conectadas eran residentes en los núcleos de operación a ser asperjados. 

Saludamos también que el Tribunal Constitucional recordó en su decisión, la obligación del Estado de adaptarse a la realidad material de la población en zonas rurales indicando que la ANLA debió valorar las advertencias que múltiples organizaciones civiles le elevamos junto con organismos de control para que suspendiera el proceso, hasta que el ejercicio del derecho a la participación pudiera ejercerse de manera presencial, amplia, deliberada y eficaz.

En ese sentido, la Corte ordenó a la ANLA, al Ministerio de Interior y a la Policía Nacional adelantar los procesos de consulta previa, libre e informada con las comunidades étnicas que habitan los municipios donde se llevarían a cabo las aspersiones siguiendo los parámetros ya establecidos en la Sentencia T-236 de 2017. De otro lado, ordenó rehacer las reuniones informativas y audiencias públicas ambientales en los núcleos donde se pretende a asperjar con glifosato, de manera presencial y siempre que no existan restricciones de aforo. 

Esta decisión confirma nuevamente que las entidades del Estado accionadas incurrieron de manera repetitiva en el desconocimiento de los derechos a la consulta previa y a la participación, para favorecer cuantiosos negocios de adquisición de glifosato, sustancia prohibida en varios países del mundo, a pesar de haberse advertido desde las propias comunidades y las organizaciones de derechos humanos las inminentes y graves afectaciones que la aspersión de este químico podría generar.

Ahora las comunidades étnicas y campesinas enfrentan un reto en el desarrollo de las consultas previas y las audiencia públicas ordenadas por la Corte Constitucional, pues persisten asimetrías y abusos de poder entre la institucionalidad y las comunidades que defienden sus territorios, y que no cuentan con medios y garantías plenas para la participación. Ante ello, se hace necesario reafirmar los procesos de participación en doble vía ordenados por el Tribunal Constitucional en la Sentencia T-236 de 2017 así como las condiciones adicionales impuestas por la nueva sentencia.

Urge que el Gobierno nacional cumpla con lo pactado en el punto 4 del Acuerdo Final de Paz, y que tal como ha señalado la misma Corte Constitucional, abandone definitivamente la fallida “guerra contra las drogas” y priorice la sustitución concertada de cultivos de uso ilícito, como fórmula y camino certero para abordar bajo un nuevo enfoque el problema del narcotráfico. Nunca más guerra química contra el campesinado. 

#GlifosatoNuncaMás

Organizaciones que suscribimos la tutela contra las aspersiones aéreas con glifosato

  1. Liliam Eugenia Gómez Álvarez PhD y Postdoctora en Eco-Etología, Investigadora asociada GSM-Insectario de U.N. Presidente Consejo de Plaguicidas
  2. Rodrigo Negrete Montes, abogado ambientalista
  3. Ernesto Mosquera Borrero -Personero del Municipio de Novita, Chocó
  4. Acueducto Comunitario Vereda La Chapa de la Asociación de Acueductos Comunitarios -Asoactacso
  5. Ambiente y Sociedad
  6. Asociación Campesina del Sur de Córdoba –ASCUSOR
  7. Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra – ACVC
  8. Asociación Campesina Inzá-Tierradentro – ACIT Representante Legal
  9. Asociación Campesina para el Desarrollo del Alto Sinú – ASODECAS
  10. Asociación Comunitaria Fortaleza de la Montaña, Guasca
  11. Asociación de Cabildos Indígenas del Municipio de Villagarzón, Putumayo –ACIMVIP
  12. Asociación de Cabildos y/o Autoridades Tradicionales del Nudo de los Pastos – SHAQUIÑAN
  13. Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca –ACONC
  14. Asociación de Desarrollo Integral Sostenible ADISPA, organización representativa de la Zona de Reserva Campesina Perla Amazónica –
  15. Asociación de Productores Agropecuarios de la Zona Alta del municipio de San Pablo, Bolívar
  16. Asociación MINGA
  17. Asociación Nacional Campesina José Antonia Galán Zorro – ASONALCA
  18. Asociación Nacional Campesina -Coordinador Nacional Agrario –CNA
  19. Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina -ANZORC
  20. Asociación No a las Represas en el Territorio – ASONARET de Oporapa, Huila
  21. Centro de Investigación y Educación Popular – CINEP
  22. Ciudad en Movimiento – Popayán
  23. Colectiva Agraria Abya Yala – CAAY
  24. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo –Cajar
  25. Colectivo de Estudios Sociales Guadalupe Salcedo – Facultad de Investigaciones de la ESAP
  26. Colectivo Fusunga
  27. Colectivo Jóvenes por la Defensa del Territorio -JODETE, Suroeste de Antioquia
  28. Colectivo Jurídico Popular
  29. Colectivo Regional de Apoyo a la Vía Campesina
  30. Colectivo Socioambiental Juvenil de Cajamarca – Cosajuca
  31. Colectivo Tierra Libre en Defensa del Territorio de Pitalito, Huila
  32. Comisión Nacional de Territorios Indígenas – CNTI
  33. Comité Ambiental en Defensa de la Vida y Red de Comités Ambientales del Tolima
  34. Comité Ambiental Resguardo Inda Sabaleta –Llorente, Nariño
  35. Comité Ejecutivo del Paro Cívico de Buenaventura – Vocero
  36. Comité para la Protección del Agua y Páramos de Norte de Santander
  37. Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos-CPDH
  38. Comité por la Defensa del Agua del municipio de Tauramena, Casanare
  39. Comité por la Defensa del Agua, la Vida y el Territorio del Cauca
  40. Consejo Mayor Comunitario del río Anchicayá
  41. Consejo Regional Indígena del Cauca –CRIC
  42. Coordinadora Departamental de Organizaciones Sociales, Ambientales y Campesinas del Caquetá – COORDOSAC
  43. Coordinadora Nacional de Cultivadores de Coca, Amapola y Marihuana- COCCAM
  44. Corporación Colectivo CreAcción
  45. Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez
  46. Corporación Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda
  47. Corporación Compromiso
  48. Corporación CORMEPAZ
  49. Corporación Defensora del Agua, Territorio y Ecosistemas -Cordatec
  50. Corporación LA CEIBA
  51. Corporación Manaba
  52. Corporación para la Protección y Desarrollo de Territorios Rurales
  53. Corporación Regional Yariguíes – Grupo de Estudios Sociales, Extractivos y Ambientales del Magdalena Medio (CRY-GEAM)
  54. Corporación Servicio de Defensa a la Niñez – SEDEN
  55. Escuela Jurídica Popular – ESPORA
  56. Foro Social Pan Amazónico – FOSPA –
  57. Fundación Ambiental Grupos Ecológicos de Risaralda –FUNDAGER
  58. Fundación Colectivo Somos Uno
  59. Fundación de Espacios de Convivencia y Desarrollo Social Fundescodes, Buenaventura, Valle del Cauca 
  60. Asociación Municipal de Usuarios Campesinos de Colombia-ANUC-POPAYÁN
  61. Fundación Ecológica Bacatá
  62. Fundación por la Defensa de los DDHH y el DIH del oriente y centro Colombiano – DHOC
  63. Fundación WAKI
  64. Huerta Las Hadas, Colectiva Las Abejas
  65. Humanidad Vigente Corporación Jurídica
  66. JAC El Pañuelito, Usaquén
  67. Jóvenes Reciclando Paz – Cerro Norte
  68. La Casa de los Colores, La Calera
  69. Marcha Carnaval Quindío – Escuela de Pensamiento Círculo de Fuego y Unidad
  70. Mesa Departamental Para la Defensa del Agua y el Territorio del Caquetá
  71. Mesa Hídrica de Vistahermosa, Meta
  72. Mesa Técnica de Trabajo Altos de la Estancia –METTRAES
  73. Movimiento Ambiental del Guavio
  74. Movimiento Nacional Ambiental
  75. Movimiento Ríos Vivos
  76. Movimiento Social y Político Marcha Patriótica
  77. Organización Regional Indígena de Casanare –ORIC
  78. Organización Social Ambiental y Sindical –Sintrapetroputumayo
  79. Plataforma Ambiental Juventudes Unidas por la sostenibilidad del planeta
  80. Proceso Campesino y Popular de La Vega – PCPV
  81. Proceso de Unidad Popular del Suroccidente Colombiano – PUPSOC Cauca
  82. Programa Somos Defensores 
  83. Proyecto Escuela Comunidad
  84. Red Nacional del Agua Colombia
  85. Red por la defensa del agua, la vida y el territorio de Inzá, Cauca
  86. Representante de la Asociación Campesina del Catatumbo –Ascamcat
  87. Sociedad Internacional de Biodiversidad del Escudo Guayanes -Capítulo Colombia
  88. Unión Sindical Obrera de la industria del petróleo – USO Subidrectiva Tauramena
  89. Vamos por los Derechos

Fuente: Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

Temas: Agrotóxicos

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